Visto el expediente de indulto de don Pedro Miguel Villar Abascal,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador,
condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Burgos, en sentencia
de fecha 31 de julio de 1996, como autor de un delito contra el medio
ambiente, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor
y multa de 1.000.000 de pesetas, con las accesorias de suspensión de todo
cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena,
por hechos cometidos entre los años 1988 y 1989, a propuesta de la
Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión
del día 3 de diciembre de 1999,
Vengo en conmutar a don Pedro Miguel Villar Abascal la pena privativa
de libertad impuesta, por otra de un año de prisión, a condición de que
no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la
publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 3 de diciembre de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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