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Documento BOE-A-1999-2581

Resolución de 29 de diciembre de 1998, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establece el modelo de tarjeta de identidad profesional de los funcionarios de Vigilancia Aduanera.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 28, de 2 de febrero de 1999, páginas 4684 a 4686 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1999-2581
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1998/12/29/(2)

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 31 de octubre de 1989, de la Dirección General de Aduanas e Impuestos Especiales («Boletín Oficial del Estado» número 268, de 8 de noviembre), se establecía el modelo de tarjeta de identidad profesional de los funcionarios del Servicio de Vigilancia Aduanera.

La creación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por el artículo 103 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, y su constitución efectiva, así como la integración del Servicio de Vigilancia Aduanera como Dirección Adjunta del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, y, últimamente, su cambio de denominación por Vigilancia Aduanera, por la Orden de 27 de julio de 1998, hacen necesario adecuar a la nueva situación las tarjetas de identidad profesional de sus funcionarios, ya que, por una parte, las preexistentes llevaban incorporadas los anagramas y denominaciones anteriores a la creación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y, por otra, a los funcionarios de nuevo ingreso no se les han podido suministrar estas tarjetas de identificación profesional. La inexistencia de estas tarjetas supone una perturbación del servicio dado que sirven no sólo como tarjetas de identificación profesional sino que tienen la consideración de licencia de armas según el Reglamento aprobado por Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, y de autorización para la autorización de los vehículos oficiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Para satisfacer las necesidades expuestas y con el fin de facilitar la identificación de los funcionarios de Vigilancia Aduanera ante el público en el ejercicio de las competencias que les están atribuidas por la Ley Orgánica 12/1995, de 12 de diciembre, de Represión del Contrabando, y por el Real Decreto 319/1982, de 12 de febrero, he resuelto:

Primero.

Aprobar el modelo de tarjeta de identidad profesional para los funcionarios en activo de Vigilancia Aduanera, que tendrá las medidas, color, forma y textos que se contienen en el anexo 1 de esta Resolución.

Segundo.

Se mantiene el modelo normalizado de cartera portatarjeta de identidad profesional, aprobado por la Resolución de 31 de octubre de 1989, cuyo tamaño, forma y características son los contenidos en el anexo 2 de esta Resolución; quedando terminantemente prohibida la utilización de cualquier otro modelo que pudiera inducir a confusión con otros Cuerpos.

Tercero.

Los funcionarios de Vigilancia Aduanera, cuando hayan de relacionarse con las autoridades o con los ciudadanos en el desempeño de su misión, deberán identificarse mostrando su tarjeta de identidad profesional. Las autoridades y los ciudadanos podrán requerir su identificación en tales supuestos.

Cuarto.

En los casos de sustracción, pérdida, destrucción o deterioro notorio de una tarjeta de identidad, su titular deberá comunicarlo a su Jefe respectivo, y éste a la Dirección Adjunta de Vigilancia Aduanera, que procederá a entregarle una nueva sustitutiva de aquélla.

Quinto.

En tanto no se disponga de la tarjeta de identidad profesional ajustada al modelo aprobado por la presente Resolución, seguirá utilizándose la vigente en esta fecha.

Sexto.

Queda derogada la Resolución de 31 de octubre de 1989, de la Dirección General de Aduanas e Impuestos Especiales.

Madrid, 29 de diciembre de 1998.—El Director del Departamento, Francisco Javier Goizueta Sánchez.

Ilmo. Sr. Director adjunto de Vigilancia Aduanera.

ANEXO 1
Modelo de Tarjeta de Identidad Profesional para Funcionarios de Vigilancia Aduanera

ESCALA EN MILÍMETROS

Incluir modelo carné

La tarjeta de identidad profesional se ajustará al modelo normalizado que se adjunta, y tendrá las siguientes características:

Dimensiones: 86 × 55 milímetros, a márgenes perdidos.

Anverso: Sobre fondo azul pantone 2975 C, símbolos de la Agencia en color blanco, distribuidos a modo de tresbolillo. En el ángulo superior izquierdo el logotipo de la Agencia en azul pantone 293, rojo pantone 485 y amarillo pantone 116, y debajo Agencia Tributaria. En el ángulo superior derecho la leyenda «Ministerio de Economía y Hacienda» y debajo, en el centro, «Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales». Centrado llevará un recuadro de 31 × 26 milímetros para la fotografía, que será hecha en color, a medio busto, de frente y descubierto, sin gafas oscuros.

Inmediatamente debajo de la fotografía se insertará la leyenda: «Vigilancia Aduanera», y debajo el número de Registro de Personal.

En la parte inferior se inscribirá el siguiente texto: «El titular de esta tarjeta de identidad tiene carácter de Agente de la Autoridad en el desempeño de su misión (Real Decreto 319/1982, de 12 de febrero)».

Reverso: Con el mismo fondo, en la parte superior figurará la siguiente leyenda: «Esta tarjeta de identidad tiene la consideración de licencia de armas tipo A y permiso de armas para su titular, según el Reglamento de Armas aprobado por Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, y le autoriza para conducir el vehículo oficial, propiedad de la Agencia Tributaria, reseñado en la Orden de Prestación de Servicio que debe obrar en su poder».

Debajo figurará el nombre y apellidos, número de documento nacional de identidad, fecha de expedición y la antefirma y firma del Director del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales.

Imagen: /datos/imagenes/disp/1999/28/02581_7867825_image1.png

ANEXO 2
Modelo de portatarjeta de identidad para funcionarios de Vigilancia Aduanera

ESCALA EN MILÍMETROS

Incluir modelo portatarjeta

La cartera portatarjeta de identidad profesional tendrá la forma y medidas indicadas en el dibujo adjunto.

En su interior dispondrá de dos apartados. El superior para alojamiento de la tarjeta de identidad profesional, con un protector plástico. En el inferior, centrado y proporcional, existirá un grabado con el escudo constitucional de España, y bajo el mismo, con letras de 7 milímetros de altura, la inscripción ADUANAS, en color amarillo.

Imagen: /datos/imagenes/disp/1999/28/02581_7867825_image2.png

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 29/12/1998
  • Fecha de publicación: 02/02/1999
  • Fecha de derogación: 13/08/2008
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
Materias
  • Agencia Estatal de la Administración Tributaria
  • Funcionarios públicos
  • Tarjeta de Identidad Profesional

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