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Documento BOE-A-1999-2588

Resolución de 23 de diciembre de 1998, de la Secretaría General de Comunicaciones, por la que se publica la referencia a la norma UNE-TBR3, modificada por la UNE-TBR3 1M(98), contenida en la reglamentación técnica común CTR 3, modificación 1, para equipos terminales de telecomunicación destinados a conectarse a un acceso básico de la Red Digital de Servicios Integrados (RDSI).

Publicado en:
«BOE» núm. 28, de 2 de febrero de 1999, páginas 4702 a 4703 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1999-2588
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1998/12/23/(6)

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 1787/1996, de 19 de julio, aprueba el Reglamento que establece el procedimiento de certificación para los equipos a los que se refiere el artículo 29 de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, y transpone también la Directiva 91/263/CEE, del Consejo de la Unión Europea.

Aunque la Ley 11/1998, de 24 de abril, General de Telecomunicaciones, ha derogado la práctica totalidad de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, permite que la normativa de desarrollo de la misma, en concreto, la dictada al amparo de su artículo 29, permanezca transitoriamente en vigor hasta que se aprueben las normas de desarrollo de la Ley. Por eso, son la Ley General de Telecomunicaciones y el Real Decreto 1787/1996, en todo lo que no se oponga a lo dispuesto en la Ley, los fundamentos en virtud de los cuales se adopta esta Resolución.

El artículo 8 del citado Reglamento establece que las reglamentaciones técnicas comunes de los equipos terminales de telecomunicación adoptadas por la Comisión Europea, aplicables a los equipos a los que se refiere el Reglamento, tendrán la misma consideración que las especificaciones técnicas aprobadas por el Gobierno, de acuerdo con la Ley de Ordenación de las Telecomunicaciones, o las que se aprueben por el Ministerio de Fomento, en virtud de la nueva Ley, una vez que hayan sido referenciadas en el «Boletín Oficial del Estado».

La presente propuesta de Resolución tienen por objeto publicar la referencia y poner en vigor la modificación 1 a la reglamentación técnica común CTR 3, adoptada por la Comisión Europea en su Decisión 98/515/CE, de 17 de junio de 1998, relativa a una reglamentación técnica común para la Red Digital de Servicios Integrados (RDSI) paneuropea, de acceso básico, que deroga la Decisión 97/346/CE.

Por lo expuesto, esta Secretaría General resuelve:

Primero.

Publicar la referencia a la norma armonizada UNE-TBR3, modificada por la UNE-TBR3 1M(98), contenida en la reglamentación técnica común CTR 3, modificación 1, la cual deberá cumplirse por todos los equipos destinados a conectarse a la Red Digital de Servicios Integrados (RDSI) paneuropea en el interfaz del punto de referencia o puntos de referencia S y T de un acceso básico para que puedan obtener el certificado de aceptación a que se refiere el artículo 9 del Reglamento, aprobado por el Real Decreto 1787/1996, de 19 de julio, para estos equipos.

En el anexo I se cita la referencia a la mencionada norma armonizada y en el anexo II se identifica la asociación de la que puede obtenerse el texto completo de la norma referenciada en esta Resolución.

Segundo.

Queda sin efecto la Resolución de la Secretaría General de Comunicaciones de 11 de mayo de 1998, por la que se hace pública la referencia a la norma UNE-TBR3.

Los equipos certificados con arreglo a la Resolución de 11 de mayo de 1998, indicada en el párrafo anterior, podrán seguir siendo comercializados y puestos en servicio hasta la fecha de caducidad de sus certificados de aceptación.

Tercero.

La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 23 de diciembre de 1998.—El Secretario general, José Manuel Villar Uríbarri.

ANEXO I
Referencia a la norma armonizada aplicable

La norma armonizada a que se refiere el apartado primero de esta Resolución es:

Red Digital de Servicios Integrados (RDSI).

Requisitos de conexión para equipos terminales que se conectan a una RDSI usando un acceso básico de RDSI.

UNE-TBR3 de octubre de 1997, modificada por UNE-TBR3 1M(98), equivalente a la norma TBR 3 de noviembre de 1995, modificada por TBR3/A1 de diciembre de 1997 (excluido el prefacio).

ANEXO II

El texto completo de la mencionada norma puede solicitarse a:

AENOR: Asociación Española de Normalización y Certificación. Calle Génova, 6, 28004 Madrid.

 

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 23/12/1998
  • Fecha de publicación: 02/02/1999
  • Efectos desde el 3 de febrero de 1999.
Referencias anteriores
  • DEROGA la Resolución de 11 de mayo de 1998 (Ref. BOE-A-1998-15299).
  • DE CONFORMIDAD con:
Materias
  • Equipos de telecomunicación
  • Normalización

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