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Documento BOE-A-1999-25000

Orden de 27 de diciembre de 1999, por la que se modifica la Orden de 15 de julio de 1999, por la que se establecen las bases de concesión de subvenciones públicas para el fomento del desarrollo local e impulso de los proyectos y empresas calificados como I+E.

Publicado en:
«BOE» núm. 313, de 31 de diciembre de 1999, páginas 46609 a 46609 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1999-25000

TEXTO ORIGINAL

Desde el pasado mes de agosto en que entró en vigor se viene aplicando la Orden de 15 de julio de 1999 que regula el régimen de subvenciones para promover el desarrollo local y los proyectos y empresas calificados como I+E. Esta Orden deroga la anterior de 12 de abril de 1994, que regulaba las iniciativas locales de empleo y los Agentes de empleo y desarrollo local.

Durante los cuatro meses de funcionamiento de la nueva norma se han recogido solicitudes de subvenciones presentadas por empresas cuyos proyectos fueron calificados como iniciativa local de empleo según lo dispuesto en la normativa anterior y que, a pesar de cumplir los requerimentos de plazo y forma establecidos, no pueden ser atendidas a tenor de lo regulado en la Orden de 15 de julio precitada.

Con objeto de corregir la discriminación negativa que ello supone y dar cauce legal al derecho que asiste a esas empresas al disfrute de las subvenciones, es necesario introducir una modificación a la Orden de 15 de julio de 1999.

En consecuencia, previo informe de la Abogacía del Estado en el Departamento, dispongo:

Artículo único.

Primero. Se modifica el artículo 2 de la Orden de 15 de julio de 1999 («Boletín Oficial del Estado» número 182, del 31), que queda redactado como sigue:

«Artículo 2. Beneficiarios.

Serán beneficiarios de las ayudas y subvenciones contempladas en esta norma, las Corporaciones Locales y las Entidades dependientes o vinculadas a las mismas, así como las personas físicas o jurídicas, cualquiera que sea su forma, cuyos proyectos o empresas se califiquen como I+E, en los términos establecidos en esta norma, o hayan sido calificadas como iniciativas locales de empleo al amparo de la Orden de 12 de abril de 1994.»

Segundo. Se añade una Disposición Adicional, que queda redactada como sigue:

«Disposición adicional cuarta. Empresas calificadas como iniciativa local de empleo.

A las empresas cuyos proyectos fueron calificados como iniciativa local de empleo, al amparo de la Orden de 12 de abril de 1994, les será de aplicación lo establecido para las empresas I+E en la Sección Segunda del Título III y el Título IV de la presente norma.»

Disposición final.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 27 de diciembre de 1999.

PIMENTEL SILES

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