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Documento BOE-A-1999-2499

Resolución de 11 de enero de 1999, de la Universidad de Alcalá, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso a la Escala de Gestión de esta Universidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 27, de 1 de febrero de 1999, páginas 4471 a 4477 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1999-2499

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de la

Universidad de Alcalá, aprobados por Real Decreto 1280/1985, de

5 de junio ("Boletín Oficial del Estado" de 30 de julio), y con

el fin de atender las necesidades del personal de Administración

y Servicios de esta Universidad,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le son

atribuidas por el artículo 150.2 de la misma norma, acuerda convocar

pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Gestión con

sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir seis plazas

por los sistemas de promoción interna y general de acceso libre.

1.1.1 El número total de vacantes reservadas al sistema de

promoción interna asciende a tres plazas.

1.1.2 El número total de vacantes reservadas al sistema

general de acceso libre asciende a tres plazas.

1.1.3 Las plazas reservadas al sistema de promoción interna

que no se cubran en este proceso selectivo, se acumularán a las

del sistema general de acceso libre.

1.2 Las presentes pruebas selectivas se regirán por lo

dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por la

Ley 23/1988, de 28 de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10

de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso

del Personal al Servicio de la Administración General del Estado

y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional

de los Funcionarios Civiles de la Administración General del

Estado; los Estatutos de la propia Universidad y lo dispuesto en la

presente convocatoria.

1.3 Los aspirantes no podrán participar en las pruebas

selectivas por los sistemas de acceso libre y de promoción interna

simultáneamente.

1.4 El procedimiento de selección de los aspirantes por el

sistema de promoción interna constará de las fases de oposición

y concurso.

Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a

la puntuación final de la fase de oposición a efectos de establecer

el orden definitivo de aspirantes aprobados. En ningún caso podrán

ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

1.5 El procedimiento de selección de los aspirantes por el

sistema general de acceso libre será el de oposición.

1.6 El programa que ha de regir estas pruebas selectivas es

el que figura como anexo I de esta convocatoria.

1.7 El Tribunal adoptará las medidas oportunas para

garantizar que los ejercicios de la fase de oposición cuya naturaleza

lo permita, sean corregidos sin que se conozca la identidad de

los aspirantes. En ese sentido, el Tribunal excluirá a aquellos

opositores en cuyos ejercicios figuren nombres, rasgos, marcas o

signos que permitan conocer la identidad de los mismos.

1.8 El orden de llamamiento de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra del alfabeto español que

se establezca en la Resolución de la Secretaría de Estado para

la Administración Pública, por la que se publica el resultado del

sorteo celebrado anualmente a estos efectos.

En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer

apellido comience por la letra indicada, el orden de llamamiento

se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra

siguiente, y así sucesivamente.

1.9 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, quedando decaídos en su derecho los

opositores que no comparezcan a realizarlo, salvo los casos

debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal, para

los que podrá realizarse una convocatoria extraordinaria, cuando

la naturaleza del ejercicio y las exigencias del principio de igualdad

lo permitan.

1.10 En cualquier momento los órganos competentes de

selección podrán requerir a los opositores para que acrediten su

identidad.

1.11 Si durante el proceso de selección el Tribunal tuviere

conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad

de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa

audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector

de la Universidad, indicando las inexactitudes o falsedades

formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a estas pruebas

selectivas, a los efectos procedentes.

1.12 Las bases íntegras de la presente convocatoria, así como

los actos derivados de la misma, se publicarán en el "Boletín Oficial

del Estado" y en los tablones de anuncios de esta Universidad.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas

selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión

Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de

tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea

y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación

de trabajadores, en los términos en que ésta se halle definida

en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber

alcanzado la edad de jubilación.

c) Estar en posesión de título de Diplomado Universitario,

Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

e) No haber sido separado del servicio, mediante expediente

disciplinario, de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni

hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes

funciones públicas.

2.2 Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno

de promoción interna deberán pertenecer a algún Cuerpo o Escala

del grupo C del área de actividad o funcional de administración

general, tener destino definitivo en esta Universidad y poseer una

antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala a que

pertenezcan.

2.3 Todos los requisitos enumerados en las bases 2.1 y 2.2,

en su caso, deberán poseerse en el día de finalización del plazo

de presentación de solicitudes, y mantenerlos hasta el momento

de la toma de posesión como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en la instancia que será facilitada

gratuitamente en el Registro de la Universidad de Alcalá, Gobiernos

Civiles de cada provincia, Delegaciones del Gobierno de las

Comunidades Autónomas y Centro de Información Administrativa de

la Inspección General de Servicios del Ministerio para las

Administraciones Públicas, instancia que se ajustará al modelo

aprobado por el Ministerio de Administraciones Públicas.

3.2 Las solicitudes, debidamente cumplimentadas, se

dirigirán al señor Rector de la Universidad de Alcalá, acompañadas

de una fotocopia del documento nacional de identidad o

documento correspondiente para los nacionales a los que hace

referencia la base 2.1.a), certificado por la autoridad competente de

su país de origen. Si se trata de documento nacional de identidad

con formato antiguo, es necesario también fotocopia del número

de identificación fiscal.

3.3 La presentación de solicitudes se hará en el Registro

General de la Universidad de Alcalá (edificio del Rectorado, plaza de

San Diego, sin número, 28801 Alcalá de Henares), o en cualquiera

de sus Registros periféricos, o en la forma prevista en el artículo

38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de

Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas

por el funcionario de Correos antes de ser certificadas, como señala

el precitado artículo.

Las solicitudes suscritas por los españoles residentes en el

extranjero deberán cursarse, en el plazo expresado en la base 3.2,

a través de las representaciones diplomáticas o consulares

españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente a la

Universidad de Alcalá.

3.4 El plazo de presentación de solicitudes será de veinte

días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación

del anuncio de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del

Estado".

3.5 Los derechos de examen serán de 3.000 pesetas y se

ingresarán en la cuenta general de la Universidad de Alcalá,

número 22900, abierta en la entidad Banco Santander, en concepto

de "Pruebas Selectivas Escala de Gestión".

En la solicitud deberá figurar el sello del mencionado banco,

acreditativo del pago de los derechos, y su falta determinará la

exclusión del aspirante. En ningún caso la presentación y pago

en el banco supondrá la sustitución del trámite de presentación,

en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en

la base 3.2.

3.6 Los aspirantes deberán observar las siguientes

instrucciones en la cumplimentación de su solicitud:

3.6.1 En el recuadro de la solicitud destinado a "Cuerpo o

Escala", los aspirantes por el sistema de promoción interna harán

constar únicamente "Gestión promoción"; los aspirantes por el

sistema general de acceso libre indicarán "Gestión libre".

3.6.2 En el recuadro de la solicitud destinado a "Forma de

acceso" los aspirantes que participen en el sistema de promoción

interna señalarán necesariamente la letra "P" y los que participen

por el sistema general de acceso libre, la letra "L".

3.6.3 Los aspirantes con minusvalías podrán indicarlo en la

solicitud, para lo cual utilizarán el recuadro número 6 de la misma,

y solicitar, expresándolo en el recuadro 7, las posibles

adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios,

en caso de que sean necesarias.

3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

3.8 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan

hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar

su modificación mediante escrito motivado, dirigido al señor

Rector, dentro del plazo establecido por la base 3.2 para la

presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo, no se admitirá

ninguna petición de esta naturaleza, salvo causa excepcional

sobrevenida, justificada y libremente apreciada por el Tribunal.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el

Rector de la Universidad de Alcalá dictará, en el plazo máximo de

un mes, Resolución que será publicada en el "Boletín Oficial del

Estado", declarando aprobada la lista provisional de admitidos

y excluidos, con expresión de las causas de exclusión, y se

indicarán los lugares y fechas de realización del primer ejercicio. Para

subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su omisión

en las relaciones de admitidos y excluidos, los aspirantes

dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del

siguiente al de la publicación de la citada Resolución, fecha que será

igualmente determinante para el cómputo de los plazos a efectos

de posibles impugnaciones y recursos.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen

el defecto determinante de la exclusión o aleguen la omisión,

justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos,

serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

4.2 En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto

de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los

aspirantes comprobarán no sólo que figuran en la relación de

excluidos, sino, además, que sus nombres constan en las

relaciones de admitidos.

4.3 Los derechos de examen serán reintegrados únicamente

a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de las

pruebas selectivas, practicándose de oficio tal devolución.

5. Tribunales

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas será el que figura

en el anexo II de esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo a la Presidenta del mismo, cuando concurran

en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, o hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes

a pruebas selectivas de acceso a la Función Pública en los cinco

años inmediatamente anteriores a la publicación de esta

convocatoria. La Presidenta podrá solicitar de los miembros del Tribunal

una declaración expresa de no hallarse incursos en las

circunstancias de abstención o recusación.

Asimismo los aspirantes podrán recusar a los miembros de

la Comisión cuando concurran las mismas circunstancias

anteriormente mencionadas, de conformidad con lo establecido en el

artículo 29 de la misma Ley.

5.3 El Tribunal podrá acordar la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas, cuando las circunstancias o el carácter

de alguna de las pruebas así lo aconseje, así como otro personal

colaborador para tareas materiales de vigilancia y organización.

5.4 El Tribunal adoptará las medidas precisas, de forma que

los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para

la realización de los ejercicios que el resto de los participantes.

En este sentido se establecerán, para las personas con minusvalias

que los soliciten en la forma prevista en la base 3.6.3, las

adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso,

colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral,

sanitaria o de los órganos competentes de la Comunidad

Autónoma de Madrid.

5.5 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Alcalá,

plaza de San Diego, sin número, Alcalá de Henares, teléfono:

91 885 40 60.

El Tribunal dispondrá que en esta sede al menos una persona,

miembro o no del mismo, atienda cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

6. Pruebas selectivas

6.1 La fase de oposición estará formada por los ejercicios

que a continuación se indican, siendo éstos eliminatorios:

6.1.1 Primer ejercicio: Consistirá en contestar a un

cuestionario de 100 preguntas con respuestas alternativas, que versarán

sobre las materias del temario que figura como anexo I. El tiempo

máximo para la realización de este ejercicio será de noventa

minutos.

Este primer ejercicio se calificará de cero a 10 puntos, siendo

necesario para aprobar obtener, como mínimo, 5 puntos.

Los aspirantes del turno de promoción quedarán exentos de

este ejercicio.

6.1.2 Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución, en un

tiempo máximo de cuatro horas, de tres supuestos prácticos

propuestos por el Tribunal sobre los bloques que integran el programa,

excluido el de "La Organización del Estado y de la Unión Europea",

pudiéndose desglosar cada uno de aquellos en varias cuestiones,

en número no superior a 10.

Los aspirantes de promoción interna podrán elegir dos

supuestos de entre los tres propuestos, reduciéndose el tiempo máximo

para la realización de este ejercicio a dos horas y media.

Se valorará el rigor analítico, la sistemática, la capacidad de

búsqueda de soluciones alternativas y la claridad de ideas, en

orden a la elaboración de una propuesta razonada.

Este segundo ejercicio se calificará de cero a 5 puntos cada

uno de los supuestos prácticos. Para aprobar será preciso

obtener 7,5 puntos, y no ser calificado con cero en ninguno de los

supuestos.

En el caso de los aspirantes de promoción interna, deberán

obtener 5 puntos, y no ser calificados con cero en ninguno de

los supuestos, para superar el ejercicio.

6.1.3 Tercer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito

tres temas generales, de entre cuatro propuestos por el Tribunal,

relacionados con los temas del programa que figura como anexo I.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de cuatro horas y media.

Los aspirantes de promoción interna, que quedarán exentos

del bloque del programa referente a "Organización del Estado y

de la Unión Europea", elegirán dos temas, entre los cuatro

propuestos, reduciéndose el tiempo de realización de este ejercicio

a tres horas.

Este tercer ejercicio se calificará de cero a 10 puntos cada

uno de los temas. Para superarlo será necesario obtener como

mínimo 15 puntos en el turno libre y 10 puntos en el turno de

promoción interna, y que ninguno de los temas sea calificado con

cero puntos.

6.1.4 Cuarto ejercicio, voluntario y de mérito: Consistirá en

traducción directa, sin diccionario, de un texto en inglés y/o

francés, a realizar en noventa minutos. Únicamente se valorará en

cada caso un alto nivel de conocimiento.

En este cuarto ejercicio se calificará de cero a 3 puntos cada

uno de los idiomas.

6.1.5 Período de prácticas: El período de prácticas, que

tendrá carácter selectivo y que será organizado por la Gerencia, tendrá

una duración máxima de tres meses y se realizará en los Servicios

Administrativos de la Universidad de Alcalá.

Las prácticas comprenderán el desempeño de las funciones

propias y de la formación específica de la Escala.

El seguimiento y valoración de este período corresponderá a

una Comisión integrada por los Jefes de las Unidades donde el

aspirante haya desarrollado sus funciones, presidida por la

Gerente, quienes elevarán un informe escrito sobre las aptitudes del

funcionario en prácticas al Tribunal, que adoptará el acuerdo

definitivo sobre la superación de dicho período.

6.2 En la fase de concurso se valorarán los servicios

efectivamente prestados hasta la fecha de finalización del plazo de

presentación de solicitudes, en Cuerpos o Escalas del grupo C,

con arreglo al siguiente baremo:

6.2.1 Antigüedad: La antigüedad del funcionario en los

Cuerpos o Escalas del grupo "C", a que se refiere la base 2.2, se valorará

teniendo en cuenta los servicios prestados hasta la fecha de

finalización del plazo de presentación de solicitudes, asignándose a

cada año completo de servicios efectivos una puntuación de 0,20

puntos, hasta un máximo de 3 puntos.

6.2.2 Grado personal consolidado: Según el grado personal

que se tenga consolidado y formalizado a través del acuerdo de

reconocimiento de grado por la autoridad competente antes del

día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, se

otorgará la siguiente puntuación: hasta el grado 12, 1,75 puntos,

y por cada unidad de grado que exceda de 12, 0,25 puntos hasta

un máximo de 4 puntos.

6.2.3 Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento

de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe

a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes,

se otorgará la siguiente puntuación: hasta el nivel 12, 1,50 puntos,

y por cada nivel que exceda de 12, 0,50 puntos hasta un máximo

de 6 puntos.

6.2.4 La calificación final de las pruebas vendrá determinada

por las sumas obtenidas en la fase de concurso y oposición.

6.3 Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al

siguiente calendario:

6.3.1 Fase de oposición: El primer ejercicio de la oposición

se celebrará a partir del día 1 de junio de 1999.

6.3.2 El Tribunal publicará en el lugar de celebración del

primer ejercicio, y en aquellos otros que estime oportuno, el

anuncio de celebración de los siguientes ejercicios con, al menos,

cuarenta y ocho horas de antelación a la fecha señalada para su

inicio.

7. Lista de aprobados

7.1 Concluido cada uno de los ejercicios obligatorios de la

fase de oposición correspondientes a estas pruebas selectivas, el

Tribunal hará públicas, en el lugar de celebración de los ejercicios

y en aquellos otros que estime oportuno, las relaciones de

aspirantes que hayan superado cada uno de ellos, con indicación de

la puntuación obtenida y del número del documento nacional de

identidad. Los opositores que no se hallen incluidos en tales

relaciones tendrán la consideración de no aptos.

7.2 La lista que contenga la valoración de méritos de la fase

de concurso se hará pública al mismo tiempo y en los mismos

lugares que la correspondiente al segundo ejercicio de la fase

de oposición.

7.3 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal elevará al

Rector la propuesta definitiva de aspirantes aprobados por orden

de puntuación, en la que constarán las calificaciones de cada uno

de los ejercicios y la suma total. Cuando se trate del sistema de

promoción interna se expresará asimismo en dicha relación la

puntuación de la fase de concurso.

7.4 El Tribunal calificador no podrá aprobar ni declarar que

han superado las pruebas selectivas un número de aspirantes

superior al de plazas convocadas por la presente Resolución. Cualquier

propuesta de aprobados que contravenga esta norma será nula

de pleno derecho.

8. Presentación de documentos

8.1 En el plazo de veinte dias naturales a contar desde el

día siguiente a aquel en que se hicieren públicas las relaciones

definitivas de aprobados, éstos presentarán, si procede, en el

Servicio de Recursos Humanos de la Universidad de Alcalá, los

siguientes documentos:

a) Fotocopia debidamente compulsada del título

correspondiente, o certificación que acredite haber abonado los derechos

correspondientes para la expedición de dicho título.

b) Los aspirantes que hayan accedido por el sistema general

de acceso libre deberán presentar declaración jurada o promesa

de no haber sido separados mediante expediente disciplinario de

ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitados para el

ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como

anexo III a esta convocatoria. Asimismo, deberán presentar

certificado médico oficial, expedido por la Consejería de Salud y

Bienestar Social, acreditativo de la compatibilidad con el desempeño

de las tareas y funciones correspondientes.

c) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de

personas con minusvalía deberán presentar certificación de los

órganos competentes del Ministerio de Asuntos Sociales que acredite

tal condición, e igualmente deberán presentar certificado de los

citados órganos o de la Administración sanitaria, acreditativo de

la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones

correspondientes.

8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera

estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y

demás requisitos ya probados para obtener su anterior

nombramiento, y cualquier otro extremo del que hubiese constancia en

su expediente personal.

8.3 Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de

presentar los documentos expresados en la base anterior podrá

acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria

mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.

8.4 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo caso de fuerza

mayor, no presentaren la documentación exigida, o del examen

de la misma se dedujere que carecen de alguno de los requisitos

señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios

de carrera y quedarán anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio

de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en

la solicitud inicial.

9. Nombramiento de funcionarios de carrera de la Escala

de Gestión

Concluidos los trámites establecidos en la base anterior, los

aspirantes aprobados serán nombrados funcionarios de carrera

de la Escala de Gestión de la Universidad de Alcalá, mediante

Resolución del Rectorado de la misma que se publicará en el

"Boletín Oficial del Estado".

La toma de posesión de estos aspirantes se efectuará en el

plazo máximo de un mes, contado desde la fecha de dicha

publicación.

10. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de las actuaciones de los órganos de selección,

podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos

en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común.

Alcalá de Henares, 11 de enero de 1999.-El Rector, Manuel

Gala Muñoz.

ANEXO I

Programa

I. La organización del Estado y de la Unión Europea

1. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido.

Derechos y deberes fundamentales, su garantía y suspensión. El

Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo. La Reforma de

la Constitución.

2. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión

y Regencia. El Refrendo.

3. Las Cortes Generales. Composición y atribuciones del

Congreso de los Diputados y del Senado.

4. El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el

Gobierno y las Cortes Generales. Designación, duración y

responsabilidad del Gobierno.

5. El Poder Judicial. El principio de unidad jurisdiccional.

El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Supremo. El

Ministerio Fiscal y la organización judicial española.

6. La Administración Central del Estado. El Consejo de

Ministros. El Presidente del Gobierno, los Ministros, Secretarios de

Estado, Subsecretarios, Secretarios generales y Directores generales.

Otros órganos de la Administración Central. La Administración

Periférica del Estado.

7. La Administración Institucional. Concepto y clasificación

de los entes públicos no territoriales. Los organismos autónomos.

Los entes públicos y las empresas públicas. Las entidades

instrumentales al servicio de la Administración Pública. La

Administración Consultiva: El Consejo de Estado.

8. La organización territorial del Estado: Regulación

constitucional del sistema autonómico. Distribución de competencias

entre el Estado y las Comunidades Autónomas.

9. La Comunidad de Madrid. Estatuto de Autonomía.

Competencias y transferencias. Especial referencia a las transferencias

en materia universitaria.

10. La Administración Local. Regulación constitucional.

Entidades que la integran. La provincia y el municipio. Otras entidades

menores: Régimen jurídico.

11. La organización de la Unión Europea. Sus instituciones:

El Consejo. La Asamblea o Parlamento Europeo. La Comisión.

El Tribunal de Justicia. Efectos de la integración europea sobre

la organización del Estado español.

12. Fuentes del Derecho Comunitario Europeo. Sus

relaciones con los ordenamientos jurídicos de los Estados miembros.

Las libertades básicas del sistema comunitario.

II. Derecho y procedimiento administrativos

1. Las fuentes del Derecho Administrativo. Concepto y clases.

La jerarquía de las fuentes. Leyes constitucionales: Concepto,

caracteres y valor jurídico formal. Las Leyes Ordinarias. El

Reglamento: Concepto y clases. La potestad reglamentaria y sus límites.

2. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos.

Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y

notificación. Revisión, nulidad, anulación y revocación.

3. Los contratos administrativos: Concepto y clases. Estudio

de sus elementos, su cumplimiento. La revisión de precios y otras

alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos

administrativos.

4. Los contratos administrativos en particular. Contratos de

obra. Contratos de suministro. Contratos de gestión de servicios

públicos. Contratos de asistencia técnica, de servicio y para la

realización de trabajo concretos y no habituales en la

Administración.

5. Procedimientos y formas de la actividad administrativa. La

actividad de limitación, arbitral, del servicio público y de fomento.

Especial examen de las formas de gestión de los servicios públicos.

Gestión directa e indirecta. La concesión: Régimen jurídico. Las

empresas públicas y las empresas mixtas.

6. La expropiación forzosa: Concepto, naturaleza y

elementos. Procedimiento general de expropiación. Garantías

jurisdiccionales. Idea general de los procedimientos especiales.

7. Los bienes de la Administración. Régimen básico. El

dominio público. Concepto, naturaleza, elementos y régimen jurídico.

8. Responsabilidad patrimonial de las Administraciones

Públicas. Concepto y clases. Requisitos generales. Efectos.

Responsabilidad de la Administración por actos de sus concesionarios

y contratistas.

9. La Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común. Ámbito de aplicación y principios informadores.

Relaciones entre las Administraciones Públicas. Los órganos de

las Administraciones Públicas. Órganos colegiados. Abstención

y recusación. Los interesados.

10. La actividad de las Administraciones Públicas y sus

relaciones con los ciudadanos: Los derechos de éstos en sus relaciones

con aquélla. Términos y plazos. Las disposiciones y los actos

administrativos: Requisitos, eficacia, nulidad y anulabilidad.

11. Los procedimientos administrativos: Iniciación,

ordenación, instrucción, finalización y ejecución.

12. Revisión de los actos en vía administrativa. Revisión de

oficio. Reclamaciones previas. Recursos administrativos. La

potestad sancionadora. La responsabilidad de las Administraciones

Públicas, de las autoridades y del personal a su servicio.

13. Especial referencia al procedimiento

económico-administrativo. Los procedimientos administrativos especiales.

14. El Recurso contencioso administrativo: Significado y

características. Organización jurisdiccional. Las partes, capacidad,

legitimación y postulación. Actos impugnables. Fases del proceso.

La sentencia.

III. Gestión de Recursos Humanos

1. La planificación de Recursos Humanos. Concepto y tipos.

Inventario de Recursos Humanos. Diseño, análisis y valoración

de puestos. La oferta de empleo público: Características y su

regulación en la Administración Pública y en la Universidad.

2. La organización. Teorías sobre la organización. Elementos

esenciales. Las relaciones de puestos de trabajo como instrumento

de la organización. Régimen jurídico público.

3. La dirección. Estilos de dirección. La dirección por

objetivos y su aplicación a la Administración Pública. El directivo

público. La dirección de Recursos Humanos y su mejora. La motivación

y satisfacción en el trabajo.

4. El personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Estructura y clases. Régimen jurídico: La Ley 30/1984, de Medidas

para la Reforma de la Función Pública, y demás normas de reforma

y desarrollo. Ámbito de aplicación. Los órganos superiores de

la Función Pública.

5. El personal funcionario al servicio de las Administraciones

Públicas. Concepto. Tipos de funcionarios: De carrera y de empleo.

La selección de los funcionarios. Régimen jurídico.

6. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.

Situaciones de los funcionarios. Régimen jurídico. Registro Central de

Personal.

7. Provisión de puestos de trabajo en la función pública.

Derechos y deberes de los funcionarios. La promoción profesional de

los funcionarios.

8. El sistema de retribuciones de los funcionarios.

Retribuciones básicas y retribuciones complementarias. Las

indemnizaciones por razón de servicio.

9. Régimen jurídico de los funcionarios públicos.

Incompatibilidades de los funcionarios públicos. Régimen disciplinario.

10. El personal laboral al servicio de las Administraciones

Públicas. Su régimen jurídico. El contrato laboral: Contenido,

duración, suspensión y extinción. Modalidades de contratación.

11. Los Convenios Colectivos en la Administración Pública

y la determinación de las condiciones de trabajo. Especial

referencia al Convenio Colectivo de Personal Laboral al servicio de

las Universidades públicas de competencia estatal.

12. La sindicación de los funcionarios públicos. Las

peculiaridades del ejercicio de la actividad sindical. Limitaciones a su

ejercicio. La representación de los funcionarios: Las Juntas de

Personal. La sindicación del personal laboral. Comités de Empresa

y Delegados de Personal.

13. El derecho de huelga del personal al servicio de la

Administración Pública y su ejercicio. La huelga en los servicios

esenciales de la comunidad. Los conflictos colectivos y su solución.

Especial referencia a las Administraciones Públicas.

14. El Régimen General de la Seguridad Social. Régimen

jurídico. Acción protectora: Concepto y clases de prestaciones.

Afiliación y cotización.

15. La Incapacidad Temporal: Concepto y contingencias

protegidas. Invalidez permanente y sus grados. Conceptos,

prestaciones y requisitos. El accidente laboral: Concepto y prestaciones.

La jubilación: Concepto, prestaciones y requisitos.

16. El Régimen Especial de Seguridad Social de los

Funcionarios Civiles del Estado. El régimen de derechos pasivos. Muface:

Acción protectora.

IV. Gestión Financiera

1. El Presupuesto: Concepto y clases. Presupuesto por

programas. Objetivos. Programas y su evaluación. Presupuesto en

base cero: Objetivos y paquetes de decisión. Asignación de

prioridades.

2. La Ley General Presupuestaria: Características y

estructura. Ámbito de aplicación. Aplicabilidad a las Universidades.

Gastos e Ingresos del Estado y de sus organismos autónomos.

3. El Presupuesto del Estado: Características y estructura.

Créditos presupuestarios. El ciclo presupuestario. Gastos

plurianuales. Tipos de gastos: Gastos para la compra de bienes y

servicios. Gastos de transferencias: Corrientes y de capital. Gastos

de inversión.

4. Modificaciones de créditos iniciales. Transferencias de

crédito. Créditos extraordinarios. Suplementos de crédito.

Ampliaciones de créditos. Incorporaciones de créditos. Generaciones de

créditos.

5. Procedimiento y fases de la ejecución del gasto público.

Ordenación del gasto y ordenación del pago. Órganos

competentes. Fases del procedimiento. Contraído. Intervenido. Ingresos

de formalización. Documentos contables que intervienen en la

ejecución de los gastos y de los pagos.

6. Pagos. Concepto y clasificación. Pagos por obligaciones

presupuestas. Pagos por ejercicio cerrado. Anticipos de caja fija.

Pagos a justificar. Justificación de libramientos.

7. La contabilidad. Concepto. Fundamento y fines. Conceptos

contables básicos. Masas patrimoniales: Activo y Pasivo. Las

cuentas. La partida doble. El balance y la cuenta de pérdidas y

ganancias.

8. La contabilidad pública. Características y fines. Los

objetivos de la información contable en el sector público. La

contabilidad de la Administración institucional: Fundamento y fines.

La Cuenta General del Estado.

9. El Plan General de Contabilidad Pública. Fines, ámbitos

de aplicación y características. Los grupos de cuentas: Estructura

y contenido. Criterios de valoración. El proceso contable.

Liquidación y cierre del ejercicio. Las cuentas anuales y la Memoria

económica anual.

10. El sistema tributario español: Visión general. Los tributos:

Conceptos básicos. Aspectos generales del Impuesto sobre la

Renta de las Personas Físicas. Impuesto sobre Sociedades e Impuesto

sobre el Valor Añadido.

V. Organización y gestión universitaria

1. La estructura del sistema educativo español. La

Administración educativa: Administraciones Públicas con competencia en

materia de educación e investigación. El Ministerio de Educación

y Cultura. La Secretaría de Estado de Universidades e

Investigación. Competencias de la Comunidad Autónoma de Madrid. El

Consejo de Universidades.

2. Las Universidades: Concepto, fines y creación. Las

Universidades públicas: Naturaleza jurídica. La autonomía

universitaria: Sentido, fundamento, alcance y límites.

3. Régimen jurídico de las Universidades. La Ley de Reforma

Universitaria: Estructura, contenido y significado jurídico. Normas

de desarrollo. Los estatutos de las Universidades Públicas:

Significado y valor jurídico.

4. Los estatutos de la Universidad de Alcalá. Estructura y

contenido. Estructura organizativa de la Universidad. Los órganos

de gobierno.

5. Clases y régimen jurídico del profesorado universitario y

del personal de administración y servicios.

6. Régimen del alumnado. Derechos y deberes. Acceso y

permanencia. Matrícula: Tasas y precios públicos. Su naturaleza y

régimen jurídico. Becas y ayudas al estudio. El Régimen Especial

de Seguridad Social de los estudiantes.

7. Organización de los estudios universitarios. Estudios de

primer y segundo ciclo. Planes de estudio. Directrices generales.

Los estudios de tercer ciclo y la obtención del título de Doctor.

Los estudios propios. Los títulos universitarios. Convalidaciones.

La investigación en la Universidad. El artículo 11 de la Ley de

Reforma Universitaria. Normativa estatal y universitaria de

desarrollo.

8. Régimen económico y financiero de la Universidad de

Alcalá. El Presupuesto de la Universidad de Alcalá: Elaboración,

contenido y estructura. Aprobación, ejecución y liquidación.

Modificaciones. El control económico.

ANEXO II

Tribunal calificador

El Tribunal estará constituido por los siguientes miembros:

Titulares:

Presidenta: Doña Olga Rius Gázquez, Gerente de la Universidad

de Alcalá, por delegación del señor Rector.

Vocales: Doña Soledad Sanz Salas, Vicegerente de Recursos

Humanos y AA.AA. de la Universidad de Alcalá, en representación

de la misma; don José Carlos Rodríguez López, en representación

de la Función Pública de la Comunidad de Madrid; doña Alicia

Sanz Isla, en representación de la Comunidad de Madrid; don

Vladimiro Fernández Tovar, de la Escala de Ayudantes de Archivos

y Bibliotecas de la Universidad de Alcalá, en representación de

la Junta de Personal; doña María Carmen Guirao Rodríguez, de

la Escala de Gestión de la Hacienda Pública, y doña Belén Peña

Yebra, de la Escala de Gestión de la Universidad de Alcalá; los

tres últimos en representación de la Universidad, actuando como

Secretaria doña María Carmen Guirao Rodríguez.

Suplentes:

Presidente: Don José Miguel Pedroche Muñoz, Director de la

Unidad de Estudios y Planificación de la Universidad de Alcalá,

por delegación del señor Rector.

Vocales: Don Ignacio Santiuste Espigares, Jefe del Servicio

de Contabilidad y Tesorería de la Universidad de Alcalá, en

representación de la misma; doña María Muñoz Such, en representación

de la Comunidad de Madrid; doña Concepción Tejerina García,

del Cuerpo de Gestión de la Hacienda Pública, en representación

de la Comunidad de Madrid; don Fernando Santiso Diéguez, de

la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, en

representación de la Junta de Personal; don Francisco Borona Brihuega,

de la Escala de Gestión de la Universidad de Alcalá, y doña Dolores

Alonso Martos, del Cuerpo de Gestión de la Administración Civil

del Estado; los tres últimos en representación de la Universidad,

actuando como Secretario don Francisco J. Borona Brihuega.

ANEXO III

D .................................................................

con domicilio en.....................................................

y documento nacional de identidad número/NIF...................

Declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario de carrera de la Escala de Gestión de la Universidad

de Alcalá, que no ha sido separado del servicio en ninguna de

las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para

el ejercicio de las funciones públicas.

Alcalá de Henares, a ........ de ................. de 199 ....

ANEXO IV

D./Dña:....................................................

Cargo:......................................................

Centro directivo:............................................

Unidad administrativa:......................................

CERTIFICO: Que según los antecedentes obrantes en este

centro, el/la funcionario/a abajo indicado/a, tiene acreditados los

siguientes extremos:

Apellidos y nombre:.........................................

Cuerpo/Escala a que pertenece:.............................

Documento nacional de identidad/NIF:......................

Número de Registro de Personal:............................

Destino actual:..............................................

Antigüedad en el Cuerpo/Escala como

funcionario/a de carrera a la fecha de

publicación de la convocatoria en el

"Boletín Oficial del Estado":

Años: Meses: Días:

Servicios previos reconocidos al

amparo de la Ley 30/1978, de 26 de diciembre,

asimilados a dicho Cuerpo/Escala.

Años: Meses: Días:

TOTAL:

Grado personal consolidado y

formalizado a la fecha de publicación de la

convocatoria en el "Boletín Oficial del

Estado":

Nivel de complemento de destino del

puesto de trabajo que ocupa a la fecha

de publicación de la convocatoria en el

"Boletín Oficial del Estado":

Y para que conste, expido la presente certificación en........

a ...................

(A cumplimentar por el órgano de

selección).

Total puntuación fase de concurso.

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