El Palacio de los Aguado-Pardo (Casa de los Junco) es el único exponente de arquitectura civil de época barroca conservado en la ciudad de Palencia.
La Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural, por Resolución de 12 de junio de 1998, incoó expediente de declaración de bien de interés cultural con categoría de monumento a favor del Palacio de los Aguado-Pardo (Casa de los Junco), en Palencia.
Con fecha 27 de agosto de 1998, la Universidad de Valladolid informa favorablemente la pretendida declaración.
De conformidad con lo establecido en los artículos 1 y 2 del Decreto 273/1994, de 1 de diciembre, sobre competencias y procedimientos en materia de Patrimonio Histórico en la Comunidad de Castilla y León, la Consejería de Educación y Cultura ha propuesto declarar bien de interés cultural dicho inmueble con la categoría de monumento y a tal efecto ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en al incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.
En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español; Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, que modifica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la citada Ley, y Decreto 273/1994, de 1 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Educación y Cultura, visto el informe de la Asesoría Jurídica de esta Consejería, previa deliberación de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día 30 de diciembre de 1998, dispongo:
Se declara bien de interés cultural, con categoría de monumento, el Palacio de los Aguado-Pardo (Casa de los Junco), en Palencia.
Comprenderá los edificios colindantes de la manzana en que se encuentra el inmueble de referencia y el enfrentado de la calle Valentín Calderón.
Así el entorno estará delimitado por las siguientes fincas:
Calle Ignacio Martínez de Azcoitia, fincas de los números 1, 3 y 5.
Calle Mayor Principal, finca número 17.
Calle Valentín Calderón, fincas de los números 1, 2 y 3.
La descripción complementaria del bien a que se refiere el presente Decreto, así como la zona afectada por la declaración, son los que constan en el plano y demás documentación que obra en el expediente de su razón.
Contra este Decreto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Castilla y León, en el plazo de dos meses.
Soria, 30 de diciembre de 1998.–El Presidente, Juan José Lucas Jiménez.–La Consejera de Educación y Cultura, Josefa Eugenia Fernández Arufe.
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