Visto el expediente de indulto de don Luis Paniego Gómez, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 17 de Madrid, en sentencia de fecha 13 de enero de 1995, como autor de un delito contra la seguridad del tráfico, a la pena de 200.000 pesetas de multa y privación del permiso de conducir durante dos años y un delito de quebrantamiento de condena, a la pena de dos meses y un día de arresto mayor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1991; a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de enero de 1999,
Vengo en conmutar a don Luis Paniego Gómez la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, por otra de ochenta días-multa, a satisfacer en cuotas diarias de 2.000 pesetas, cuyo inicio y forma de cumplimiento será determinado por el Tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de la condena.
Dado en Madrid a 29 de enero de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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