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Visto el expediente de indulto de doña Manuela Molina Martínez, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada por la Audiencia Provincial de Madrid, Sección Quinta, en sentencia de fecha 17 de septiembre de 1996, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1994; a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de enero de 1999,
Vengo en conmutar a doña Manuela Molina Martínez la pena privativa de libertad impuesta, por otra de un año de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 15 de enero de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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