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Visto el expediente de indulto de don Abel Alegre Betriu, con los
informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la
Audiencia Provincial de Lleida, Sección Primera, en sentencia de fecha
23 de abril de 1997, como autor de tres delitos de robo con intimidación
con uso de arma o medio peligroso, a la pena de tres años de prisión,
que quedó sustituida por trescientos doce arrestos de fin de semana, con
la accesoria de inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo, por
hechos cometidos en el año 1996, a propuesta de la Ministra de Justicia
y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 10
de diciembre de 1999,
Vengo en indultar a don Abel Alegre Betriu la pena privativa de libertad
pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito
doloso en el plazo de tres años, desde la publicación del presente Real
Decreto.
Dado en Madrid a 10 de diciembre de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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