Por Resolución de la Dirección General de Instituciones
Penitenciarias de 6 de agosto de 1998, fueron nombrados funcionarios
en prácticas del Cuerpo Técnico de Instituciones Penitenciarias,
especialidades de Juristas y Psicólogos, los aspirantes aprobados
en las correspondientes pruebas selectivas.
Una vez superado el curso selectivo previsto en la base 1.6
y anexo I de la convocatoria de las pruebas selectivas, mediante
proceso específico de promoción interna, aprobada por Orden del
Ministerio del Interior de 26 de diciembre de 1997 ("Boletín Oficial
del Estado" de 23 de enero de 1998), procede el nombramiento
de funcionarios de carrera en el citado Cuerpo,
Esta Secretaría de Estado para la Administración Pública, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Real Decreto
364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de 10
de abril), por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso
del Personal al Servicio de la Administración General del Estado
y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional
de los Funcionarios Civiles de la Administración General del
Estado, y el artículo 6.3 del Real Decreto 2169/1984, de 28 de
noviembre ("Boletín Oficial del Estado" de 7 de diciembre), de atribución
de competencias en materia de personal, a propuesta de la
Dirección General de Instituciones Penitenciarias, resuelve:
Primero.-Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo Técnico
de Instituciones Penitenciarias, especialidades de Juristas y
Psicólogos, mediante proceso específico de promoción interna, a los
aspirantes aprobados en el proceso selectivo. La relación completa
de los funcionarios nombrados se encontrará expuesta en los
tablones de anuncios de todos los Centros Penitenciarios y en al
Dirección General de Instituciones Penitenciarias.
Segundo.-Para adquirir la condición de funcionarios de
carrera, deberán prestar juramento o promesa, de conformidad con
lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, y tomar
posesión de sus destinos en el plazo de un mes a partir del día
siguiente al de la publicación de esta Resolución en el "Boletín
Oficial del Estado".
Tercero.-Contra esta Resolución que pone fin a la vía
administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo
en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su
publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la
Audiencia Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.a)
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Lo que comunico a VV. II.
Madrid, 22 de enero de 1999.-El Secretario de Estado,
Francisco Villar García-Moreno.
Ilmos. Sres. Director general de Instituciones Penitenciarias y
Director general de la Función Pública.
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