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Documento BOE-A-1999-4367

Resolución de 20 de enero de 1999, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Protocolo 1998 adicional al Convenio de colaboración suscrito el 15 de diciembre de 1997 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias para la realización de proyectos del plan de acción integral para personas con discapacidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 20 de febrero de 1999, páginas 7383 a 7384 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1999-4367

TEXTO ORIGINAL

Suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias un Protocolo 1998 adicional al Convenio de colaboración suscrito el 15 de diciembre de 1997 entre ambas partes, para la realización de proyectos del plan de acción integral para personas con discapacidad, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 27), procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 20 de enero de 1999.‒El Secretario general técnico, Julio Sánchez Fierro.

ANEXO
Protocolo 1998 adicional al Convenio de colaboración, suscrito el 15 de diciembre de 1997, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias mancha para la realización de proyectos del plan de acción integral para personas con discapacidad

En Madrid, a 27 de noviembre de 1998.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Javier Arenas Bocanegra, Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 762/1996, de 5 de mayo.

Y de otra parte, el excelentísimo señor don Antonio Cueto Espinar, Consejero de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, por delegación conferida por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de noviembre de 1997.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y con-venir, y

EXPONEN

Primero.

Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias suscribieron en fecha 15 de diciembre de 1997, Convenio de colaboración para la realización de programas del plan de acción integral para personas con discapacidad.

Segundo.

Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y los Reales Decretos 758/1996, de 5 de mayo; 1888/1996, de 2 de agosto, y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre, que aprueba el Estatuto de Autonomía de la misma, tienen competencias en materia de acción social y servicios sociales.

En la Ley 68/1997, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado de 1998, y en la Ley 6/1997, de 31 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias se establecen dotaciones presupuestarias para estos fines.

Tercero.

Que el Convenio citado establecía en su cláusula sexta la prórroga automática de aquél para convocatorias sucesivas, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes.

Cuarto.

Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en la cláusula segunda del citado Convenio, así como los proyectos especificados en el anexo I del mismo, que deberán ser actualizados cada año con el fin de ajustarlos a los presupuestos presentados por las Comunidades Autónomas y las previsiones presupuestarias que se establezcan.

Quinto.

Que, de conformidad con las Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales, celebrada el día 9 de febrero de 1998, el Gobierno por Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 13 de febrero de 1998, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» en fecha 4 de marzo, aprobó los criterios de distribución entre Comunidades Autónomas del crédito presupuestario con una dotación de 500.000.000 de pesetas, incluida en la aplicación 19.04.313L.455, para programas del plan de acción integral para personas con discapacidad.

Sexto.

Que habiéndose efectuado conforme al procedimiento previsto en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones eco-nómicas de las partes correspondientes al año 1998, procede instrumentarlas a través del presente Protocolo adicional, junto con la selección de proyectos realizada por la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y aprobada asimismo, a efectos de financiación conjunta.

Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y de la cláusula sexta del Convenio de colaboración para la realización de proyectos del plan de acción integral para personas con discapacidad suscrito el 15 de diciembre de 1997 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias ambas partes acuerdan suscribir el presente Protocolo adicional, el cual se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

La Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias incorporan al Convenio de colaboración de fecha 15 de diciembre de 1997, los proyectos seleccionados conjuntamente para su ejecución durante el ejercicio económico de 1998, los cuales se unen al mismo mediante el anexo I.

La duración de este Protocolo adicional, de acuerdo con la cláusula sexta del citado Convenio de colaboración suscrito en 1997, se establece para el año 1998 y su correspondiente ejercicio económico, dado que al mismo se refieren las dotaciones presupuestarias que cada parte designa para su financiación.

Segunda.

Que con cargo a la aplicación presupuestaria 19.04.313L.455 plan de acción integral para personas con discapacidad, la aportación económica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para los fines del presente Protocolo, es de 15.900.000 pesetas.

La Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, las Corporaciones Locales y las Instituciones, en su caso, de conformidad con los acuerdos suscritos entre ellas se comprometen a asumir la corresponsabilidad en la financiación en una cuantía no inferior al 50 por 100 aportando la cantidad de 15.900.000 pesetas. La Comunidad Autónoma del Principado de Asturias ha presentado el correspondiente certificado de retención de crédito por la cuantía de su participación.

Tercera.

La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro del ejercicio económico 1998, es la que aparece desglosada para cada Comunidad Autónoma en el anexo II.

Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo adicional en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha anteriormente indicados.‒El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Javier Arenas Bocanegra.‒El Consejero de Servicios Sociales, Antonio Cueto Espinar.

ANEXO I
Programas del plan de acción y cofinanciación. Año 1998

Comunidad Autónoma de Asturias

Programa   Financiación  

Administración

General

Pesetas

  Otros organismos  

Total convocatoria

Pesetas

CC.AA.

Pesetas

CC.LL.

Pesetas

ONG’s

Pesetas

Total

Pesetas

Recurso fin de semana para familias con personas con parálisis cerebral a su cargo. 1.377.500 688.750 688.750 1.377.500 2.755.000
Alojamiento alternativo para personas con discapacidad ligera/media. 2.420.000 1.210.000 1.210.000 2.420.000 4.840.000
Apoyo a familias de paralíticos cerebrales, mediante estancias temporales. 12.102.500 6.051.250 6.051.250 12.102.500 24.205.000
 Totales. 15.900.000 7.950.000 7.950.000 15.900.000 31.800.000
ANEXO II
Cofinanciación de los proyectos del plan de acción. Año 1998

Entidades confinanciadoras 

  Administración General Otros organismos Total proyectos
CC. AA. CC. LL. ONG’s Total
Andalucía. 99.150.000 92.737.563 3.613.127 8.161.837 104.512.527 203.662.527
Aragón. 17.600.000 45.396.000 45.396.000 62.996.000
Asturias. 15.900.000 7.950.000 7.950.000 15.900.000 31.800.000
Baleares. 9.650.000 9.650.000 3.600.000 13.250.000 22.900.000
Canarias. 21.850.000 21.799.956 1.073.340 22.873.296 44.723.296
Cantabria. 7.850.000 7.850.000 1.000.000 8.850.000 16.700.000
Castilla-León. 38.900.000 38.900.000 38.900.000 77.800.000
Castilla-La Mancha. 26.550.000 26.744.000 26.744.000 53.294.000
Cataluña. 72.150.000 90.000.000 120.000.000 35.024.341 245.024.341 317.174.341
Extremadura. 17.500.000 17.500.000 17.500.000 35.000.000
Galicia. 42.450.000 42.450.000 42.450.000 84.900.000
Madrid. 57.950.000 62.278.000 62.278.000 120.228.000
Murcia. 14.850.000 7.425.000 7.425.000 14.850.000 29.700.000
La Rioja. 7.500.000 8.568.310 7.307.800 15.876.110 23.376.110
Valencia. 50.150.000 49.390.482 1.000.000 50.390.482 100.540.482
 Totales. 500.000.000 528.639.311 124.613.127 71.542.318 724.794.756 1.224.794.756

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