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Documento BOE-A-1999-24700

Resolución de 14 de octubre de 1999, de la Secretaria General de Medio Ambiente, por la que se publica el Acuerdo por el que se amplían los límites del Parque Nacional del Teide por incorporación de terrenos colindantes al mismo.Ver texto consolidado

Publicado en:
«BOE» núm. 310, de 28 de diciembre de 1999, páginas 45768 a 45770 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1999-24700
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1999/10/14/(6)

TEXTO ORIGINAL

La Ley 5/1981, de 25 de marzo, de Reclasificación del Parque Nacional del Teide, en su artículo 2, apartado 2, permite al Gobierno, por Acuerdo de Consejo de Ministros, poder incorporar a este Parque los terrenos colindantes con el mismo que reúnan características adecuadas para ello.

Con fecha 2 de julio de 1999 el Consejo de Ministros ha acordado la ampliación de los límites del citado Parque Nacional. Considerando la conveniencia de una amplia difusión del Acuerdo, a tenor del criterio jurídico general que preside el mismo, esta Secretaría General resuelve:

Publicar en el «Boletín Oficial del Estado», el Acuerdo por el que se amplían los límites del Parque Nacional del Teide por incorporación de terrenos colindantes al mismo.

Madrid, 14 de octubre de 1999.–El Secretario general, Juan Luis Muriel Gómez.

ACUERDO POR EL QUE SE AMPLÍAN LOS LÍMITES DEL PARQUE NACIONAL DEL TEIDE POR INCORPORACIÓN DE TERRENOS COLINDANTES AL MISMO

De conformidad con lo previsto en el artículo 2.2 de la Ley 5/1981, de 25 de marzo, de Régimen Jurídico del Parque Nacional del Teide.

1. Se autoriza la incorporación al Parque Nacional del Teide de diferentes terrenos colindantes con el mismo, con una superficie total de 5.419 hectáreas, que disponen de las características naturales idóneas para ello, de acuerdo con los límites y linderos definidos en el anexo I al presente Acuerdo, con las exclusiones allí recogidas.

2. Se fija la superficie total del Parque Nacional del Teide, como consecuencia de la citada ampliación en 18.900 hectáreas, afectando a los términos municipales de Guía de Isora, Icod de los Vinos, La Orotava, Santiago del Teide, Granadilla de Abona, La Guancha, San Juan de la Rambla, Fasnia, Adeje, Los Realejos, Vilaflor y Garachico (provincia de Santa Cruz de Tenerife). Los límites geográficos del Parque Nacional del Teide, así ampliado, son los que figuran en el anexo II de este Acuerdo.

3. Queda delimitada como zona periférica de protección, a la que se refiere el artículo 4 de la Ley 5/1981, de 25 marzo, de Régimen Jurídico del Parque Nacional del Teide, la recogida en el anexo III al presente Acuerdo y que se corresponde con la ya declarada, a la que se han detraído los terrenos incorporados al Parque Nacional al amparo del mismo.

4. Se autoriza al Ministerio de Medio Ambiente para que, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, a los meros efectos presupuestarios, pueda adoptar las medidas necesarias que permitan la incorporación al Parque Nacional del Teide en aquellas propiedades públicas y privadas, con una superficie total de 1.706 hectáreas, relacionadas en el anexo IV de este Acuerdo que, aunque geográficamente situadas dentro del perímetro ampliado del Parque, no se incorporan ahora el mismo, conforme con lo previsto en el inciso final del apartado 1 del presente Acuerdo.

ANEXO I
Referencia de los límites geográficos y linderos de los terrenos colindantes con el Parque Nacional del Teide que se incorporan al mismo en virtud del presente Acuerdo

Límite exterior:

Norte: Del punto kilométrico 8,3 de la carretera comarcal TF-38 de Chío a Las Cañadas, en línea recta hacia el pico del Teide, y sin llegar a él, hasta alcanzar la cota 2.000 metros. Por esta cota hasta el promontorio de la Hoya del Cedro, junto al antiguo colmenar de la cota 2.000 y desde aquí en línea recta hasta Los Castillos en la cota 1.654 metros. De aquí en dirección norte hasta alcanzar la cota 1.600 metros, por esta cota hasta alcanzar la línea que uniría Cruz de La Vieja y la Montaña Abejera Alta, por esta línea ascendiendo hasta la cota 1.650 metros, por esta cota hasta alcanzar la pista forestal sin salida de Los Areneros, por esta pista hasta el Barranco del Brinco o del Pino, y por él ascendiendo hasta la cota 1.800 metros. Desde este punto en línea recta hasta el actual límite de los términos municipales entre la Guancha, San Juan de la Rambla en la cota 1.900 metros y siguiendo esta cota hasta alcanzar el Barranco de la Degollada o de Ruiz, ascendiendo por este Barranco hasta la cota de 2.000 metros, y siguiendo esta cota hasta el camino que comunica El Cabezón y el Centro de Visitantes de El Portillo, por éste y en dirección a dicho Centro hasta alcanzar nuevamente la cota 2.000 metros, por esta cota hasta la línea recta orientada de W a E que pasa por el punto kilométrico 31,6 de la TF-24, y por esta línea hasta dicho punto kilométrico 31,6, por esta carretera hacia el norte hasta alcanzar la divisoria N/S de la Isla en las proximidades de la Montaña de La Crucita.

Este: Del cruce de la TF-24 y la divisoria N/S de la Isla, por esta última hasta alcanzar la TF-24 en el punto kilométrico 34,3, por esta carretera hasta la pista asfaltada de acceso al Observatorio Astronómico de Izaña, y continuando por ésta hasta el punto que la citada pista conecta con el límite municipal entre Fasnia y Güímar y siguiendo por éste en dirección sur hasta que el límite municipal alcanza la curva de nivel de los 2.100 metros y por ésta en dirección oeste, siguiendo el límite septentrional de pinar del Monte del Estado «Cumbres de Fasnia», hasta alcanzar el límite entre los municipios de Arico y Fasnia. Siguiendo el límite entre los municipios de Arico y Fasnia en dirección norte hasta llegar al punto que conecta este límite municipal mencionado con el límite septentrional del Monte de Utilidad Pública «Contador y Cumbre», y continuando por éste límite hasta llegar al inicio de los escarpes de la margen izquierda del Barranco del Río en los Andenes.

Sur: Del inicio de los escarpes de la margen izquierda del Barranco del Río en Los Andenes, en línea recta hacia Montaña de Las Arenas y sin alcanzarla, hasta la cota 2.250 metros, por ésta en dirección sur hasta alcanzar la línea que uniría Montaña de Las Arenas y el Roque del Encaje, por esta línea sin alcanzarlo, hasta la cota 2.250 metros, y por ésta en dirección oeste hasta el Barranco del Dornajito, descendiendo por éste hasta el punto kilométrico 57,4 de la TF-21, siguiendo por la carretera hasta la curva del punto kilométrico 54,2 de aquí ascendiendo en línea recta a Los Roques de Ucanca o Ucazme a cota 2.051 metros.

Oeste: De los Roques de Ucanca o Ucazme en línea recta a Montaña Gangarro, a Roques de Chavao y de aquí en línea recta a Montaña Chasago y por el actual límite del Parque Nacional del Teide hasta la carretera TF-38, siguiendo por la misma hasta su punto kilométrico 8,3. Límite interior:

Límite interior:

Norte: Promontorio de la Bonilla, Pico Cabras, Risco de La Fortaleza, Cabezón, Montaña del Pino (junto al punto kilométrico treinta y tres coma setecientos setenta de la carretera comarcal TF-21, de La Orotava a Vilaflor) y Vértice del Cerrillar.

Este: Vértice del Cerrillar, Llano de Maja, Montaña Colorada, La Angostura, Topo de la Grieta, Roque de La Grieta y Montaña de Pasajirón siguiendo la crestería del Circo de Las Cañadas.

Sur: Montaña de Pasajirón, Degollada de Guajara, Montaña de Guajara, Degollada de Ucanca y Crestería de Ucanca, siguiendo por los puntos de Roque del Almendro, Sombrero y Sombrerito, hasta la Boca de Tauce.

Oeste: Boca de Tauce, Roques de Chavao, Montaña del Cendro, Roques del Cedro, Montaña de Chasogo, Volcán de la Botija, Mojón de los tres Términos y Promontorio de Bonilla.

Quedan excluidos los siguientes terrenos comprendidos en el interior de los límites anteriormente descritos:

Propiedades privadas particulares de Vilaflor (365 hectáreas, aproximadamente), enclavado de propiedades privadas particulares en El Portillo (8 hectáreas, aproximadamente), así como la finca «Las Cumbres», propiedad del Ministerio de Defensa. Estos terrenos quedarán automáticamente incorporados al Parque Nacional del Teide cuando sean adquiridos por la Administración o aportados por sus propietarios para tal fin, manteniendo mientras tanto su consideración de Zona Periférica de Protección, atendiendo a lo especificado en el anexo II de la Ley 5/1981, de 25 de marzo, de Reclasificación del Parque Nacional del Teide.

ANEXO II
Nuevos límites geográficos y linderos del Parque Nacional del Teide resultantes tras la ampliación que ahora se aprueba y que sustituye a los recogidos en el anexo I de la Ley 5/1981, de 25 de marzo, de Régimen Jurídico del Parque Nacional del Teide al amparo de lo previsto en el artículo 2.1 de la citada Ley

Norte: Del punto kilométrico 8,3 de la carretera comarcal TF-38 de Chío a Las Cañadas en línea recta hacia el pico del Teide, y sin llegar a él, hasta alcanzar la cota 2.000 metros. Por esta cota hasta el promontorio de la Hoya del Cedro, junto al antiguo colmenar en la cota 2.000 metros y desde aquí en línea recta hasta Los Castillos en la cota 1.654 metros. De aquí en dirección norte hasta alcanzar la cota 1.600 metros, por esta cota hasta alcanzar la línea que uniría Cruz de La Vieja y la Montaña Abejera Alta, por esta línea ascendiendo hasta la cota 1.650 metros, por esta cota hasta alcanzar la pista forestal sin salida de Los Areneros, por esta pista hasta el Barranco del Brinco o del Pino, y por él ascendiendo hasta la cota 1.800 metros. Desde este punto en línea recta hasta el actual límite de los términos municipales entre La Guancha y San Juan de la Rambla en la cota 1.900 metros y siguiendo esta cota hasta alcanzar el Barranco de la Degollada o de Ruiz, ascendiendo por este barranco hasta la cota 2.000 metros, y siguiendo esta cota hasta el camino que comunica El Cabezón y el Centro de Visitantes de El Portillo, por éste y en dirección a dicho Centro hasta alcanzar nuevamente la cota 2.000 metros, por esta cota hasta la línea recta orientada de W a E que pasa por el punto kilométrico 31,6 de la TF-24, y por esta línea hasta dicho punto kilométrico 31,6, por esta carretera hacia el norte hasta alcanzar la divisoria N/S de la Isla en las proximidades de Montaña de La Crucita.

Este: Del cruce de la TF-24 y la divisoria N/S de la Isla, por esta última hasta alcanzar la TF-24 en el punto kilométrico 34,3, por esta carretera hasta la pista asfaltada de acceso al Observatorio Astronómico de Izaña, y continuando por ésta hasta el punto que la citada pista conecta con el límite municipal entre Fasnia y Güímar y siguiendo por éste en dirección sur hasta que el límite municipal alcanza la curva de nivel de los 2.100 metros y por ésta en dirección oeste, siguiendo el límite septentrional de pinar del Monte del Estado «Cumbres de Fasnia», hasta alcanzar el límite entre los municipios de Arico y Fasnia. Siguiendo el límite entre los municipios de Arico y Fasnia en dirección norte hasta llegar a la Degollada de Abreu, desde donde continua, siguiendo el límite septentrional del término municipal de Arico hasta Montaña Colorada. De ahí continua por la crestería del Circo de Las Cañadas hasta la Degollada de Guajara en su confluencia con el Monte de Utilidad Pública número 3 «Pinar de Granadilla de Abona». Sigue descendiendo por el Barranco del Río, por el límite noreste del citado MUP número 3 hasta conectar con el límite del Monte de Utilidad Pública «Contador y Cumbre», en los escarpes de la margen izquierda del Barranco del Río en Los Andenes.

Sur: Del inicio de los escarpes de la margen izquierda del Barranco del Río en Los Andenes, en línea recta hacia Montaña de Las Arenas y sin alcanzarla hasta la cota 2.200 metros, por ésta en dirección sur hasta alcanzar la línea recta que uniría Montaña de Las Arenas y el Roque del Encaje, por esta línea sin alcanzarlo, hasta la cota 2.150 metros y por ésta en dirección norte hasta alcanzar el cauce del Barranco del Carnero, y ascendiendo por este justo por el límite oeste del MUP número 3 «Pinar», hasta la Degollada del Valle de Ucanca. De aquí siguiendo por la crestería del Circo de las Cañadas hacia el Oeste, hasta la confluencia con el MUP número 7 «Vica y Lajas», desciende por el límite este de dicho MUP número 7 en el Barranco de La Magdalena hasta la cota de nivel 2.250. Sigue por ésta, en dirección oeste hasta el Barranco del Dornajito, descendiendo por éste hasta el punto kilométrico 57,4 de la TF-21, siguiendo por esta carretera hasta la curva del punto kilométrico 54,2 de aquí ascendiendo en línea recta a los Roques de Ucanca o Ucazme a cota 2.051 metros

Oeste: De los Roques de Ucanca o Ucazme en línea recta a Montaña Cangarro a Roques de Chavao y de aquí en línea recta a Montaña Chasogo y por el actual límite del Parque Nacional del Teide hasta la carretera TF-38, siguiendo por la misma hasta su punto kilométrico 8,3.

Quedan excluidos de estos límites las propiedades privadas particulares enclavadas en el Caserío del Portillo Alto y Portillo Bajo (8 hectáreas aproximadamente).

ANEXO III
Límites geográficos y linderos de la zona periférica de protección del Parque Nacional del Teide, de acuerdo con lo dispuesto en el anexo II de la Ley 5/1981, de 25 de marzo, de Reclasificación del Parque Nacional del Teide, a la que se han detraído los terrenos ahora incorporados

Este: Desde Montaña Igueque, siguiendo la divisoria N/S de la Isla, por esta última hasta alcanzar la TF-24 en el punto kilométrico 34,3, por esta carretera hasta la pista asfaltada de acceso al Observatorio Astronómico de Izaña, y continuando por ésta hasta el punto que la citada pista conecta con el límite municipal entre Fasnia y Güímar y siguiendo por éste en dirección sur hasta que el límite municipal alcanza la curva de nivel de los 2.100 metros y por ésta en dirección oeste, siguiendo el límite septentrional del pinar del Monte del Estado «Cumbres de Fasnia», hasta alcanzar el límite entre los municipios de Arico y Fasnia. Siguiendo el límite entre los municipios de Arico y Fasnia en dirección norte hasta llegar a la Degollada de Abreu, desde donde continúa, siguiendo el límite septentrional del término municipal de Arico hasta Montaña Colorada. De ahí continúa por la crestería del Circo de las Cañadas hasta la Degollada de Guajara en su confluencia con el Monte de Utilidad Pública número 3 «Pinar» de Granadilla de Abona. Sigue descendiendo por el barranco del Río, por el límite noreste del citado MUP número 3 hasta contactar con el límite del Monte de Utilidad Pública «Contador y Cumbre», en los escarpes de la margen izquierda del Barranco del Río en Los Andenes.

Sur: Del inicio de los escarpes de la margen izquierda del Barranco del Río en Los Andenes, en línea recta hacia Montaña de Las Arenas y sin alcanzarla, hasta la cota de 2.250 metros, por ésta en dirección sur hasta alcanzar la línea recta que uniría Montaña de Las Arenas y sin alcanzarla, hasta alcanzar la línea recta que uniría Montaña de Las Arenas y el Roque del Encaje, por esta línea sin alcanzarlo, hasta la cota 2.150 metros y por ésta en dirección norte hasta alcanzar el cauce del Barranco del Carnero, y ascendiendo por éste, justo por el límite oeste del MUP número 3 «Pinar», hasta la Degollada del Valle de Ucanca. De aquí, siguiendo por la crestería del Circo de Las Cañadas hacia el Oeste, hasta la confluencia con el MUP número 7 «Vica y Lajas», desciende por el límite este de dicho MUP número 7 en el Barranco de La Magdalena hasta la cota de nivel 2.250. Sigue por ésta, en dirección oeste hasta el Barranco del Dornajito, descendiendo por éste hasta el punto kilométrico 57,4 de la TF-21, siguiendo por la carretera hasta la curva del punto kilométrico 54,2 de aquí ascendiendo en línea recta a los Roques de Ucanca o Ucazme a cota 2.051 metros.

Oeste: De los Roques de Ucanca o Ucazme en línea recta a Montaña Gangarro, a Roques de Chavao y de aquí en línea recta a Montaña Chasogo y por el actual límite del Parque Nacional del Teide hasta la carretera TF-38, siguiendo por la misma hasta su punto kilométrico 8.3.

Norte: Del punto kilométrico 8,3 de la carretera comarcal TF-38 de Chío a Las Cañadas, en línea recta hacia el pico del Teide, y sin llegar a él, hasta alcanzar la cota 2.000 metros. Por esta cota hasta el promontorio de la Hoya del Cedro, junto al antiguo colmenar en la cota 2.000 metros y desde aquí en línea recta hasta Los Castillos en la cota 1.654 metros. De aquí en dirección norte hasta alcanzar la cota 1.600 metros, por esta cota hasta alcanzar la línea que uniría Cruz de La Vieja y la Montaña Abejera Alta, por esta línea ascendiendo hasta la cota 1.650 metros, por esta cota hasta alcanzar la pista forestal sin salida de Los Areneros, por esta pista hasta el Barranco del Brinco o del Pino, y por él ascendiendo hasta la cota 1.800 metros. Desde este punto en línea recta hasta el actual límite de los términos municipales entre La Guancha y San Juan de la Rambla en la cota 1.900 metros y siguiendo esta cota hasta alcanzar el Barranco de la Degollada o de Ruiz, ascendiendo por este barranco hasta la cota 2.000 metros, y siguiendo esta cota hasta el camino que comunica El Cabezón y el Centro de Visitantes de El Portillo, por éste y en dirección a dicho Centro hasta alcanzar nuevamente la cota 2.000 metros por esta cota hasta cortar la línea que une Montaña de la Negrita con Montaña Roja. Siguiendo esta línea recta hasta Montaña Roja, de aquí en línea recta a la Piedra Gallega, al Pico Cruz de la Vieja y a Montaña Cascajo, en el límite del Pinar de Chío (Guía de Isora), con el Pinar de Santiago del Teide.

Oeste: De Montaña Cascajo en línea recta al Vértice Erques (?) y Montaña de Las Lajas.

Sur: De Montaña de Las Lajas en línea recta al Lomo de Báez.

Este: Del Lomo de Báez en línea recta al Barranco de Pasajirón, a la Montaña de Siete Fuentes, a Montaña de Corchado y a Montaña de Igueque.

Igualmente mantiene su condición de zona periférica de protección el enclave formado por las propiedades privadas particulares del Caserío del Portillo Alto y Portillo Bajo.

ANEXO IV
Relación de las propiedades públicas y privadas definidas con sus límites geográficos, linderos y superficies, situadas dentro del perímetro ampliado del Parque Nacional del Teide que por el momento no se incorporan al mismo

Finca «Las Cumbres».

Propiedad del Ministerio de Defensa, cuyos límites son:

Este: De la Degollada de Guajara en la confluencia de la crestería del circo de las Cañadas con el Monte de Utilidad Pública número 3 «Pinar» de Granadilla de Abona, descendiendo por el Barranco del Río por el límite noreste del citado MUP hasta contactar con el límite del MUP «Contador y Cumbre», en los escarpes de la margen izquierda del Barranco del Río en Los Andenes.

Sur: Desde los escarpes de la margen izquierda del Barranco del Río en Los Andenes, en dirección noreste, siguiendo el límite septentrional del Monte de Utilidad Pública número 2 «Contador y Cumbre» de Arico, hasta alcanzar el límite municipal entre Arico y Fasnia.

Oeste: Desde el punto citado en el límite municipal entre Arico y Fasnia, en dirección noroeste siguiendo el citado límite municipal hasta la Degollada de Abreu.

Norte: De la Degollada de Abreu, siguiendo el límite septentrional del término municipal de Arico hasta Montaña Colorada, de ahí continúa por la crestería del circo de las Cañadas hasta la Degollada de Guajara en la confluencia de la crestería del circo de las Cañadas con el Monte de Utilidad Pública número 3 «Pinar» de Granadilla de Abona.

Fincas de Vilaflor.

Propiedades privadas particulares situadas entre los siguientes límites:

De la Degollada del Valle de Ucanca en dirección sur siguiendo el límite oeste del MUP número 3 «Pinar», hasta alcanzar la cota 2.150 y siguiendo por esta cota en la ladera del Roque del Encaje hasta cortar la línea recta que une este Roque con la Montaña de Las Arenas y siguiendo esta línea en dirección al Roque del Encaje, siguiendo por esta línea en dirección a este Roque hasta cortar la cota 2.250 por esta cota hasta su confluencia con el Monte de Utilidad Pública número 7 «Vica y Lajas», y ascendiendo por el límite oriental de este Monte, en el Barranco de la Magdalena, hasta la crestería del circo de Las Cañadas y siguiendo por esta crestería hasta alcanzar el Monte de Utilidad Pública número 3 «Pinar» en la Degollada del Valle de Ucanca.

Enclavados del Portillo.

Se incluyen en este apartado las propiedades privadas particulares enclavadas en el Caserío del Portillo Alto y Portillo Bajo (8 hectáreas aproximadamente).

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 14/10/1999
  • Fecha de publicación: 28/12/1999
  • Fecha de entrada en vigor: 28/12/1999
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 2.2 de la Ley 5/1981, de 25 de marzo (Ref. BOE-A-1981-8601).
Materias
  • Espacios naturales protegidos
  • Parques Nacionales
  • Parques naturales
  • Santa Cruz de Tenerife

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