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Documento BOE-A-1999-328

Resolución de 7 de diciembre de 1998, de la Dirección General de Industria y Tecnología, por la que se autoriza al Laboratorio Central Oficial de Electrotecnia (LCOE) de la Fundación para el Fomento de la Innovación Industrial de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales, para la realización de los ensayos relativos a instalación de vidrios de seguridad (Directiva CEE 92/022) y luces antiniebla trasera (R-38).

Publicado en:
«BOE» núm. 6, de 7 de enero de 1999, páginas 509 a 510 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1999-328

TEXTO ORIGINAL

Vista la documentación presentada por don Emilio Bautista Paz, en nombre y representación del Laboratorio Central Oficial de Electrotecnia (LCOE) de la Fundación para el Fomento de la Innovación Industrial de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales, con domicilio social en José Gutiérrez Abascal, 2, 28006 Madrid;

Visto el artículo 13.4 de la Ley 21/1992, de Industria («Boletín Oficial del Estado» de 23 de julio); la disposición adicional quinta del Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 6 de febrero de 1996), por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial, y el contenido de la Directiva CEE 92/022 y el Reglamento de Ginebra número 38, considerando que el citado Laboratorio dispone de los medios necesarios para realizar los ensayos correspondientes y que en la tramitación del expediente se han cumplido todos los requisitos,

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero.

Autorizar al Laboratorio Central Oficial de Electrotecnia (LCOE) de la Fundación para el Fomento de la Innovación Industrial de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales, para realización de los ensayos relativos a instalación de vidrios de seguridad (Directiva CEE 92/022) y luces antiniebla trasera (R-38).

Segundo.

Esta autorización tiene un período de validez de cuatro años, pudiendo el interesado solicitar la prórroga de la misma dentro de los tres meses anteriores a la expiración de dicho plazo.

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

Madrid, 7 de diciembre de 1998.‒El Director general, Arturo González Romero.

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