Visto el expediente de indulto de don Luis Conde Iñarra, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Cádiz, en sentencia de fecha 24 de enero de 1997, resolutoria de recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 3 de Algeciras, de fecha 22 de noviembre de 1996, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de cuatro meses y un día de arresto mayor y multa de 500.000 pesetas y un delito de contrabando, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor y multa de 150.000 pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1996; a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de enero de 1999,
Vengo en conmutar a don Luis Conde Iñarra las penas privativas de libertad impuestas, por otra de un año de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 29 de enero de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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