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Documento BOE-A-1999-3971

Resolución de 21 de diciembre de 1998, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto «recuperación del entorno natural de las playas de la Almadraba y Les Deveses de Denia (Alicante)», de la Dirección General de Costas.

Publicado en:
«BOE» núm. 40, de 16 de febrero de 1999, páginas 6843 a 6844 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1999-3971

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental y su Reglamento de ejecución aprobado por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen la obligación de formular declaración de impacto ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización o, en su caso, autorización de la obra, instalación o actividad de las comprendidas en los anexos a las citadas disposiciones.

De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 839/1996, de 10 de mayo, y en el Real Decreto 1894/1996, de 2 de agosto, por los que se establece la estructura orgánica básica y la distribución de competencias del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la realización de las declaraciones de impacto ambiental de competencia estatal, reguladas por la legislación vigente.

El proyecto, recuperación del entorno natural de las playas de La Almadraba y Les Deveses de Denia (Alicante) no figura entre aquellos que deben someterse obligatoriamente a un procedimiento reglado de evaluación de impacto ambiental. La Dirección General de Costas remitió, con fecha 5 de agosto de 1998, a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la Memoria-resumen del proyecto para que determinara sobre la necesidad de someterlo al procedimiento antes citado.

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental consultó a diferentes organismos y asociaciones, previsiblemente interesados, sobre los efectos ambientales del proyecto. Un resumen del resultado de esta consulta, junto con la descripción del proyecto, figuran en el anexo.

Tras examinar la documentación recibida, esta Dirección General considera que como resultado de la ejecución de la alternativa consistente en el aporte de arena, aproximadamente 950.000 metros cúbicos extraídos, únicamente del yacimiento submarino de Sierra Helada, preferentemente de la zona de la Cala la Pila, que tiene una granulometría similar a la de la zona de regeneración y con elementos finos en una proporción inferior al cuatro por ciento, combinado con la construcción de tres espigones perpendiculares a la línea de costa, no se observa la potencial existencia de impactos ambientales adversos significativos que necesiten un proceso reglado de evaluación de impacto ambiental para determinar la posibilidad de definir medidas mitigadoras y, en su caso, la naturaleza de tales medidas, al objeto de conseguir impactos no significativos, puesto que, según los cálculos de ingeniería de costas, el perfil de equilibrio de la playa quedará con un pie de talud alejado, al menos, 200 metros del borde de las praderas de «Posidonia oceánica».

En consecuencia, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental resuelve que es innecesario someter al procedimiento reglado de evaluación de impacto ambiental el proyecto de recuperación del entorno natural de las playas de La Almadraba y Les Deveses de Denia (Alicante).

Madrid, 21 de diciembre de 1998.‒La Directora general, Dolores Carrillo Dorado.

ANEXO
Descripción del proyecto

La presente actuación se localiza en la zona de dominio público marítimo terrestre de las playas de La Almadraba y Les Deveses, en el término municipal de Denia (Alicante), situada entre la punta dels Molins y la desembocadura del río Racons. El tramo de costa sobre el que se actuará es de unos 6,5 kilómetros.

Como alternativas de proyecto se han considerado las dos soluciones siguientes:

a) Solución consistente en el solo aporte de arena.

b) Solución mixta; es una combinación de alimentación con arena y la construcción de tres diques perpendiculares a la playa.

Se ha optado por la segunda de ellas ya que requiere un volumen de arena muy inferior, unos 950.000 metros cúbicos frente a los aproximadamente 3.800.000 metros cúbicos de la primera alternativa. Además, la primera alternativa está alejada de la posición de equilibrio de la playa, con lo que estaría sometida a una tasa de transporte que supondría un elevado coste de mantenimiento.

En esencia la solución adoptada consiste en la extracción de arena, su transporte hasta la zona de actuación, su deposición en las playas a regenerar, la construcción de espigones perpendiculares a la línea de costa y el recorte de un espigón existente.

Extracción de arena:

Para la obtención de los aproximadamente 950.000 metros cúbicos de arena necesarios se plantean dos posibles yacimientos submarinos: el de Sierra Helada, situado en el tramo de costa entre Benidorm y Altea, y el situado entre la Punta de Moraira y el Cabo de la Nao.

Los estudios realizados en el yacimiento de la Punta Moraira y el Cabo de la Nao, cercano a la zona de regeneración, permiten definir algunas zonas como adecuadas para la extracción, condicionado a la protección de las praderas de «Posidonia oceánica» y de la tradicional explotación de los recursos pesqueros de la zona.

El yacimiento de Sierra Helada ha sido objeto de diversos estudios desde 1986 (el último de ellos es el «Estudio batimétrico y de biosfera marina de Sierra Helada», realizado por el Centro de Investigaciones Submarinas de Vigo en noviembre de 1997), por lo que se dispone de abundante información relativa a la evolución de estos fondos costeros. Los recursos de este yacimiento se vienen explotando desde principios de esta década para obras de costa.

Transporte de la arena:

El transporte de la arena desde la zona de extracción a la de vertido (playas de l’Estanyó, La Almadraba, Setlla, Mirarrosa y Sorts de Mar), se llevará a cabo mediante un buque draga de 5.000 metros cúbicos de capacidad.

Vertido de la arena:

En la playa de l’Estanyó se prevé la aportación aproximada de 167.131 metros cúbicos de arena, en una longitud de 1.160 metros, la cual se apoyaría en el delta del río Girona, por ser el desplazamiento del material de este a oeste, y una parte de la misma rebasaría la Punta de La Almadraba alimentando a su vez el sector situado al oeste del delta.

En el conjunto de las playas de La Almadraba, Setlla, Mirarrosa y Sorts de Mar se aportarán unos 786.176 metros cúbicos de arena, en una longitud total de 3.650 metros, con la siguiente distribución por sectores: entre la Punta de La Almadraba y el espigón número 1, 194.339 metros cúbicos; entre los espigones número 1 y número 2, 124.776 metros cúbicos; entre los espigones número 2 y número 3, 202.741 metros cúbicos; al oeste del espigón número 3, 264.320 metros cúbicos.

Una vez depositada la arena, se estima que el pie del talud del perfil de equilibrio resultante alcance una profundidad activa de entre 4,24 y 4,48 metros. Las praderas de «Posidonia oceánica» más próximas a la costa se encuentran a una profundidad aproximada de 6,1 metros; esto hace que la distancia mínima entre la profundidad activa de la playa y las mencionadas praderas sea de unos 200 metros en el caso más desfavorable, y de entre 330 y 350 metros en el resto de los casos.

Construcción de espigones:

En el conjunto de las playas de La Almadraba, Setlla, Mirarrosa y Sorts de Mar está prevista la construcción de tres espigones perpendiculares a la costa.

El primero, situado más al este, está en prolongación de la margen derecha de la desembocadura del barranco de Portelles; tiene una longitud de 230 metros y llega hasta una profundidad de unos 2,0 metros. El segundo espigón, situado a 500 metros al oeste del primero, tiene una longitud de 210 metros alcanzando una profundidad aproximada de 3,5 metros. El tercer espigón está situado a 850 metros del segundo, en dirección hacia el oeste; llega hasta una profundidad de unos 2,5 metros con una longitud de 200 metros. El primero y el tercero son de alineación recta, mientras que el segundo espigón tiene arranque recto y final curvo. Todos ellos tienen una parte emergida, a la cota + 2,50, y su zona final a la cota + 0,50.

La posición de los espigones se basa en el criterio de aproximar la forma en planta a la alineación de la playa de Oliva. El objeto es alinear la forma en planta de la costa con la posición más próxima a la anterior que responda a criterios de estabilidad. Por tanto, la alineación costera en la playa de l’Estanyó es la que se ha empleado para la definición de la forma en planta de la costa a regenerar en las playas de La Almadraba, Setlla, Mirarrosa y Sorts de Mar.

La longitud de los espigones se ha definido con el objeto de facilitar un cierto rebase de los mismos por la arena movida por la dinámica litoral, de manera que se logre la realimentación del tramo mediante las aportaciones de la zona situada a levante del tramo regenerado.

El proyecto contempla también el recorte en 60 metros del espigón de la Punta dels Molins. De esta forma se favorece la entrada de material de la playa de Las Marinas hacia el oeste, favoreciendo su tendencia natural y, por tanto, lográndose una alimentación hacia la playa de l’Estanyó.

Consultas realizadas:

Organismos y asociaciones consultados:

Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación (Generalidad Valenciana); Consejería de Medio Ambiente (Generalidad Valenciana); Ayuntamiento de Denia; Cofradía de Pescadores de Denia; Grupo Ecologista Xoriguer.

A continuación se resume de las respuestas recibidas:

Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación (Generalidad Valenciana):

Indica que el yacimiento de arena del Cabo de la Nao y la Punta de Moraira está en una zona considerada de interés pesquero y, por tanto, protegida por el Decreto 219/1997, de 12 de agosto, del Gobierno Valenciano. Respecto al yacimiento de Sierra Helada, plantea su diferencia granulométrica con la zona de deposición; asimismo, considera que la extracción en este yacimiento podría ocasionar la destrucción de la fanerógama «Cymodocea nodosa» allí presente.

Cofradía de Pescadores de Denia: Manifiesta que la regeneración de la playa de La Almadraba con arena podría provocar la destrucción de comunidades protegidas, pérdida de la calidad del agua, pérdida de biodiversidad y efectos indirectos sobre la pesca artesanal. Propone la regeneración con gravas o piedras para dar mayor estabilidad a la playa.

Grupo Ecologista Xoriguer: Señala los efectos negativos sobre las praderas de «Posidonia oceánica» de la extracción de arena en ambos yacimientos, y de su posterior vertido. Sugiere el empleo de gravas y guijarros, en vez de arena, para la regeneración de las playas.

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