Está Vd. en

Documento BOE-A-1999-24976

Resolución de 26 de noviembre de 1999, de la Universidad de Cantabria, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Gestión y Escala Administrativa, especialidad Técnico de Obras e Instalaciones de este Organismo, en el turno plazas afectadas por el artículo 15 de la Ley de Medidas.

Publicado en:
«BOE» núm. 313, de 31 de diciembre de 1999, páginas 46543 a 46545 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1999-24976

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta

Universidad, aprobados por Real Decreto 1246/1985, de 29 de mayo

("Boletín Oficial del Estado" de 27 de julio), modificado por el

Real Decreto 82/1993, de 22 de enero ("Boletín Oficial del Estado"

de 23 de marzo), y con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto

en el artículo 15 y la disposición transitoria decimoquinta de la

Ley 30/1984, de 2 de agosto ("Boletín Oficial del Estado" del 3)

de Medidas Urgentes para la Reforma de la Función Pública,

modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio ("Boletín Oficial del

Estado" del 29), y la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de Medidas

Fiscales, Administrativas y del Orden Social ("Boletín Oficial del

Estado" del 31), en uso de la autorización contenida en el artículo

37 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos

Generales del Estado para 1991 ("Boletín Oficial del Estado" del 28).

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 18 de la Ley Orgánica 11/1983, de Reforma

Universitaria, en relación con el artículo 3.e) de la misma, así

como en los Estatutos de esta Universidad, acuerda convocar

pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Gestión y Escala

Administrativa, especialidad Técnico de Obras e Instalaciones de

la Universidad de Cantabria, con sujeción a las siguientes:

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir cinco plazas;

tres de la Escala de Gestión, y dos de la Escala Administrativa,

todas ellas de especialidad Técnico de Obras e Instalaciones de

conformidad con el artículo 37 de la Ley 31/1990, de Presupuestos

Generales del Estado para 1991, por el sistema de plazas afectadas

por el artículo 15 de la Ley de Medidas para la Reforma de la

Función Publica, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio,

que corresponden a puestos desempeñados por personal laboral

que han sido clasificados como reservados a funcionarios.

1.1.1 Las plazas convocadas y no cubiertas no podrán ser

acumuladas a otros turnos de acceso, de acuerdo con lo dispuesto

en el artículo 9.8 del Acuerdo del Consejo de Ministros de 27

de marzo de 1991 ("Boletín Oficial del Estado" de 1 de abril).

1.2 Las presentes pruebas selectivas se regirán por las bases

de esta convocatoria y en cuanto les sea de aplicación por la

Ley 30/1984, 2 de agosto, modificada por la Ley 23/1988, de 28

de julio; el artículo 37 de la Ley 31/1990; el Real

Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de 10

de abril); los Estatutos de la Universidad y el Acuerdo del Consejo

de Ministros de 27 de marzo de 1991, hecho público por Orden

del Ministerio para la Administraciones Públicas ("Boletín Oficial

del Estado" número 78, de 1 de abril).

1.3 El proceso selectivo para los aspirantes constará de una

fase de oposición, con la prueba y calificación que se especifican

en el anexo I.

1.4 A los aspirantes que superen el proceso selectivo, se les

asignarán provisionalmente funciones según los puestos descritos

en la relación de puestos de trabajo y de acuerdo con las solicitudes

que, con este fin, presenten los nuevos funcionarios.

1.5 Posteriormente, se convocará el correspondiente

concurso interno de méritos para la provisión definitiva de los puestos

de trabajo.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español.

2.1.2 Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado

la edad de jubilación.

2.1.3 Para las plazas de la Escala de Gestión, estar en

posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico,

Arquitecto Técnico o equivalente, o haber superado los estudios

necesarios para obtenerlo, y para las plazas de la Escala

Administrativa, estar en posesión del título de Bachiller Superior, BUP,

Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de segundo grado o

equivalente, o tener aprobadas las pruebas de acceso a la Universidad

para mayores de veinticinco años, o haber superado los estudios

necesarios para obtenerlo.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente

disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas

ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes

funciones.

2.1.6 Los aspirantes deberán encontrarse a la entrada en

vigor de la actual relación de puestos de trabajo de personal de

Administración y Servicios de esta Universidad, en situación de

servicio activo, prestando servicios en la Universidad como

personal laboral de plantilla con contrato indefinido y ocupar un

puesto de trabajo clasificado como procedente de la funcionarización

de la Escala de Gestión y Escala Administrativa, todas ellas de

la especialidad Técnico de Obras e Instalaciones en la

correspondiente relación de puestos de trabajo de personal de

Administración y Servicios de la Universidad de Cantabria.

2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán

poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de

solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión

como funcionarios de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en instancia, que les será facilitada

gratuitamente en los Gobiernos Civiles de cada provincia, en las

Delegaciones de Gobierno de las Comunidades Autónomas, así como

en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de

Administraciones Públicas, en todos los Rectorados de las

Universidades Públicas del Estado, y en el Pabellón de Gobierno de la

Universidad de Cantabria (avenida de los Castros, sin número.

Santander).

3.1.1 A la instancia de cada aspirante se añadirá de oficio,

por la propia Universidad, una certificación expedida por la

Sección de Personal de Administración y Servicios, que acredite que

el puesto del que es titular el interesado ha sido clasificado como

reservado a personal funcionario y adscrito a las Escalas

correspondientes a esta convocatoria y en la que asimismo se haga

constar que a la entrada en vigor de la relación de puestos de

trabajo de personal funcionario de esta Universidad se encontraba

prestando servicios, como personal laboral de plantilla con

contrato indefinido.

3.2 En la tramitación de sus solicitudes, los aspirantes

tendrán en cuenta lo siguiente:

3.2.1 Serán dirigidas al excelentísimo y magnífico señor

Rector de la Universidad de Cantabria. Se acompañarán dos fotocopias

del documento nacional de identidad.

3.2.2 El plazo de presentación de instancias será de veinte

días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación

de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

3.2.3 La presentación de solicitudes (hoja número 1,

"Ejemplar para el órgano convocante" del modelo de solicitud) se

realizará en el Registro General de la Universidad de Cantabria,

pabellón de Gobierno, avenida de los Castros, sin número.

39005 Santander, bien directamente o a través de las restantes

formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de

Correos deberán entregarse en sobre abierto para ser fechadas

y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.

Todas aquellas solicitudes que no sean presentadas siguiendo

el procedimiento señalado en la base 3.2.3 se considerarán

entregadas en la fecha en que tengan entrada en el Registro General

de la Universidad de Cantabria.

3.3 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

3.4 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan

hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar

su modificación, mediante escrito motivado, dentro del plazo

establecido en la base 3.2.2 para la presentación de solicitudes.

Transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de

esta naturaleza, salvo causa excepcional sobrevenida, justificada

y discrecionalmente apreciada por el Tribunal.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector

de la Universidad de Cantabria dictará Resolución en el plazo

máximo de un mes, que se publicará en el "Boletín Oficial del

Estado", y en la que, además de declarar aprobada la lista de

admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión,

se recogerá el plazo y la forma de la presentación de la memoria

que los aspirantes deben aportar en la fase de oposición. En la

lista deberán constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número

del documento nacional de identidad.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la

citada Resolución para poder subsanar el defecto que haya

motivado la exclusión, caso de que aquél sea subsanable.

La Resolución que apruebe definitivamente la relación de

admitidos pondrá fin a la vía administrativa y, en consecuencia los

aspirantes definitivamente excluidos podrán formular recurso

contencioso-administrativo, en la forma prevista en la norma final

de esta convocatoria.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

como anexo II a esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Rector de esta Universidad, cuando

concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común o si hubiesen realizado tareas de preparación de

aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la

publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias

previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la

presente base.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de la prueba selectiva,

la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"

Resolución por la que se nombra a los nuevos miembros del

Tribunal que han de sustituir a los que hayan perdido su condición

por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal, con la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso,

de quienes les sustituyan y la de la mitad, al menos, de sus

miembros, titulares o suplentes.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar

válidamente, requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en

su caso, de quienes les sustituyan, y la de la mitad, al menos,

de sus miembros.

5.6 El Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en

la aplicación de estas normas, así como lo que deba hacerse en

los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas, para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores

a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La

designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la

Universidad.

5.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en la Universidad de Cantabria, pabellón

de Gobierno, avenida de los Castros, sin número, 39005

Santander, teléfono 942 20 10 23.

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.9 El Tribunal tendrá la categoría segunda de las recogidas

en el Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial

del Estado" del 19).

5.10 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar

que han superado las pruebas selectivas un número superior de

aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de

aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno

derecho.

6. Desarrollo de la prueba

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "Q"; en el supuesto de

que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience

por la letra "Q", el orden de actuación se iniciará por aquellos

cuyo primer apellido comience por la letra "R", y así sucesivamente,

de conformidad con lo previsto en la Resolución de la Secretaría

de Estado para la Administración Pública, de 15 de abril de 1999

("Boletín Oficial del Estado" del 17), por la que se publica el

resultado del sorteo celebrado el día 14 de abril.

6.2 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser

requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar

su identidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados en llamamiento único,

siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo

en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y

discrecionalmente apreciados por el Tribunal, para los que podrá

realizarse una convocatoria extraordinaria.

6.4 El Rectorado, mediante la Resolución indicada en la

base 4.1, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", fijará

el plazo y la forma de presentación de la Memoria.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee

la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,

previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al

Rectorado de la Universidad, comunicándole, asimismo, las

inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la

solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos

procedentes.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal hará pública,

en la sede del Tribunal señalada en la base 5.9 y en aquellos

otros que estime oportuno, la relación de aspirantes que han

superado el proceso, con indicación de su documento nacional de

identidad.

El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista

de aprobados al Rector de la Universidad, especificando

igualmente el número de aprobados en el proceso.

El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado

las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al de

plazas convocadas por la presente Resolución. Cualquier

propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno

derecho.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

de carrera

8.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde el

siguiente a aquél en que se hicieron públicas las listas de

aprobados en el lugar o lugares de examen, los opositores aprobados

deberán presentar en el Registro General de la Universidad de

Cantabria los siguientes documentos, siempre que no consten en

el expediente personal:

Fotocopia compulsada del título de Diplomado Universitario,

Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente, para los

opositores que hayan aprobado las plazas de la Escala de Gestión,

y el Título de Bachiller Superior, BUP, Bachiller-LOGSE,

Formación Profesional de segundo grado o equivalente, o tener

aprobadas las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de

veinticinco años, o haber superado los estudios necesarios para

obtenerlo, para los opositores que hayan aprobado las plazas de

la Escala Administrativa.

Solicitud para la asignación provisional de funciones, según

los puestos descritos en la relación de puestos de trabajo de

personal funcionario, de acuerdo con la base 1.4 de esta convocatoria.

8.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza

mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la

misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos

señalados en la base 2.1 y 2.2, no podrán ser nombrados funcionarios

de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de

la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la

solicitud inicial.

8.3 Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal

calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios de

carrera, mediante Resolución Rectoral que se publicará en el

"Boletín Oficial del Estado".

8.4 La toma de posesión de los aspirantes que hubiesen

superado el proceso selectivo se efectuará en el plazo de un mes,

contado desde el día siguiente al de la publicación de su nombramiento

como funcionarios de carrera en el "Boletín Oficial del Estado".

9. Norma final

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse, potestativamente y ante este

Rectorado, recurso de reposición en el plazo de un mes, contado

a partir del día siguiente a su publicación, o bien podrá ser

impugnada directamente ante el Juzgado de la

Contencioso-Administrativo de Santander, mediante recurso contencioso-administrativo

en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la

publicación.

Santander, 26 de noviembre de 1999.-El Rector, Jaime

Vinuesa Tejedor.

ANEXO I

Proceso selectivo

1. Fase de oposición, calificación de la prueba

1.1 Consistirá en la elaboración de una memoria sobre un

proyecto del área de trabajo específica que desarrolla cada uno

de los aspirantes, de acuerdo con los siguientes temas:

1. Unidad de Obras:

Construcción y mantenimiento de edificios universitarios.

Estudio sobre la información gráfica y documental (proyectos)

para la organización estructural e informática de los

correspondientes archivos de la Universidad.

Supervisión y dirección técnica de obras ejecutadas por

empresas contratadas.

Planificación de obras.

2. Unidad de Instalaciones:

Estudio sobre la prevención de riesgos laborales en la

Universidad.

Mantenimiento preventivo de la Universidad.

Informes técnicos de reformas y acondicionamientos de

instalaciones de la Universidad.

Gestión sobre la prevención de riesgos laborales en la

Universidad.

3. Oficina de Proyectos:

Análisis y aplicación práctica en el proceso de proyectos de

obras, instalaciones y comunicaciones.

El Tribunal podrá realizar una entrevista personal con los

aspirantes para la exposición y defensa del proyecto.

1.2 Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario

obtener un mínimo de cinco puntos para superar la prueba.

ANEXO II

Tribunal calificador

Miembros titulares:

Presidente: Don Salvador Blanco García, Gerente de la

Universidad de Cantabria.

Vocales: Don Enrique Alonso Díaz, Vicegerente de la

Universidad de Cantabria; don Ángel Carral Sainz, Jefe de Servicio, y

a designar por la Junta de Personal de la Uníversidad.

Secretaria: Doña Carmen Sopeña Pérez, Jefa de la Sección

de Personal de Administración y Servicios.

Suplentes:

Presidente: Don Jorge Medina López, Director de la Secretaría

Técnica de Organización y Calidad.

Vocales: Don Fernando Jimeno Duque, Asesor jurídico; don

Javier Martínez Rodríguez, Director de la Biblioteca Universitaria,

y a designar por la Junta de Personal de la Universidad.

Secretaria: Doña Rosalía Quintana Moreno, Técnica de

Organización.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid