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Documento BOE-A-1999-3342

Orden de 15 de enero de 1999 por la que se modifica el concierto educativo del centro «Hermano Gárate», de Ciudad Real.

Publicado en:
«BOE» núm. 34, de 9 de febrero de 1999, páginas 5877 a 5878 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1999-3342

TEXTO ORIGINAL

El centro «Hermano Gárate», sito en calle Ramírez de Arellano, 1, de Ciudad Real, tenía concierto educativo para cinco unidades de Formación Profesional de primer grado: Tres unidades de la rama Industrial-Agraria y dos unidades de la rama de Servicios; tres unidades para los ciclos formativos de grado medio; primer curso de equipos e instalaciones electrotécnicas; primer curso de Mecanizado (rama Industrial-Agraria) y Gestión Administrativa y 11 unidades de Formación Profesional de segundo grado: Cinco unidades de la rama Administrativa-Delineación y seis unidades de otras ramas, en base a lo establecido en la Orden de 9 de mayo de 1997 («Boletín Oficial del Estado» del 14) por la que se resuelve la renovación y el acceso al régimen de conciertos educativos de los centros docentes privados para el curso 1997-1998.

Por Orden de 11 de septiembre de 1998, que modifica la de 26 de mayo de 1998 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de junio), por la que se resuelven los expedientes de modificación de los conciertos educativos de los centros docentes privados para el curso 1998-1999, se aprueba concierto educativo al citado centro para una unidad de la rama Industria-lAgraria en Formación Profesional de primer grado; siete unidades para cuatro ciclos formativos de grado medio: 1.o y 2.o C. Equipos e Instalaciones Electrotécnicas; 1.er C. Equipos Electrónicos de Consumo, Gestión Administrativa (dos unidades); 1.o y 2.o C. Mecanizado (rama Industrial-Agraria) y 11 unidades en Formación Profesional de segundo grado: Cinco unidades de la rama Administrativa-Delineación y seis unidades de otras ramas y dos unidades para la implantación de dos ciclos formativos de grado superior: 1.erC. Administración y Finanzas y Sistemas de Telecomunicación e Informáticos, al haber obtenido el centro informe favorable de la Subdirección General de Infraestructuras.

De acuerdo con el informe emitido por el Servicio de Inspección de Educación/Dirección Provincial, una vez analizados los datos de escolarización del actual curso escolar 1998-1999, teniendo en cuenta que el centro no ha puesto en funcionamiento una unidad de las dos concertadas para la implantación del ciclo formativo de grado medio: Gestión Administrativa y que tiene en los ciclos formativos de grado medio: 1.er curso de Equipos Electrónicos de Consumo y 1.o y 2.o curso de Mecanizado 7, 7 y 6 alumnos matriculados, respectivamente, por lo que procede la disminución de tres unidades concertadas, manteniendo el concierto educativo para 2.o C. del ciclo formativo de grado medio: Mecanizado con el fin de que los alumnos actualmente matriculados puedan finalizar sus estudios en el centro.

Habiendo comunicado a la titularidad del centro que procedía la modificación del concierto educativo suscrito y vistas las alegaciones formuladas en el plazo legalmente establecido,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Aprobar la disminución de tres unidades concertadas en Formación Profesional al centro «Hermano Gárate», sito en calle Ramírez de Arellano, 1, de Ciudad Real, quedando establecido concierto educativo para las unidades, cursos y enseñanzas que a continuación se indican:

Una unidad de la rama Industrial-Agraria en Formación Profesional de primer grado.

Cuatro unidades para los ciclos formativos de grado medio:

1.y 2.o C. Equipos e instalaciones electrotécnicas (dos unidades). Gestión Administrativa (una unidad).

2.C. Mecanizado (Rama Industrial-Agraria).

Cinco unidades de la rama Administrativa-Delineación y seis unidades de otras ramas en Formación Profesional de segundo grado.

Dos unidades para los ciclos formativos de Grado Superior:

1.er C. Administración y Finanzas (Rama Administrativa-Delineación). 1.er C. Sistemas de Telecomunicación e Informáticos (Otras ramas).

Segundo.

Por la Dirección Provincial del Departamento en Ciudad Real se tomarán las medidas oportunas para escolarizar, en las mismas condiciones de gratuidad, a los alumnos que se encuentran actualmente matriculados en el centro en los ciclos formativos de grado medio: Equipos Electrónicos de Consumo y Mecanizado (primer curso).

Tercero.

La Dirección Provincial de Educación y Cultura notificará al titular del centro el contenido de esta Orden, así como la fecha, lugar y hora en que deberá firmarse la modificación del concierto en los términos que por la presente se acuerda.

Cuarto.

Dicha modificación se formalizará mediante diligencia firmada por el Director Provincial de Ciudad Real y el titular del centro o persona con representación legal debidamente acreditada.

Entre la modificación y la firma de la misma deberá mediar un plazo mínimo de cuarenta y ocho horas.

Quinto.

Si el titular del centro concertado, sin causa justificada, no suscribiese el documento de la modificación en la fecha establecida, la Administración procederá a realizarla de oficio, sin perjuicio de la posible aplicación al centro de lo dispuesto en los artículos 61 y 62 de la Ley Orgánica 8/1985, y 52 del Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos.

Sexto.

La modificación que por esta Orden se aprueba tendrá efectos, en el caso del ciclo formativo de grado medio: Gestión Administrativa desde inicios del presente curso académico 1998-1999 y en el caso de las unidades del primer curso de Equipos Electrónicos de Consumo y Mecanizado a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Séptimo.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 15 de enero de 1999.‒P. D. (Orden de 17 de junio de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 19), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Francisco López Rupérez.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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