Está Vd. en

Documento BOE-A-1999-3025

Resolución de 11 de enero de 1999, de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), por la que se aprueba la convocatoria general de becas para extranjeros, para el curso académico 1999/2000.

Publicado en:
«BOE» núm. 31, de 5 de febrero de 1999, páginas 5505 a 5517 (13 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1999-3025

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de los programas y actividades de cooperación que desarrolla este organismo en el ámbito de la cooperación educativa, cultural, científica y técnica con los países adscritos a su ámbito de competencia, corresponde proceder a la convocatoria de becas de estudio para el curso 1999/2000, la cual debe ser difundida con la necesaria publicidad.

En su virtud, y de acuerdo con lo dispuesto en el punto 1 del apartado cuarto de la Orden de 26 de marzo de 1992 («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril), modificada por la Orden de 21 de enero de 1997, en la que se establecen las bases para la concesión de becas y ayudas de la Agencia Española de Cooperación Internacional, y la publicación de otras convocatorias específicas para ayudas de formación, investigación, promoción cultural, científica o de intercambio, el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para la concesión de subvenciones públicas, y en atención a lo establecido en el apartado 2.1.d) de la Resolución 21 de noviembre de 1997 («Boletín Oficial del Estado» de 10 de diciembre), de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica y Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se delegan en el Secretario general del la AECI y otras autoridades y funcionarios de la misma determinadas competencias,

Esta Agencia ha resuelto:

Primero.

Ordenar la publicación de la convocatoria general de becas de estudio para extranjeros para el curso académico 1999/2000 de la Agencia Española de Cooperación Internacional, conforme a las condiciones que se recogen en el anexo I de la presente Resolución.

Segundo.

Trimestralmente será publicada en el «Boletín Oficial de Estado» la relación de becas concedidas con arreglo a esta convocatoria.

Tercero.

La convocatoria será expuesta en los tablones de anuncios de las representaciones diplomáticas y Oficinas Técnicas de Cooperación de España en los países incluidos en el ámbito de la misma.

Madrid, 11 de enero de 1999.−El Presidente, P. D. (Resolución de 21 de noviembre de 1997, «Boletín Oficial del Estado» de 10 de diciembre), el Secretario general, Luis Espinosa Fernández.

Ilmos. Sres. Secretario general, Director general del ICI, Director general del ICMAMPD y Director del Gabinete Técnico de la AECI.

ANEXO I
Convocatoria general de becas para extranjeros para realizar estudios en España

Según lo establecido en el punto 1, apartado cuarto de la Orden de 26 de marzo de 1992, la AECI convoca becas para realizar estudios en España durante el curso académico 1999/2000, con cargo a la aplicación presupuestaria 12.103.134A.486, por un importe máximo en 1999 de 2.185.976.500 pesetas y su concesión estará condicionada a la existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente durante el año 2000.

Las presentes becas tienen por objeto la realización de los siguientes estudios en España, cuya regulación específica se detalla en los capítulos I, II, III y IV, respectivamente, de la presente convocatoria:

Capítulo I: Becas para estudios de postgrado.

Capítulo II: Becas para estudios de pregrado y formación profesional.

Capítulo III: Becas para disciplinas artísticas.

Capítulo IV: Becas para cursos específicos.

CONDICIONES GENERALES

Primera. Requisitos para solicitar una beca.

Tener la nacionalidad de cualquier país iberoamericano, africano, asiático, de Oceanía y europeo, receptor de Ayuda Oficial al Desarrollo, o de países europeos con economías en transición.

No ser residente en España, a excepción de razones humanitarias, asilo o refugio.

Poseer la titulación necesaria que requiere la legislación española para cursar el nivel de estudios elegido. Los solicitantes habrán de realizar los trámites necesarios para la oportuna convalidación.

Para estudios cuya duración sea superior a seis meses, no tener o superar los cuarenta años de edad en 1999; en caso de estudios con una duración inferior, no existe límite de edad.

Tener suficiente conocimiento de la lengua española para la realización de los estudios proyectados.

Poseer aptitud psicofísica para cursar los estudios previstos, y no padecer enfermedades infecto-contagiosas ni tropicales.

Segunda. Condiciones económicas.

A) Dotación mensual: Se ofrecen las siguientes posibilidades de ayuda para alojamiento y manutención mensual, excluyentes entre sí:

1. Una asignación mensual de 40.000 pesetas, a deducir la cantidad fiscal correspondiente (hasta un 2 por 100), y la residencia en régimen de pensión completa en un colegio mayor universitario patrocinado por la AECI.

Únicamente podrán optar por esta modalidad los candidatos que deseen realizar estudios en Madrid.

2. Una asignación mensual cuya cuantía depende de los estudios a realizar:

120.000 pesetas mensuales para estudios de postgrado y disciplinas artísticas.

100.000 pesetas mensuales si los estudios a cursar son de pregrado o formación profesional.

Estas cantidades estarán sujetas a la retención fiscal que corresponda, según lo dispuesto en la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

3. La que se detalle en los cursos especiales (capítulo IV).

B) Ayuda de primera instalación: Los nuevos becarios, a excepción de los seleccionados para las becas previstas en el apartado A del capítulo IV de la presente convocatoria, recibirán una única ayuda de 50.000 pesetas para gastos de primera instalación, sujeta a la retención fiscal que corresponda.

C) Seguro médico: El becario estará amparado por un seguro de asistencia médica primaria, no farmacéutico, en las condiciones que se recogen en la póliza suscrita por la AECI con la compañía aseguradora correspondiente, para enfermedades no contraídas con anterioridad al inicio de la beca.

D) Ayuda de viaje: La AECI podrá conceder una ayuda excepcional de viaje a nacionales de los países con los que existan compromisos, o cuando la Comisión Evaluadora así lo estime oportuno.

Los nacionales de los países asociados a la Organización Internacional para las Migraciones podrán obtener hasta un 50 por 100 de descuento en las tarifas aéreas, acreditando la condición de becario de la AECI.

La Organización de Estados Americanos (OEA) ofrece becas de pasaje para la asistencia a los cursos de especialización que figuren en las convocatorias que la Organización pública.

E) Ayuda de matrícula: Excepcionalmente y a juicio de la Comisión Evaluadora, se podrá conceder una ayuda de matrícula total o parcial, para estudios en centros con los que la AECI no ha suscrito un convenio, o cuando las becas concedidas superen el cupo reservado en los acuerdos establecidos con los centros.

F) Forma de pago: El pago mensual de la beca se realizará mediante transferencia bancaria. Únicamente se pagarán por cheque las primeras mensualidades, hasta que el becario posea la Tarjeta de Estudiante expedida por el Ministerio del Interior, necesaria para abrir una cuenta en el banco. Cuando el becario incumpla la normativa de pago establecida por la AECI, perderá la mensualidad correspondiente. En caso de reincidencia será motivo de revocación de la beca.

G) Carácter individual de la beca: La AECI no asume ningún gasto ocasionado por las personas que eventualmente estén a cargo del becario.

Tercera. Documentación que deben presentar los solicitantes.

a) Impreso oficial de solicitud debidamente cumplimentado por duplicado (anexo II o III).

b) Copia de la carta de admisión del centro de estudios o, en su defecto, copia del escrito dirigido por el interesado al centro solicitando la admisión o reserva de plaza, en cuyo caso la eventual concesión de beca quedará condicionada al requisito de la admisión del beneficiario en el centro de acogida.

c) Certificado de nacimiento o fotocopia del documento de identificación personal o del que reglamentariamente lo sustituya, debidamente compulsada.

d) Currículum vitae.

e) Certificado de estudios, con especificación de la duración de los mismos, asignaturas cursadas y calificaciones obtenidas.

f) Copia del título y/o diplomas.

g) Certificado de convalidación de estudios cursados en el extranjero por los equivalentes españoles, o justificante de haberlo solicitado, si así lo requieren los estudios a realizar.

Será obligatorio acreditar la convalidación en el caso de los médicos que deseen realizar una especialidad o una estancia corta en un centro hospitalario.

h) Documento acreditativo del conocimiento de español con especificación del grado, cuando éste no sea el idioma oficial del país de origen del candidato.

i) Proyecto de estudios y exposición de las razones que motivan la solicitud de la beca.

j) Copia de la solicitud de autorización dirigida por el interesado al Ministerio de Sanidad y Consumo, únicamente en el caso de solicitar la beca para realizar una estancia en un centro hospitalario español o una especialidad médica.

k) Dos cartas de presentación de personas o instituciones del país de origen que le avalen.

l) Certificado médico de poseer aptitud psico-física para cursar los estudios proyectados y no padecer enfermedades infecto-contagiosas ni tropicales, extendido en un plazo anterior no superior a un mes.

m) Dos fotografías tamaño carné con el nombre y apellidos al dorso.

Todos los documentos se acompañarán, en su caso, de su correspondiente traducción al español y legalizados por vía diplomática o consular.

El impreso de solicitud debe ser cumplimentado en su totalidad y en idioma español. No se podrán tener en cuenta los impresos incompletos, aunque se adjunte la documentación acreditativa de los apartados del mismo.

La documentación que se reciba no será devuelta, por lo que no deberán adjuntar documentos originales o que consideren irrepetibles y que les puedan ser necesarios.

Toda la documentación requerida deberá ser presentada antes de la finalización del plazo que establece la base cuarta de la presente convocatoria, no obstante los interesados dispondrán de un plazo de diez días naturales para subsanar cualquier falta o acompañar los documentos preceptivos, transcurrido el cual, no serán tomadas en consideración las solicitudes que no se ajusten a lo exigido.

Cuarta. Presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 31 de marzo de 1999. Éstas deberán ser presentadas en las sedes de las Embajadas, Consulados u Oficinas Técnicas de Cooperación de España del país de origen del candidato, o en los registros de los organismos administrativos relacionados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Los cursos especiales del capítulo IV que establezcan un plazo diferente constituirán la única excepción de este apartado.

Los candidatos que deseen realizar estudios en alguno de los centros con los que la AECI ha suscrito convenios de colaboración, también deberán enviar copia de toda la documentación presentada al centro elegido.

Quinta.

Una vez cerrado el plazo de admisión de solicitudes, se hará pública en el tablón de anuncios de cada Embajada, Consulado y Oficina Técnica de Cooperación de España la lista de las solicitudes presentadas.

Sexta.

Las unidades receptoras de las solicitudes llevarán a cabo una preselección de las candidaturas que se presenten para estudios comprendidos en los capítulos I, II y III de la presente convocatoria, de acuerdo con las directrices marcadas por la AECI en la que se valorarán los siguientes aspectos: Expediente académico, méritos académicos, actividad profesional, vinculación laboral, prioridades del país de origen, prioridades de la cooperación española, avales de organismos o instituciones que proponen al candidato.

Se levantará acta de las actuaciones efectuadas, que será remitida junto con las solicitudes preseleccionadas y la totalidad de las solicitudes presentadas para los cursos que se relacionan en el capítulo IV, a la sede central de la AECI.

Séptima.

La evaluación de las solicitudes se efectuará por una Comisión Evaluadora, que estará presidida por el Secretario general de la AECI o persona que designe, formando parte de la misma cuatro vocales nombrados por aquél. Un vocal al menos deberá pertenecer a cada una de las dos Direcciones Generales en representación de éstas.

En la evaluación se actuará según los siguientes criterios ordenados jerárquicamente de mayor a menor importancia:

1. Distribución de becas por países.

2. Méritos académicos.

3. Estudios que responden a las necesidades prioritarias establecidas por las autoridades del país de origen de los candidatos.

4. Estudios que se derivan de los sectores de mayor interés para la cooperación española, que serán fijados por las Embajadas de España y las Oficinas Técnicas de Cooperación.

5. Nivel de conocimiento del español cuando no sea lengua materna.

6. Evaluación formulada por las Embajadas de España.

7. No haber disfrutado de una beca de la AECI con anterioridad.

8. Valoración de prioridades de candidatos presentada por el centro de estudios receptor de becarios.

Octava.

La Comisión evaluadora formulará las propuestas de resolución de concesión o renovación de las becas, en un período máximo de cinco meses, contados a partir del término del plazo de presentación de las solicitudes, salvo en los casos de estudios en el área de medicina, en cuyo caso la propuesta será formulada una vez que el Ministerio de Sanidad y Consumo determine las plazas vacantes en centros hospitalarios destinadas a médicos extranjeros.

Novena.

Vistas las propuestas, la Presidencia de la Agencia dictará las correspondientes resoluciones de concesión, en el plazo máximo de seis meses desde la expiración del plazo de presentación de solicitudes, que se notificará a los beneficiarios, a través de las Representaciones Diplomáticas de España del ámbito de esta convocatoria.

Las relaciones de la Resolución de becas concedidas y solicitudes denegadas se expondrán en los tablones de anuncios de las Embajadas, Consulados u Oficinas Técnicas de Cooperación de España del país de origen del candidato, así como en el tablón de anuncios de la AECI (avenida Reyes Católicos, número 4, 28048 Madrid). Este acto agota la vía administrativa. Contra el mismo cabrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.

Décima.

La beca tendrá una duración máxima de doce meses, que viene determinada en función de la duración académica de los estudios. En el caso de cursos o estudios cuya duración sea superior a doce meses, el becario deberá solicitar la renovación oportunamente.

Undécima.

La solicitud de renovación deberá ser presentada directamente en el Servicio de Becas de la AECI, antes del día 15 de marzo de 1999, aportando la siguiente documentación:

a) Impreso de solicitud debidamente cumplimentado por duplicado (anexo IV).

b) Fotocopia del resguardo donde figure, claramente, el curso y las asignaturas en las que se ha matriculado (en los casos que proceda).

c) Carta del centro de estudios indicando la oportunidad de la renovación, en la que se incluye informe detallado de las actividades desarrolladas, suscrito por el Director de tesis o Director del curso de postgrado.

d) Breve proyecto de los estudios y/o actividades que se prevé desarrollar en el futuro.

e) Fotocopia de la Tarjeta de Estudiante expedida por el Ministerio del Interior.

f) Fotocopia del pasaporte en vigor.

g) Una fotografía tamaño carné.

La beca no es renovable para estudios distintos de aquellos para los que inicialmente fue concedida.

Para obtener la renovación de la beca es absolutamente necesario superar satisfactoriamente todas las materias del curso anterior para el que ha sido becado si éste es de postgrado. Para estudios universitarios de primer y segundo ciclo, la Comisión Evaluadora tomará en cuenta, además de los criterios de aprovechamiento académico que establecen los artículos 28 y 29 de la Orden de 30 de junio de 1997 del Ministerio de Educación y Cultura («Boletín Oficial del Estado» de 22 de julio), las prioridades de la cooperación española que a su juicio sean determinantes para valorar la procedencia de la renovación. Para la renovación de las becas para estudios de formación profesional se exigirá aprobar la totalidad de las asignaturas matriculadas.

Una vez el centro expida las calificaciones deberán completar su solicitud de renovación presentando certificación académica original en la que consten las calificaciones obtenidas en las asignaturas matriculadas.

Las becas para estudios de doctorado completos podrán disfrutarse como máximo por tres cursos académicos. Sólo excepcionalmente podrá ser prorrogado hasta por un año más a criterio de la Comisión Evaluadora.

Duodécima. Obligaciones de los adjudicatarios.

Los becarios están obligados a:

Comunicar a la Agencia Española de Cooperación Internacional o a la Embajada de España, en el período de un mes desde que se le notifique la concesión de la beca, su aceptación expresa.

Encontrarse en España el día de la iniciación de la beca. De no contactar con el Servicio de Becas de la AECI en el plazo de diez días a partir del comienzo de la beca, perdería la primera mensualidad, y si transcurre un mes sin que se haya incorporado ni medie la debida justificación, la beca le será definitivamente anulada.

Solicitar el visado de estudiante, en su caso, cuando proceda, en los Consulados de España en el país de origen, así como respetar la legislación española en materia de visados y permisos de residencia.

Residir en el lugar donde realice sus estudios en España durante el período de la beca, y no deberá ausentarse del territorio nacional sin comunicarlo previamente a la AECI indicando las causas excepcionales que justifican la ausencia, el período que comprende, resolviendo la AECI de forma justificada lo que proceda según las circunstancias, en relación a la reducción, revocación y reintegro, en su caso, de la beca.

No podrá cambiar de estudios ni de centro previsto sin el conocimiento y aceptación de la AECI.

Una vez efectuada la matrícula deberá remitir al Servicio de Becas fotocopia del resguardo en el que figuren claramente el curso y asignaturas en las que se ha matriculado.

El becario se someterá a las actuaciones de comprobación y seguimiento de aplicación de la ayuda establecidas por la AECI.

Se fijará como período de vacaciones las establecidas en el calendario escolar de cada año en lo que respecta a Semana Santa y Navidades. Cuando el becario obtenga la renovación de la beca podrá disfrutar de un mes completo de vacaciones en el período estival.

Para ausentarse del territorio nacional deberá comunicarlo por escrito, y si su ausencia excede de los límites anteriormente fijados, sufrirá la reducción proporcional en la mensualidad de beca correspondiente o la revocación y reintegro, en su caso.

Los becarios, en el mes siguiente al término de la beca, deberán entregar un breve informe memoria y enviar fotocopia de las calificaciones obtenidas.

Los becarios de doctorado o investigación deberán mencionar en la tesis o trabajo su condición de becario de la AECI.

Deberá superar satisfactoriamente los exámenes o pruebas correspondientes a los estudios para los que se les ha concedido la beca; en el caso de tesis doctorales, los doctorandos deberán presentar informe favorable realizado por el Director de tesis.

No podrá desempeñar cargo alguno remunerado durante el período de vigencia de la beca.

Mantener un comportamiento que no implique un perjuicio para los intereses de la AECI ni para el Estado español.

Declarar a la AECI cualquier otra beca o ayuda de estudios concedida o en tramitación. En ningún caso el importe de la posible ayuda adicional que pudiera obtener el beneficiario podrá superar el importe total de la actividad objeto de la beca solicitada a la AECI.

Facilitar toda la información útil que solicite la AECI, especialmente:

Domicilio particular y sus cambios.

Documentación académica.

El incumplimiento de cualquiera de las cláusulas contenidas en la presente Resolución de convocatoria y su anexo traerá como consecuencia la pérdida de la beca y consecuente reintegro de las ayudas percibidas con eficacia imperativa.

Decimotercera.

Los becarios deberán regresar a su país de origen una vez finalizados los estudios que motivaron la concesión de la beca o en caso de que ésta fuera rescindida, y deberán personarse en la Oficina Técnica de Cooperación o Consulado de España en su país de origen para registrarse como ex becario facilitando sus datos personales.

Decimocuarta.

Los candidatos, al solicitar estas becas, se entiende que aceptan en todos sus términos las bases de la presente convocatoria, así como el fallo de la Comisión Evaluadora y la Resolución de la Presidencia de la AECI, sin perjuicio del derecho a la fiscalización judicial.

Decimoquinta.

La AECI adjudicará las becas previstas en el apartado 1 de la condición segunda A), a los que habiendo sido seleccionados según lo dispuesto en la presente convocatoria hayan solicitado esta opción en el impreso de solicitud. Cuando los becarios seleccionados superen el cupo disponible en las residencias universitarias, la Comisión evaluadora concretará los becarios que disfrutarán de esta modalidad de beca, percibiendo los restantes la dotación prevista en el apartado 2 de la condición segunda A).

La modalidad de beca asignada, en base a la solicitud del becario, no se modificará durante la duración de la misma.

Decimosexta.

El régimen de becas de la AECI queda sujeto a la justificación de la actividad promocionada, así como a las obligaciones de reintegro y al régimen sancionador cuando proceda conforme al Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, al texto refundido de la Ley General Presupuestaria aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, a la Orden de 26 de marzo de 1992 («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril), modificada por la Orden de 21 de enero de 1997 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de febrero) y demás normas reguladoras de la subvención.

CAPÍTULO I
Becas para estudios de postgrado

1. Las becas se destinarán a la realización de los siguientes estudios de postgrado de larga duración, en centros españoles:

Cursos de doctorado.

Tesis doctoral.

Maestría.

Curso de especialización.

Investigación.

Especialidad médica.

Estancia o pasantía (en centros de investigación, docencia o médicos).

2. Los interesados deberán solicitar la correspondiente reserva de plaza dentro de los plazos fijados por la Universidad o centro en el que deseen ingresar, a cuyos efectos deberán ponerse en contacto directamente con la institución u organismo correspondiente con la debida antelación.

3. La presente convocatoria está abierta a todos los estudios de postgrado que se imparten en Universidades, instituciones y centros de enseñanza españoles.

4. Los interesados deberán utilizar el formulario que figura en el anexo II de la presente Resolución.

CAPÍTULO II
Becas para estudios de pregrado y formación profesional

1. Las becas para la realización de estudios de pregrado y formación profesional se adjudicarán a candidatos marroquíes (procedentes del sistema educativo español), tunecinos, jordanos y mauritanos en función de los acuerdos bilaterales con dichos países y excepcionalmente a candidatos palestinos, saharauis y de países de África Subsahariana, de Asia y de Oceanía, cuando el interés de la cooperación con dichos países así lo aconseje.

2. La legalización por vía diplomática o consular de los documentos académicos (título y certificados) es absolutamente imprescindible, ya que será requerida por el Ministerio de Educación y Cultura para la oportuna convalidación.

3. La Comisión Evaluadora podrá tomar en consideración de forma extraordinaria la concesión de la beca durante el primer año para perfeccionar los conocimientos de español, en los casos de imposibilidad de acceso a los estudios de español en el país de origen.

4. Respecto a la convalidación de los estudios previos obligatorios para acceder a los elegidos, cuando el Ministerio de Educación y Cultura no disponga de tablas de equivalencia, la matrícula tendrá un carácter provisional. Si la resolución del Ministerio de Educación y Cultura sobre la convalidación de estudios no es favorable, la beca será cancelada.

5. Los interesados deberán utilizar el formulario que figura en el anexo III de la presente Resolución.

CAPÍTULO III
Becas para disciplinas artísticas

1. La AECI podrá conceder becas para realizar estudios de formación y prácticas artísticas en el campo de las artes plásticas, literarias, audiovisuales, escénicas o musicales en España.

2. Será un requisito específico para solicitar estas becas el desempeñar una actividad profesional acorde con la materia de estudios o prácticas que se desea llevar a cabo y/o poseer la titulación adecuada según el caso. Cuando el solicitante no tenga titulación académica no deberá cumplir con los apartados e), f) y g) de la condición general tercera.

3. El candidato deberá haber sido aceptado por un centro de estudios, centro cultural o empresa relacionada con las industrias culturales para desarrollar un proyecto en España.

4. El candidato deberá adjuntar a su solicitud de beca un resumen del proyecto y la carta de aceptación de la empresa o institución española a la que desee incorporarse, significando expresamente su interés en contar con el solicitante en la forma y plazo por él propuesto.

5. Los interesados deberán utilizar el formulario que figura en el anexo II de la presente Resolución.

CAPÍTULO IV
Becas para cursos específicos

A. Becas de verano

A.1 Becas para estudiantes de español para asistir al curso de Lengua y Cultura española en la Escuela de Verano Española de Madrid, del 1 al 31 de julio de 1999.

A) Podrán optar los estudiantes de español en centros culturales y Departamentos de español de países de lengua no hispana, iberoamericanos, africanos, asiáticos, de Oceanía y europeos receptores de ayuda oficial al desarrollo y europeos con economías en transición excepto Bulgaria, República Checa, Eslovaquia, Georgia, Hungría, Lituania, Polonia, Rumania, Rusia y Yugoslavia.

B) Se convocan un total de 190 becas.

C) La beca comprende:

Una mensualidad de 27.000 pesetas, a deducir la retención fiscal correspondiente (25 por 100).

Residencia en régimen de pensión completa en un colegio mayor universitario.

Seguro médico en la mismas condiciones que la base segunda, B).

Gastos de matrícula.

Viaje de ida y vuelta desde la capital del país de origen a Madrid, incluidos los gastos derivados por conexiones de vuelo y alojamiento y manutención transitorios en España, para los nacionales de países de África Subsahariana, países asiáticos (excluyendo países árabes), de Oceanía, de Haití y Jamaica.

D) Los solicitantes deberán aportar la siguiente documentación:

Impreso oficial de solicitud debidamente cumplimentado (anexo II).

Certificado de nacionalidad o documento que reglamentariamente lo sustituya, o fotocopia del pasaporte debidamente compulsada.

Certificado de estudios.

Certificado médico de poseer aptitud psicofísica para cursar los estudios proyectados y no padecer enfermedad infecto-contagiosa ni tropical, extendido en un plazo anterior no superior a un mes.

Dos fotografías.

E) Las solicitudes deberán presentarse según se indica en la base cuarta de la presente convocatoria hasta el 31 de marzo de 1999.

A.2 Becas para profesores de español de países de lengua no hispana receptores de ayuda oficial al desarrollo y países europeos con economías en transición, para asistir al Curso Especial en la Escuela de Verano Española de Madrid, de 7 al 29 de julio de 1999.

A) Podrán optar los profesores de español de países de lengua no hispana receptores de ayuda oficial al desarrollo y países europeos con economías en transición.

B) Se convocan un total de 110 becas.

C) La beca comprende:

Una mensualidad de 40.000 pesetas, a deducir la retención fiscal correspondiente (25 por 100).

Viaje de ida y vuelta desde la capital del país de origen a Madrid, así como los gastos derivados por conexiones de vuelo y alojamiento y manutención transitorios en España.

Alojamiento y manutención en residencia universitaria.

Seguro médico en la mismas condiciones que la base segunda, B).

Gastos de matrícula.

D) Los solicitantes deberán aportar la siguiente documentación:

Impreso oficial de solicitud debidamente cumplimentado (anexo II).

Certificado de nacionalidad o documento que reglamentariamente le sustituya, o fotocopia del pasaporte debidamente compulsada.

Acreditación de la condición de profesor de español de enseñanza media o superior, Escuelas Oficiales de Idiomas o de Traductores.

Certificado médico de poseer aptitud psicofísica para cursar los estudios proyectados y no padecer enfermedad infecto-contagiosa ni tropical, extendido en un plazo anterior no superior a un mes.

Dos fotografías.

E) Las solicitudes deberán presentarse según se indica en la base cuarta de la presente convocatoria hasta el 31 de marzo de 1999.

A.3 Becas para asistir a los Cursos de Verano en Santander de la Escuela Superior de Música Reina Sofía, julio 1999.

A) Se convocan un total de 50 becas.

B) La beca comprende una mensualidad de 140.000 pesetas, a deducir la retención fiscal correspondiente (25 por 100), y un seguro médico en las mismas condiciones que la base segunda, B).

C) Las solicitudes (anexo II) deberán presentarse según se indica en la base cuarta de la presente convocatoria, hasta el 31 de marzo de 1999.

A.4 Becas según convenio de cooperación cultural hispano-egipcio.

A) Se convocan cinco becas para profesores egipcios de Universidades estatales y de la Universidad de Al Azhar y profesores de español, con el fin de realizar investigaciones o recopilar material científico en España.

B) La duración de la beca podrá ser de uno a tres meses, a disfrutar durante los meses de julio, agosto y septiembre.

C) La beca comprende:

135.000 pesetas mensuales, a deducir la retención fiscal correspondiente (25 por 100). Dicha cantidad se cobrará al inicio de la investigación. El cobro de los meses sucesivos se contabilizará teniendo en cuenta su fecha de llegada.

Seguro médico en las mismas condiciones que la base segunda, B).

D) Los solicitantes deberán aportar la siguiente documentación:

Impreso oficial de solicitud de beca, debidamente cumplimentado (anexo II).

Certificado de nacionalidad o documento que reglamentariamente lo sustituya, o fotocopia del pasaporte debidamente compulsada.

Currículum vitae.

Memoria de la labor a realizar.

Certificado médico de poseer aptitud psíquicofísica para cursar los estudios proyectados y no padecer enfermedad infecto-contagiosa ni tropical, expedido en un plazo anterior no superior a un mes.

E) Las solicitudes deberán presentarse en los organismos oficiales egipcios hasta el 31 de marzo de 1999.

F) Al finalizar su trabajo en España deberán presentar un informe del trabajo realizado durante el período de la beca y de los centros visitados, aportando justificantes.

G) Los candidatos que hayan obtenido beca de la AECI anteriormente no podrán concursar en esta convocatoria.

A.5 Ayudas de investigación en España.

a) Se convocan 55 ayudas de investigación para realizar en España (45 para marroquíes y 10 para argelinos), destinadas a doctores, profesionales de la docencia y/o de la investigación y licenciados que estén preparando sus tesis doctorales.

b) La ayuda comprende:

Una mensualidad de 135.000 pesetas, a deducir la retención fiscal correspondiente (25 por 100).

Seguro médico en las mismas condiciones que en la base segunda, B).

c) La duración será de un mes, a elegir desde agosto a diciembre. Excepcionalmente, podrán ser de dos meses, siempre y cuando así lo requiera el trabajo a realizar. El mes elegido deberá ser indicado en la solicitud y no podrá ser cambiado. Si no viniese indicado, la solicitud será desestimada.

d) Los solicitantes deberán aportar la siguiente documentación:

Impreso oficial de solicitud de beca, debidamente cumplimentado (anexo II).

Certificado de nacionalidad o documento que reglamentariamente lo sustituya, o fotocopia del pasaporte debidamente compulsada.

Currículum vitae.

Carta de aceptación del centro donde vaya a realizar su investigación.

Certificado médico de poseer aptitud psicofísica para cursar los estudios proyectados y no padecer enfermedad infecto-contagiosa ni tropical, expedido en un plazo anterior no superior a un mes.

Memoria del trabajo a realizar.

Permiso oficial del centro de trabajo para ausentarse durante el período que dure la investigación.

e) Los candidatos que hayan obtenido beca de la AECI anteriormente no podrán concursar en esta convocatoria.

f) Las solicitudes deberán presentarse según lo establecido en la base cuarta de la presente convocatoria hasta el 31 de marzo de 1999.

g) Al finalizar su estancia, el investigador deberá presentar un certificado del centro donde haya trabajado y un resumen de la labor realizada.

A.6 Becas para realizar el curso de Didáctica del Español en Granada (26 de julio/13 de agosto 1999) y para el curso de Didáctica de Español de Enseñanza Media en la Universidad de Valladolid (6 al 25 de septiembre de 1999).

a) Se conceden:

40 becas para profesores de español de enseñanza media, Escuelas Oficiales de Idiomas, Escuelas de Traductores o similares, siempre que sean estatales, de los siguientes países: Argelia, Egipto, Líbano, Marruecos y Túnez para asistir al curso de Didáctica del Español en Granada.

30 becas para profesores de países de África Subsahariana, asiáticos no árabes, y de Oceanía para asistir al curso de Didáctica del Español en la Universidad de Valladolid.

b) La beca comprende:

Una ayuda de 40.000 pesetas, a deducir la retención fiscal correspondiente (25 por 100).

Viaje de ida y vuelta en avión, incluidos los gastos derivados por conexiones de vuelo, alojamiento, manutención transitorios.

Estancia y manutención en una residencia o colegio mayor universitario.

Seguro médico de asistencia médica primaria en las condiciones de la base segunda, B).

Gastos de matrícula.

c) Los solicitantes deberán aportar la siguiente documentación:

Impreso oficial de solicitud de beca, debidamente cumplimentado (anexo II).

Certificado de nacionalidad o documento que reglamentariamente lo sustituya, o fotocopia del pasaporte debidamente compulsada.

Acreditación de la condición de profesor de español, de enseñanza media, de Escuelas, Oficial de Idiomas o de Traductores.

Certificado médico de poseer aptitud psicofísica para realizar los estudios proyectados y no padecer enfermedad infecto-contagiosa ni tropical, expedido en un plazo anterior no superior a un mes.

d) Las solicitudes deberán presentarse según lo indicado en la base cuarta de la presente convocatoria hasta el 31 de agosto de 1999.

e) No podrán optar a esta beca quienes hayan sido becarios de la AECI para cualquier curso de verano.

B. Becas para cursos específicos organizados para candidatos de la AECI

Los centros organizadores de los cursos conceden matrícula gratuita a los becarios de la AECI.

Los interesados deberán utilizar el formulario que figura en el anexo II de la presente Resolución.

La dotación de estas becas será:

120.000 pesetas mensuales y una ayuda de gastos de primera instalación de 50.000 pesetas (ambas sujetas a la retención fiscal correspondiente).

Seguro médico de asistencia primaria en las condiciones previstas en la base segunda, B).

Ayuda excepcional de viaje, en los casos previstos en la base segunda, D).

B.1 Curso Internacional de Edafología y Biología Vegetal, organizado por el CSIC y auspiciado por la UNESCO, del 8 de enero al 25 de julio del año 2000.

Se convocan 10 becas.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 31 de agosto de 1999.

Los candidatos interesados deberán presentar su solicitud simultáneamente ante la representación diplomática española en su país de origen y ante la UNESCO.

B.2 Curso Internacional de la Comisión Oceanográfica Intergubernamental (COI) de la UNESCO sobre microalgas y ficotoxinas marinas, en mayo del año 2000.

Se convocan seis becas.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 31 de agosto de 1999.

Los candidatos interesados deberán presentar su solicitud simultáneamente ante la representación diplomática española en su país de origen y ante la UNESCO.

B.3 Becas para asistir al Curso Internacional de Verano Ciencias de la Tierra, organizado por la Universidad Autónoma de Madrid y auspiciado por la UNESCO, del 3 al 21 de junio del año 2000.

Se convocan cinco becas.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 31 de agosto de 1999.

Los candidatos interesados deberán presentar su solicitud simultáneamente ante la representación diplomática española en su país de origen y ante la UNESCO.

B.4 Curso para Profesores de Lengua y Literatura Españolas, organizado por la AECI, del 15 de enero al 30 de junio del año 2000.

Se convocan 70 becas.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 31 de agosto de 1999.

B.5 Cursos organizados por el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX).

Los cursos que ofrece el CEDEX a los becarios de la AECI son los siguientes:

1. Máster en Ingeniería de Regadíos (1 febrero-30 junio 2000):15 becas.

2. Máster en Hidrología General y Aplicada (1 febrero-30 junio 2000): 15 becas.

3. Máster Internacional de Mecánica de Suelos e Ingeniería de Cimentaciones (1 febrero-14 mayo 2000): 15 becas.

4. Máster en Ingeniería de Puertos y Costas (1 febrero-30 de junio 2000): 15 becas.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 31 de agosto de 1999.

B.6 Curso de Educación a Distancia y de Educación de Adultos, organizado por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), del 1 de octubre al 30 de noviembre de 1999.

Se convocan 25 becas.

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 31 de marzo de 1999.

B.7 Curso de Estudios Internacionales, organizado por la Escuela Diplomática, de octubre de 1999 a junio del año 2000.

Se convocan 30 becas.

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 31 de marzo de 1999.

B.8 Curso General de Transportes Terrestres, organizado por la Fundación de los Ferrocarriles Españoles. Ministerio de Fomento. De abril a junio del año 2000.

Se convocan 10 becas.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 31 de agosto de 1999.

B.9 Cursos organizados por el Instituto Español de Oceanografía (IEO).

Los cursos que ofrece el IEO a los becarios de la AECI son los siguientes:

1. Curso de Cultivo de Moluscos Bivalvos (junio 2000): 6 becas.

2. Curso de Elaboración de Cartografía Temática de los Fondos Marinos aplicada a los Recursos Vivos y Usos del Medio Marino (mayo 2000): 6 becas.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 31 de agosto de 1999.

B.10 Cursos organizados por el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP).

Los cursos que ofrece el INAP a los becarios de la AECI son los siguientes:

1. Maestría en Administración y Gerencia Pública (octubre 1999-julio 2001): 25 becarios.

2. Postgrado en Administración Pública (octubre 1999-julio 2000): 10 becarios.

3. Curso de Informática para Directivos (febrero-mayo 2000): 25 becarios.

4. Curso de Gerencia Pública para el Desarrollo Social (octubre-diciembre 1999): 25 becarios.

5. Curso de Gestión Económica Medioambiental y de Recursos Naturales (octubre-diciembre 1999): 25 becarios.

6. Curso de Desarrollo Institucional y Capacitación (mayo-julio 2000): 25 becarios.

7. Curso de Economía Internacional, Comercio y Finanzas (febrero-mayo 2000): 25 becarios.

El plazo de presentación de solicitudes para los cursos que comiencen en 1999 finalizará el 31 de marzo de 1999; para los que comiencen en el año 2000, el plazo de solicitudes finalizará el 31 de agosto de 1999.

B.11 Cursos organizados por el Instituto de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA).

Los cursos que ofrece el INIA a los becarios de la AECI son los siguientes:

1. VIII Curso Internacional de Enfermedades Exóticas Animales (noviembre 1999): 10 becarios.

2. IX Curso Internacional de Mejora Genética Animal (octubre 1999): 15 becarios.

3. VIII Curso Internacional de Conservación y Uso de los Recursos Fitogenéticos para la Agricultura y la Alimentación (noviembre 1999): 15 becarios.

4. XXII Curso Internacional de Reproducción Animal (noviembre 1999): 20 becarios.

5. IX Curso Internacional Teórico-práctico sobre Detección e Identificación de Virus, Fitoplasmas y Viroides (noviembre 1999): 12 becarios.

6. IX Curso Internacional sobre Economía Agroalimentaria (18 octubre-13 noviembre 1999): 20 becarios.

El plazo de presentación de solicitudes para los cursos finalizará el 31 de marzo de 1999.

B.12 Curso de Formación de Profesores de enseñanza primaria, organizado por el Ministerio de Educación y Cultura, del 26 de abril al 16 de junio del año 2000.

Destinado a 30 profesores de enseñanza primaria en ejercicio.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 31 de agosto de 1999.

B.13 Curso de Formación de Profesores de enseñanza secundaria, organizado por el Ministerio de Educación y Cultura, del 21 de febrero al 14 de abril del año 2000.

Destinado a 30 profesores de enseñanza secundaria en ejercicio.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 31 de agosto de 1999.

ANEXO II

Imagen: /datos/imagenes/disp/1999/31/03025_14043315_image1.png

Imagen: /datos/imagenes/disp/1999/31/03025_14043315_image2.png

Imagen: /datos/imagenes/disp/1999/31/03025_14043315_image3.png

Imagen: /datos/imagenes/disp/1999/31/03025_14043315_image4.png

ANEXO III

Imagen: /datos/imagenes/disp/1999/31/03025_14043315_image5.png

Imagen: /datos/imagenes/disp/1999/31/03025_14043315_image6.png

Imagen: /datos/imagenes/disp/1999/31/03025_14043315_image7.png

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid