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En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de la
Universidad de Alcalá, aprobados por Real Decreto 1280/1985, de
5 de junio ("Boletín Oficial del Estado" de 30 de julio), y con
la finalidad de dar cumplimiento a la disposición transitoria
decimoquinta de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función
Pública, adicionada a la misma por la Ley 23/1988, de 28 de
julio, y el Acuerdo Administración-Sindicatos en la Mesa General
de Negociación de 22 de julio de 1997,
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 18 de la Ley de Reforma Universitaria, en
relación con el artículo 3.e) de la misma, y en los Estatutos de
esta Universidad, acuerda convocar pruebas selectivas para el
ingreso en las Escalas siguientes:
Superior de Sistemas y Tecnología de la Información de la
Universidad de Alcalá.
Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad de Alcalá.
Técnicos Auxiliares de Informática de la Universidad de Alcalá.
con sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir las plazas que
se indican en los anexos a esta convocatoria, pertenecientes a
las Escalas antes mencionadas, de conformidad con lo establecido
en el artículo 37 de la Ley 31/1990, de Presupuestos Generales
del Estado para 1991, por el sistema de plazas afectadas por
el artículo 15 de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función
Pública.
1.2 Las presentes pruebas selectivas se regirán por las
presentes bases y, en cuanto les sea de aplicación, por la Ley 30/84,
de 2 de agosto, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio;
el artículo 37 de la Ley 31/1990; el Real Decreto 364/1995;
los Estatutos de la Universidad de Alcalá, y, con carácter
supletorio, el Acuerdo del Consejo de Ministros para las
Administraciones Públicas ("Boletín Oficial del Estado" número 78, de 1 de
abril de 1991).
1.3 El primer ejercicio de las pruebas se realizará no antes
del 1 de junio de 1999.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas
selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Prestar servicios en la Universidad de Alcalá como
personal laboral fijo en puestos de trabajo adscritos a los Servicios
Informáticos de la misma.
2.1.2 Estar en posesión o en condiciones de obtener, antes
de la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes,
la titulación requerida para el acceso al grupo correspondiente.
2.1.3 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
2.1.4 No haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas,
ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes
funciones.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar en la instancia que será facilitada
gratuitamente en el Registro de la Universidad de Alcalá.
3.2 Las solicitudes, debidamente cumplimentadas, se
dirigirán al Rector de la Universidad de Alcalá. A la solicitud se
acompañará, cosida, una fotocopia del documento nacional de
identidad.
Se acompañará asimismo certificación expedida por el Servicio
de Recursos Humanos en la que se acredite categoría profesional
y, en su caso, haber superado las correspondientes pruebas
selectivas para el acceso al puesto de trabajo desempeñado en dicha
categoría.
3.3 El plazo de presentación de solicitudes será de veinte
días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación
de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".
3.4 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1,
"ejemplar a presentar por el interesado" del modelo de solicitud) se
hará en el Rectorado de la Universidad (plaza de San Diego, sin
número, Alcalá de Henares), o en la forma establecida en el
artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de
Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas
por el funcionario de Correos antes de ser certificadas, como señala
el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3.5 Los derechos de examen serán de 4.000 pesetas para
la Escala Superior de Sistemas y Tecnología de la Información;
3.000 pesetas para la Escala de Gestión de Sistemas e Informática;
y 2.000 pesetas para la Escala de Técnicos Auxiliares de
Informática, y se ingresarán en la cuenta general de la Universidad
de Alcalá, número 22900, abierta en la entidad Banco Santander
o en cualquiera de sus sucursales, a nombre de la "Universidad
de Alcalá".
En la solicitud deberá figurar el sello del mencionado banco,
acreditativo del pago de los derechos, y cuya falta determinará
la exclusión del aspirante. En ningún caso la presentación y pago
en el banco supondrá sustitución del trámite de presentación, en
tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano anteriormente
expresado.
3.6 Los aspirantes con minusvalías deberán solicitar las
posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los
ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. A tal fin se
utilizarán los recuadros números 6 y 7 del impreso de solicitud.
3.7 Los aspirantes a la Escala de Gestión de Sistemas e
Informática deberán hacer constar en la casilla 23.A) de la solicitud
si optan, para el segundo ejercicio, por la especialidad de Bases
de datos o Comunicaciones.
3.8 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
3.9 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan
hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar
su modificación, mediante escrito motivado, dentro del plazo
establecido por la base 3.2 para la presentación de solicitudes.
Transcurrido este plazo, no se admitirá ninguna petición de esta
naturaleza, salvo causa excepcional sobrevenida, justificada y
libremente apreciada por el Tribunal.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el
Rector de la Universidad de Alcalá dictará Resolución en el plazo
de dos meses, que será publicada en el "Boletín Oficial del Estado",
declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha
Resolución se indicarán los lugares y las fechas de realización
del primer ejercicio, así como la relación de aspirantes excluidos,
con expresión de las causas y el plazo de subsanación de defectos.
Para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su
omisión de las relaciones de admitidos y excluidos, los aspirantes
dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir
del siguiente al de la publicación de la citada Resolución.
La publicación de dicha Resolución en el "Boletín Oficial del
Estado" será determinante de los plazos a efectos de posibles
impugnaciones y recursos.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen
la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser
incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente
excluidos de la realización de las pruebas.
4.2 En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto
de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma,
conviene que comprueben los aspirantes no sólo que figuran en la
relación de excluidos sino, además, que sus nombres constan en
las pertinentes relaciones de admitidos.
4.3 Los derechos de examen serán reintegrados de oficio
únicamente a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente
de estas pruebas selectivas.
5. Tribunales
5.1 Los Tribunales calificadores de estas pruebas son los que
figuran como anexo II en esta convocatoria.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Presidente, cuando concurran en ellos
circunstancias de las previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias
previstas en dichos artículos.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran alguna de dichas circunstancias.
Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas la
autoridad convocante publicará Resolución por la que se nombre
a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los
que hayan perdido su condición por alguna de dichas causas.
5.3 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal con asistencia obligada de Presidente y Secretario y de la
mitad al menos de sus miembros, en el plazo máximo de treinta
días, a partir de su designación, y mínimo de diez días antes de
la realizacion del primer ejercicio.
En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que
le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.4 A partir de su constitución y para el resto de las sesiones
el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la misma mayoría
indicada en el apartado anterior de sus miembros titulares o
suplentes.
5.5 A lo largo del proceso selectivo el Tribunal resolverá las
dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,
acordando las medidas necesarias para resolver cuantas cuestiones
no estén previstas en la presente convocatoria.
5.6 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas de los ejercicios que
estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar
colaboración en sus especialidades técnicas.
El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en
aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes
con minusvalía gocen de similares condiciones para la realización
de los ejercicios que el resto de los demás participantes. En este
sentido, se establecerán para las personas con minusvalía que
lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3 las adaptaciones
posibles en tiempo y medios para su realización.
5.7 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios que sean escritos, sean
corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
5.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias el
Tribunal tendrá su sede en la Universidad de Alcalá, plaza de San
Diego, sin número, teléfono 885 40 60.
El Tribunal dispondrá que en esta sede al menos una persona,
miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 En cualquier momento los órganos competentes de
selección podrán requerir a los opositores para que acrediten su
identidad.
6.2 La actuación de los opositores se efectuará por orden
alfabético, empezando por la letra Ñ, de conformidad con lo
establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para las
Administraciones Públicas de 15 de abril de 1998 ("Boletín Oficial del
Estado" del 18), por la que se publica el resultado del sorteo
celebrado el día 3 del mismo mes.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, quedando decaídos en su derecho los
opositores que no comparezcan a realizarlo, salvo los casos
debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal, para
los que podrá realizarse una convocatoria extraordinaria.
6.4 La publicación del anuncio de celebración del segundo
ejercicio se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya
celebrado el primero, en el Rectorado de la Universidad y por
cualesquiera otros medios, si se juzga conveniente, para facilitar
su máxima divulgación, con veinticuatro horas, al menos, de
antelación a la señalada para la iniciación del mismo.
6.5 Si en cualquier momento del proceso de selección llegara
a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes no posee
la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,
previa audiencia del interesado, deberá proponerse su exclusión
al Rector de la Universidad, indicando las inexactitudes o
falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a
estas pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
6.6 El Tribunal, en aplicación del Acuerdo del Consejo de
Ministros de 27 de marzo de 1991 ("Boletín Oficial del Estado"
de 1 de abril), eximirá de las pruebas correspondientes a la segunda
parte del programa, a aquellos aspirantes que hayan acreditado,
mediante certificado del Servicio de Recursos Humanos, la
superación de pruebas selectivas para el acceso al puesto de trabajo
en la categoría profesional correspondiente.
7. Lista de aprobados
7.1 Concluido cada uno de los ejercicios obligatorios
correspondientes a estas pruebas selectivas el Tribunal hará públicas,
en el lugar de celebración de los ejercicios y en aquellos otros
que estime oportuno, las relaciones de aspirantes que hayan
superado cada uno de ellos, con indicación de la puntuación obtenida
y del número del documento nacional de identidad. Los que no
se hallen incluidos en tales relaciones tendrán la consideración
de no aptos.
7.2 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal elevará al
Rector la relación definitiva de aspirantes aprobados por orden
de puntuación, en la que constarán las calificaciones de cada uno
de los ejercicios y la suma total.
Esta relación será hecha pública por el Tribunal calificador
en el lugar de celebración del último ejercicio y en aquellos otros
que estime oportuno.
7.3 El Tribunal calificador no podrá aprobar ni declarar que
ha superado las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas por la presente Resolución.
Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será
nula de pleno derecho.
8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios
8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el
día siguiente a aquel en que se hicieren públicas las listas de
aprobados, los seleccionados deberán presentar en el Rectorado
de la Universidad los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.3
o certificación académica que acredite haber realizado todos los
estudios para la obtención del mismo.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario de ninguna Administración
Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas, según modelo que se adjunta a esta convocatoria.
8.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza
mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la
misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados
en la base 2.1, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán
anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en
que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
8.3 Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de
presentar los documentos expresados en la base anterior, podrá
acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria
mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.
8.4 Por Resolución de la autoridad convocante, y a propuesta
del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento como
funcionarios de carrera, mediante Resolución que se publicará en
el "Boletín Oficial del Estado".
La toma de posesión de estos aspirantes se efectuará en el
plazo máximo de un mes, contado desde la fecha de publicación
de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".
9. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser
impugnados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las Resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Contra la presente Resolución, podrán los interesados
interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses, conforme a lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, comunicando
previamente su interposición a este Rectorado, según el artículo 110.3
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Alcalá de Henares, 12 de enero de 1999.-El Rector, Manuel
Gala Muñoz.
ANEXO I
Escala Superior de Sistemas y Tecnología de la Información
1.1 Número de plazas convocadas: Tres.
1.2 Requisitos:
a) Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener,
antes de la fecha de la terminación del plazo de presentación
de solicitudes, el título de Licenciado Universitario, Arquitecto
Superior, Ingeniero o equivalente.
b) Categoría desempeñada: Será necesario haber
desempeñado, en las condiciones señaladas en la base 2.1.1, un puesto
de trabajo con la categoría profesional de Titulado Superior,
especialidad Analista.
1.3 Sistema de selección: El procedimiento de selección de
los aspirantes será el de oposición, y estará formado por los
ejercicios que a continuación se indican, y que tendrán carácter
eliminatorio.
1.4 Ejercicios:
Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de
ochenta preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de
ellas la correcta, basadas en el contenido de la primera parte
del programa de estas pruebas. El tiempo para la realización del
ejercicio será de cien minutos.
Segundo ejercicio: El Tribunal presentará seis supuestos
prácticos de entre las materias contenidas en la segunda parte del
programa de estas pruebas. Los aspirantes deberán elegir dos de
entre los seis supuestos. El tiempo para la realización de este
ejercicio será de dos horas.
Este segundo ejercicio se suprimirá para aquellos aspirantes
que justifiquen que se corresponde con conocimientos ya
acreditados en las pruebas superadas para acceder a la condición de
laboral, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo de
Consejo de Ministros de 27 de marzo de 1991, hecho público por
Orden del Ministerio de Administraciones Públicas ("Boletín Oficial
del Estado" número 78, de 1 de abril).
1.5 Valoración de los ejercicios: Los ejercicios de la fase de
oposición se calificarán de la forma siguiente:
A) Primer ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos, siendo
necesario un mínimo de cinco puntos para aprobar dicho ejercicio.
B) Segundo ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos, y
serán eliminados aquellos opositores que no obtengan como
mínimo cinco puntos. A los aspirantes que no realicen este segundo
ejercicio, por habérseles suprimido, de acuerdo con el
apartado 1.4, el Tribunal los calificará con cinco puntos.
La puntuación de la fase de oposición vendrá dada por la suma
de las puntuaciones de los ejercicios correspondientes, que no
tendrán carácter eliminatorio. La obtención del 50 por 100 de
la puntuación máxima establecida determinará en todo caso la
superación de la fase de oposición.
En caso de empate, se seleccionará al candidato que haya
obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio; de persistir, se
preferirá el participante de mayor edad.
1.6 Programa:
P RIMERA PARTE
1. La Constitución española de 1978: Estructura. Los poderes
del Estado en la Constitución. La Corona. Las Cortes Generales.
El Poder Judicial. El Gobierno y la Administración.
2. Los derechos fundamentales. Evolución histórica y
conceptual. Los derechos fundamentales en la Constitución española.
La participación social en la actividad del Estado. Su inserción
en los órganos de las Administraciones Públicas.
3. La Administración Pública: Concepto. La Administración
y las funciones y poderes del Estado. Gobierno y Administración.
Control legislativo, jurisdiccional y político de la Administración.
La Administración y la norma jurídica: El principio de legalidad.
4. Las fuentes del Derecho Administrativo: Concepto y clases.
Jerarquía normativa: Autonomía y sistema de fuentes: La Ley:
Concepto y clases. Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley.
El Reglamento. Clases. Fundamento y límites de la potestad
reglamentaria. Reglamentos ilegales. Los Reglamentos de los órganos
constitucionales.
5. El acto administrativo. Concepto, clases y elementos. El
procedimiento administrativo: Principios y fases. Los recursos
administrativos: Concepto y clases. La jurisdicción
contenciosoadministrativa: Concepto y naturaleza.
6. Los contratos administrativos: Naturaleza, caracteres y
clases. Elementos. Formas de contratación. Resolución, rescisión y
denuncia. Contenido y efectos de los contratos administrativos.
Acomodación de la LCE a la legislación comunitaria.
7. Las competencias autónomas de la Universidad: Relación
con las competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas.
El Consejo de Universidades. Especialidades de la jerarquía
normativa en materia universitaria.
8. La naturaleza jurídica de las Universidades. Organización
académica de la Universidad: Departamentos, Institutos,
Facultades, Escuelas Técnicas Superiores, Escuelas Universitarias,
Colegios Universitarios. Órganos de gobierno colegiados y
unipersonales.
9. Clases y régimen jurídico del Profesorado Universitario.
Clases y régimen jurídico del personal de Administración y
Servicios.
10. La representación del personal de la Universidad. Mesas
generales de negociación de Estado y de la Comunidad Autónoma
en relación con el personal de las Universidades. Estructura y
competencias de las distintas Administraciones y órganos de
representación.
11. Régimen de alumnado. Acceso, permanencia y colación
de grados. La expedición de títulos académicos. Competencias
estatales y universitarias. El sistema de becas de estudio.
12. Informática y derecho a la intimidad. La situación al
amparo de la Constitución. La LORTAD.
S EGUNDA PARTE
1. Arquitectura de ordenadores. Sistemas operativos. UNIX
y Windows.
2. Gestión de procesos por el sistema operativo. Tiempo
real. Tiempo compartido. Proceso secuencial. Multiprogramación.
Multiproceso. Procesos concurrentes. Gestión de la memoria por
el sistema operativo. Métodos de asignación de memoria.
Paginación. Segmentación. Memoria virtual. Gestión de la información
por el sistema operativo. El sistema de gestión de ficheros.
Directorios. Gestión de la entrada/salida.
3. Las funciones informáticas: Dirección informática.
Explotación y producción. Desarrollo. Sistemas.
4. Control de proyectos. Precedencia I-J. Tipos de relación
entre actividades. Hitos. Camino crítico. Nivelación de recursos.
5. Dirección Técnica del Centro de Proceso de Datos:
Planificación y control. Gestión de Recursos Humanos y Técnicos.
Normalización y procedimientos.
6. La planificación informática: Esquema general de un plan
informático. Metodología de planificación informática. Control de
calidad en servicios informáticos. ISO-9000.
7. El proyecto informático. Ciclo de vida. Fases de ejecución.
Documentación.
8. Análisis y diseño estructurado. Técnicas. Herramientas
CASE. Entidad-Relación. Jourdon y Chen.
9. Seguridad informática.
10. Selección de equipos, software y servicios informáticos.
Principios. Etapas.
11. Auditoría informática. La auditoría interna y externa.
Auditoría de sistemas de aplicaciones y de procedimientos.
Indicadores de rentabilidad.
12. Los usuarios y la informática. Participación de los
usuarios. Formación. Relación entre informáticos y usuarios.
13. Centralización, descentralización y distribución de
sistemas informáticos. Sistemas distribuidos. Modelos de
representación. Aspectos físicos y lógicos. Bases de datos distribuidas.
14. Bases de datos relacionales. Concepto. Diseño. Integridad
y seguridad. Bases de datos de objetos. Arquitectura CORBA.
15. Lenguajes 4GL en bases de datos relacionales, concepto
y funcionalidad. Disparadores.
16. Filosofía cliente/servidor y aplicaciones basadas en Web.
Tipos y características de uso. Comparación de costes con
desarrollos sobre un host central.
17. Paquetes de programas. Criterios de elección. Pruebas
y juegos de ensayo. Adaptación y mantenimiento.
18. Tipos de redes. Clasificación por topología. Clasificación
por tecnología: Conmutación de circuitos. Conmutación por
mensajes. Conmutación por paquetes.
19. Redes de área local. ETHERNET. ETHERNET conmutado.
Topologías y elementos de red. Softwares de gestión de redes
y estándares.
20. Redes de área extendida. FDDI. ATM. Topologías y
elementos de red. Integración de servicios. Softwares de gestión
de red.
21. Sistemas de cableado. Medios físicos de transmisión y
características. Estándares.
22. Protocolos de red: TCP/IP, IPX, LAT. DNS. LPD/LPR.
NFS.
23. Red INTERNET. Servicios y accesos.
24. Softwares de automatización de bibliotecas. OPAC.
Estándar Z39-50.
25. La automatización de oficinas. Objetivos: Ofimática y
productividad. Herramientas disponibles. Impacto en la organización.
26. Tratamiento de imágenes: Digitalizadores y escáneres.
Discos ópticos, numéricos y videodiscos. Software de compresión
de imágenes. Capacidad de resolución. Transmisión de imágenes.
27. Inteligencia artificial. Sistemas expertos.
28. La informática en las Universidades. Áreas de aplicación.
29. La adquisición de bienes y servicios informáticos en la
Administración. Pliegos de condiciones. Normativa existente.
30. Niveles de protección físico, lógico y jurídico del
SOFTWARE. Recomendaciones del Consejo de Europa. La
situación en España.
Escala de Gestión de Sistemas e Informática
2.1 Número de plazas convocadas: Cuatro.
2.2 Requisitos:
a) Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener,
antes de la fecha de la terminación del plazo de presentación
de solicitudes, el título de Diplomado Universitario, Arquitecto
Técnico, Ingeniero Técnico o equivalente.
b) Categoría desempeñada: Será necesario haber
desempeñado, en las condiciones señaladas en la base 2.1.1, un puesto
de trabajo con la categoría profesional de Diplomado Universitario,
especialidad Programador.
2.3 Sistema de selección: El procedimiento de selección de
los aspirantes será el de oposición, y estará formado por los
ejercicios que a continuación se indican y que tendrán carácter
eliminatorio.
2.4 Ejercicios:
Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de
ochenta preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de
ellas la correcta, basadas en el contenido de la primera parte
del programa de estas pruebas. El tiempo para la realización del
ejercicio será de cien minutos.
Segundo ejercicio: El Tribunal presentará seis supuestos
prácticos de entre las materias contenidas en la segunda parte del
programa de estas pruebas, tres de los cuales corresponderán al
bloque de temas comunes y los restantes a la especialidad a la
que opte el opositor. Los aspirantes deberán elegir dos de entre
los seis supuestos, uno de cada bloque de temas. El tiempo para
la realización de este ejercicio será de dos horas.
Este segundo ejercicio se suprimirá para aquellos aspirantes
que justifiquen que se corresponde con conocimientos ya
acreditados en las pruebas superadas para acceder a la condición de
laboral, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo de
Consejo de Ministros de 27 de marzo de 1991, hecho público por
Orden del Ministerio de Administraciones Públicas ("Boletín Oficial
del Estado" número 78, de 1 de abril).
2.5 Valoración de los ejercicios:
Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la forma
siguiente:
A) Primer ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos, siendo
necesario un mínimo de cinco puntos para aprobar dicho ejercicio.
B) Segundo ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos, y
serán eliminados aquellos opositores que no obtengan como
mínimo cinco puntos. A los aspirantes que no realicen este segundo
ejercicio, por habérseles suprimido, de acuerdo con el
apartado 2.4, el Tribunal los calificará con cinco puntos.
La puntuación de la fase de oposición vendrá dada por la suma
de las puntuaciones de los ejercicios correspondientes, que no
tendrán carácter eliminatorio. La obtención del 50 por 100 de
la puntuación máxima establecida determinará en todo caso la
superación de la fase de oposición.
En caso de empate, se seleccionará al candidato que haya
obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio; de persistir, se
preferirá el participante de mayor edad.
2.6 Programa:
P RIMERA PARTE
1. La Constitución española de 1978: Estructura. Los poderes
del Estado en la Constitución. La Corona. Las Cortes Generales.
El Poder Judicial. El Gobierno y la Administración.
2. Los derechos fundamentales. Evolución histórica y
conceptual. Los derechos fundamentales en la Constitución española.
La participación social en la actividad del Estado. Su inserción
en los órganos de las Administraciones Públicas.
3. La Administración Pública: Concepto. La Administración
y las funciones y poderes del Estado. Gobierno y Administración.
Control legislativo, jurisdiccional y político de la Administración.
La Administración y la norma jurídica: El principio de legalidad.
4. Las fuentes del Derecho Administrativo. La Ley y el
Reglamento. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. El
procedimiento administrativo: Principios y fases. Los recursos
administrativos: Concepto y clases. La jurisdicción
contenciosoadministrativa: Concepto y naturaleza.
5. Los contratos administrativos: Naturaleza, caracteres y
clases. Elementos. Formas de contratación. Resolución, rescisión y
denuncia. Contenido y efectos de los contratos administrativos.
Acomodación de la LCE a la legislación comunitaria.
6. La naturaleza jurídica de las Universidades. Organización
académica de la Universidad: Departamentos, Institutos,
Facultades, Escuelas Técnicas Superiores, Escuelas Universitarias,
Colegios Universitarios. Órganos de gobierno colegiados y
unipersonales.
7. Clases y régimen jurídico del Profesorado Universitario.
Clases y régimen jurídico del personal de Administración y
Servicios. La representación del personal de las Universidades.
8. Régimen de alumnado. Acceso, permanencia y colación
de grados. La expedición de títulos académicos. Competencias
estatales y universitarias. El sistema de becas de estudio.
9. Informática y derecho a la intimidad. La LORTAD (Ley
Orgánica de Tratamiento Automatizado de los Datos).
S EGUNDA PARTE
Especialidad: Bases de Datos
1. Lenguajes orientados a la información de gestión. Lenguaje
COBOL: Estructura. Organización de un programa COBOL.
2. Fases de realización de los sistemas de información:
Estudios previos: El análisis funcional. El diseño orgánico. La
programación. Las pruebas. Instalación y formación. Mantenimiento.
3. Análisis de especificaciones: Técnicas de modelización de
datos. Entidad/Relación. Claves. Cardinalidad de relación. Entidad
compuesta. Entidad de alto nivel.
4. Análisis de especificaciones: El modelo Entidad/Relación
y su representación (ERD). Catálogo de datos.
5. Análisis de especificaciones: Técnicas de modelización de
procesos. Diagramas de flujos de datos (DFD). Matriz de
procesos/entidades.
6. Programación: Cuaderno de carga. Cuaderno de pruebas.
Diagramas de entrada-proceso-salida. Diagramas de Flujo.
Ordinogramas.
7. Programación: Juegos de ensayo. Pruebas. Depuración.
Análisis de errores.
8. Programación. Lenguajes C y JAVA. Características
básicas.
9. Programación: Tratamiento de ficheros. El concepto de
índice. Apuntadores. Registros, sus tipos. Accesos concurrentes.
Seguridad y bloqueo de datos.
10. Bases de datos: Diseño. Análisis previo. Asignación de
recursos y medios. Viabilidad. Diseño lógico y físico. Definición
de registros.
11. Bases de datos: Facilidades de consulta a través del gestor
de bases de datos. Diccionario de datos. Enlace con lenguajes
de alto nivel.
12. Bases de datos: Integridad. Seguridad. Independencia.
Control de redundancia. Protección física de los datos.
13. Aplicaciones cliente/servidor. Definiciones y
características. Comparaciones con desarrollos clásicos.
14. Bases de datos: Lenguajes de cuarta generación.
Características.
15. Servidores de información: WWW. Lenguajes HTML.
16. Aplicaciones bibliotecarias: Características. OPAC.
Z39-50.
17. Herramientas CASE. Tipos y características.
Especialidad: Comunicaciones
1. Elementos de red: Conmutadores de línea, multiplexores
estadísticos. Multiplexores por división en el tiempo. Modems,
eliminadores de módem.
2. Elementos de red: Routers, Bridges, Brouters. Repetidores
Ethernet, Conmutadores Ethernet, Gateways.
3. Redes locales. Integración de sistemas heterogéneos.
Modelo Ethernet.
4. Redes de área extendida: ATM. Características y tipologías.
5. Servicios en Red: DNS, NFS, FTP, LPD/LPR.
6. Servidores de información WWW, Gopher y X.500.
Herramientas de Authoring.
7. Red de redes: INTERNET. Evolución, funcionamiento y
servicios.
8. Servidores de discos ópticos. Integración en redes con
sistemas heterogéneos.
9. Softwares de gestión para sistemas heterogéneos (UNIX):
Administración, colas, seguridad y distribución de software.
Características y usos.
10. Software de gestión de red. Funcionalidades.
11. Protocolo TCP/IP: Características y evolución.
12. Concepto de seguridad en red: Seguridad física.
13. Concepto de seguridad en red: Blindaje de red, Fire-wall.
14. Correo electrónico: Concepto y características. Correo
electrónico seguro. Correo electrónico seguro con certificación.
15. Diseño del cableado estructurado en edificios.
16. Topologías de red. Redes privadas y redes privadas
virtuales. Evaluación de ventajas e inconvenientes frente a las redes
públicas. Presente y futuro.
17. Teleinformática. Conceptos generales sobre transmisión
de datos: Características y tipos de líneas para transmisión de
datos. Equipos terminales en transmisión por línea.
18. Tipos de redes: clasificación por topología. Clasificación
por tecnología. Conmutación de circuitos. Conmutación de
mensajes. Conmutación de paquetes.
19. Redes públicas de transmisión de datos. RDSI, RTC.
Servicios avanzados de voz y sonido.
Escala de Técnicos Auxiliares de Informática
3.1 Número de plazas convocadas: Cuatro.
3.2 Requisitos:
a) Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener,
antes de la fecha de la terminación del plazo de presentación
de solicitudes, el título de Bachiller Superior o equivalente.
b) Categoría desempeñada: Será necesario haber
desempeñado, en las condiciones señaladas en la base 2.1.1, un puesto
de trabajo con la categoría profesional de Técnico especialista,
especialidad Operador.
3.3 Sistema de selección: El procedimiento de selección de
los aspirantes será el de oposición, y estará formado por los
ejercicios que a continuación se indican y que tendrán carácter
eliminatorio.
3.4 Ejercicios:
Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de
ochenta preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de
ellas la correcta, basadas en el contenido de la primera parte
del programa de estas pruebas. El tiempo para la realización del
ejercicio será de cien minutos.
Segundo ejercicio: El Tribunal presentará seis supuestos
prácticos de entre las materias contenidas en la segunda parte del
programa de estas pruebas. Los aspirantes deberán elegir dos de
entre los seis supuestos. El tiempo para la realización de este
ejercicio será de dos horas.
Este segundo ejercicio se suprimirá para aquellos aspirantes
que justifiquen que se corresponde con conocimientos ya
acreditados en las pruebas superadas para acceder a la condición de
laboral, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo de
Consejo de Ministros de 27 de marzo de 1991, hecho público por
Orden del Ministerio de Administraciones Públicas ("Boletín Oficial
del Estado" número 78, de 1 de abril).
3.5 Valoración de los ejercicios: Los ejercicios de la fase de
oposición se calificarán de la forma siguiente:
A) Primer ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos, siendo
necesario un mínimo de cinco puntos para aprobar dicho ejercicio.
B) Segundo ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos, y
serán eliminados aquellos opositores que no obtengan como
mínimo cinco puntos. A los aspirantes que no realicen este segundo
ejercicio, por habérseles suprimido, de acuerdo con el
apartado 3.4, el Tribunal los calificará con cinco puntos.
La puntuación de la fase de oposición vendrá dada por la suma
de las puntuaciones de los ejercicios correspondientes, que no
tendrán carácter eliminatorio. La obtención del 50 por 100 de
la puntuación máxima establecida determinará en todo caso la
superación de la fase de oposición.
En caso de empate, se seleccionará al candidato que haya
obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio; de persistir, se
preferirá el participante de mayor edad.
3.6 Programa:
P RIMERA PARTE
1. La Constitución española de 1978: Estructura, contenido
y características. Principios inspiradores. Derechos y deberes
fundamentales.
2. Las fuentes del Derecho Administrativo: Concepto y clases.
Jerarquía normativa. La ley: Concepto y clases. Disposiciones del
Ejecutivo con fuerza de Ley. El Reglamento. Clases.
3. El acto administrativo. Concepto, clases y elementos.
Principios informadores y características generales del procedimiento
administrativo.
4. Ley de Reforma Universitaria. Creación. Régimen jurídico
y estructura de las Universidades. Estatutos de la Universidad de
Alcalá de Henares: Naturaleza, fines y estructura general de la
Universidad de Alcalá de Henares.
5. Los departamentos universitarios: Constitución,
competencias, órganos de gobierno. Facultades, Escuelas Técnicas
Superiores y Escuelas Universitarias: Creación, funciones y órganos
de gobierno.
6. Estatutos de la Universidad de Alcalá de Henares. Órganos
colegiados y unipersonales de gobierno de la Universidad de Alcalá
de Henares. El régimen económico y financiero. La gestión
presupuestaria.
S EGUNDA PARTE
1. Conceptos de informática: Hardware, software y firmware.
Estructura de un ordenador: Elementos principales.
2. Lenguaje de programación. Lenguaje de máquina.
Ensambladores. Compiladores. Programa fuente. Programa objeto.
3. Lenguaje C. Estructura. Organización de un programa C.
4. Conceptos básicos de sistemas operativos.
5. Funciones de los operadores y programadores.
6. Operación. Distribución y gestión de recursos compartidos.
Gestión de colas, control de "spool". Control de acceso de usuarios.
Comandos de diagnóstico.
7. Operación: Comandos y programas de utilidad. Conversión
de soportes. Copias de seguridad.
8. Servicios y utilidades en una red: Correo electrónico. Listas
de distribución, X.500, Login remoto, FTP, News, Gopher y WWW.
9. Medidas de seguridad de una instalación y de los soportes
de información.
10. Microinformática: Conceptos básicos. Equipos. Periferia.
11. Redes locales. Conceptos básicos. Elementos.
ANEXO II
Tribunales
Tribunal Calificador para la Escala Superior de Sistemas
y Tecnología de la Información de la Universidad de Alcalá
El Tribunal estará constituido por los siguientes miembros:
Titulares:
Presidenta: Doña Olga Rius Gázquez, Gerente de la Universidad
de Alcalá, por delegación del señor Rector.
Vocales: Don José Antonio Gutiérrez de Mesa, Director de los
Servicios Informáticos de la Universidad de Alcalá, en
representación de la misma; don José Antonio Gonzalo Angulo, Catedrático
de la Universidad de Alcalá, en representación de la Dirección
General de la Función Pública de la Comunidad de Madrid; doña
Carmen Fernández-Galiano Peyrolón, Directora de la Biblioteca
de la Universidad de Alcalá, en representación de la Dirección
General de la Función Pública de la Comunidad de Madrid; don
Daniel Meziat Luna, Catedrático de Escuela Universitaria de la
Universidad de Alcalá, en representación de la Junta de Personal;
don Fernando Santiso Diéguez, de la Escala Técnica de Gestión
de Organismos Autónomos; don José Miguel Pedroche Muñoz,
de la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, los
tres últimos en representación de la Universidad, actuando como
Secretario don José Miguel Pedroche Muñoz.
Suplentes:
Presidenta: Doña Soledad Sanz Salas, Vicegerente de Recursos
Humanos y Asuntos Administrativos de la Universidad de Alcalá,
por delegación del señor Rector.
Vocales: Don León Atilano González Sotos, Catedrático de la
Universidad de Alcalá, en representación de la misma; don Manuel
Mazo Quintas, en representación de la Dirección General de la
Función Pública de la Comunidad de Madrid; don Julio
Álvarez-Builla Gómez, en representación de la Dirección General de
la Función Pública de la Comunidad de Madrid; don José Antonio
Pamiés Guerrero, Profesor titular de Escuela Universitaria de la
Universidad de Alcalá, en representación de la Junta de Personal;
doña Claudia Paz Yanes, de la Escala Facultativa de Archivos
y Bibliotecas de la Universidad de Alcalá; don Luis Miguel Gutiérrez
Torrecilla, de la Escala Facultativa de Archivos y Bibliotecas de
la Universidad de Alcalá, los tres últimos en representación de
la Universidad, actuando como Secretario don Luis Miguel
Gutiérrez Torrecilla.
Tribunal Calificador para la Escala de Gestión de Sistemas
e Informática de la Universidad de Alcalá
El Tribunal estará constituido por los siguientes miembros:
Titulares:
Presidenta: Doña Olga Rius Gázquez, Gerente de la Universidad
de Alcalá, por delegación del señor Rector.
Vocales: Don José Antonio Gutiérrez de Mesa, Director de los
Servicios Informáticos de la Universidad de Alcalá, en
representación de la misma; don José Antonio Gonzalo Angulo, Catedrático
de la Universidad de Alcalá, en representación de la Dirección
General de la Función Pública de la Comunidad de Madrid; doña
Soledad Sanz Salas, Vicegerente de Recursos Humanos y Asuntos
Administrativos de la Universidad de Alcalá, en representación
de la Dirección General de la Función Pública de la Comunidad
de Madrid; don Vladimiro Fernández Tovar, de la Escala de
Ayudantes de Archivos y Bibliotecas de la Universidad de Alcalá, en
representación de la Junta de Personal; doña Araceli Pérez Mato,
de la Escala de Ayudantes de Archivos y Bibliotecas de la
Universidad de Alcalá; doña María Carmen Guirao Rodríguez, del
Cuerpo de Gestión de la Hacienda Pública, los tres últimos en
representación de la Universidad, actuando como Secretaria doña
María Carmen Guirao Rodríguez.
Suplentes:
Presidente: Don José Miguel Pedroche Muñoz, Director de la
Unidad de Estudios y Planificación de la Universidad de Alcalá,
por delegación del señor Rector.
Vocales: Don León Atilano González Sotos, Catedrático de la
Universidad de Alcalá, en representación de la Gerencia; doña
Carmen Fernández-Galiano Peyrolón, Directora de la Biblioteca
de la Universidad de Alcalá, en representación de la Dirección
General de la Función Pública de la Comunidad de Madrid; doña
Dolores Alonso Martos, Jefa del Servicio de Recursos Humanos
de la Universidad de Alcalá, en representación de la Dirección
General de la Función Pública de la Comunidad de Madrid; don
Fernando Santiso Diéguez, de la Escala Técnica de Gestión de
Organismos Autónomos, en representación de la Junta de
Personal; doña Carmen Lorenzo Millana, de la Escala de Ayudantes
de Archivos y Bibliotecas de la Universidad de Alcalá; doña
Florentina Fernández López, de la Escala de Ayudantes de Archivos
y Bibliotecas de la Universidad de Alcalá, los tres últimos en
representación de la Universidad, actuando como Secretaria doña
Florentina Fernández López.
Tribunal Calificador para la Escala de Técnicos Auxiliares
de Informática de la Universidad de Alcalá
El Tribunal estará constituido por los siguientes miembros:
Titulares:
Presidenta: Doña Olga Rius Gázquez, Gerente de la Universidad
de Alcalá, por delegación del señor Rector.
Vocales: Don José Antonio Gutiérrez de Mesa, Director de los
Servicios Informáticos de la Universidad de Alcalá, en
representación de la misma; doña Concepción Espinosa Jiménez, Jefa del
Servicio de Contratación y Asuntos Generales de la Universidad
de Alcalá, en representación de la Dirección General de la Función
Pública de la Comunidad de Madrid; doña Belén Peña Yebra,
Directora de la Asesoría Jurídica de la Universidad de Alcalá, en
representación de la Dirección General de la Función Pública de la
Comunidad de Madrid; doña Alicia Díaz Encabo, de la Escala
Administrativa de la Universidad de Alcalá, en representación de la
Junta de Personal; doña Laura Gutiérrez García, de la Escala
Administrativa de Organismos Autónomos; doña Miriam Valdezate
Sayalero, de la Escala Administrativa de la Universidad de Alcalá,
los tres últimos en representación de la Universidad, actuando
como Secretaria doña Miriam Valdezate Sayalero.
Suplentes:
Presidente: Don José Miguel Pedroche Muñoz, Director de la
Unidad de Estudios y Planificación de la Universidad de Alcalá,
por delegación del señor Rector.
Vocales: Don León Atilano González Sotos, Catedrático de la
Universidad de Alcalá, en representación de la Gerencia; don
Ignacio Santiuste Espigares, Jefe del Servicio de Contabilidad y
Tesorería de la Universidad de Alcalá, en representación de la Dirección
General de la Función Pública de la Comunidad de Madrid; doña
Dolores Alonso Martos, Jefa del Servicio de Recursos Humanos
de la Universidad de Alcalá, en representación de la Dirección
General de la Función Pública de la Comunidad de Madrid; doña
Visitación Pérez Arranz, de la Escala Administrativa de Organismos
Autónomos, en representación de la Junta de Personal; doña
Soledad Morales Escribano, de la Escala Administrativa de la
Universidad de Alcalá; doña Carmen Martínez Chamorro, de la Escala
Administrativa de Organismos Autónomos, los tres últimos en
representación de la Universidad, actuando como Secretaria doña
Carmen Martínez Chamorro.
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