Suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias un Protocolo 1998 adicional al Convenio de colaboración suscrito el 15 de diciembre de 1997 entre ambas partes, para la realización de proyectos del plan de acción integral para personas con discapacidad, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 27), procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 20 de enero de 1999.‒El Secretario general técnico, Julio Sánchez Fierro.
En Madrid, a 27 de noviembre de 1998.
REUNIDOS
De una parte, el excelentísimo señor don Javier Arenas Bocanegra, Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 762/1996, de 5 de mayo.
Y de otra parte, el excelentísimo señor don Antonio Cueto Espinar, Consejero de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, por delegación conferida por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de noviembre de 1997.
Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y con-venir, y
EXPONEN
Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias suscribieron en fecha 15 de diciembre de 1997, Convenio de colaboración para la realización de programas del plan de acción integral para personas con discapacidad.
Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y los Reales Decretos 758/1996, de 5 de mayo; 1888/1996, de 2 de agosto, y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre, que aprueba el Estatuto de Autonomía de la misma, tienen competencias en materia de acción social y servicios sociales.
En la Ley 68/1997, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado de 1998, y en la Ley 6/1997, de 31 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias se establecen dotaciones presupuestarias para estos fines.
Que el Convenio citado establecía en su cláusula sexta la prórroga automática de aquél para convocatorias sucesivas, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes.
Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en la cláusula segunda del citado Convenio, así como los proyectos especificados en el anexo I del mismo, que deberán ser actualizados cada año con el fin de ajustarlos a los presupuestos presentados por las Comunidades Autónomas y las previsiones presupuestarias que se establezcan.
Que, de conformidad con las Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales, celebrada el día 9 de febrero de 1998, el Gobierno por Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 13 de febrero de 1998, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» en fecha 4 de marzo, aprobó los criterios de distribución entre Comunidades Autónomas del crédito presupuestario con una dotación de 500.000.000 de pesetas, incluida en la aplicación 19.04.313L.455, para programas del plan de acción integral para personas con discapacidad.
Que habiéndose efectuado conforme al procedimiento previsto en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones eco-nómicas de las partes correspondientes al año 1998, procede instrumentarlas a través del presente Protocolo adicional, junto con la selección de proyectos realizada por la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y aprobada asimismo, a efectos de financiación conjunta.
Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y de la cláusula sexta del Convenio de colaboración para la realización de proyectos del plan de acción integral para personas con discapacidad suscrito el 15 de diciembre de 1997 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias ambas partes acuerdan suscribir el presente Protocolo adicional, el cual se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
La Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias incorporan al Convenio de colaboración de fecha 15 de diciembre de 1997, los proyectos seleccionados conjuntamente para su ejecución durante el ejercicio económico de 1998, los cuales se unen al mismo mediante el anexo I.
La duración de este Protocolo adicional, de acuerdo con la cláusula sexta del citado Convenio de colaboración suscrito en 1997, se establece para el año 1998 y su correspondiente ejercicio económico, dado que al mismo se refieren las dotaciones presupuestarias que cada parte designa para su financiación.
Que con cargo a la aplicación presupuestaria 19.04.313L.455 plan de acción integral para personas con discapacidad, la aportación económica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para los fines del presente Protocolo, es de 15.900.000 pesetas.
La Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, las Corporaciones Locales y las Instituciones, en su caso, de conformidad con los acuerdos suscritos entre ellas se comprometen a asumir la corresponsabilidad en la financiación en una cuantía no inferior al 50 por 100 aportando la cantidad de 15.900.000 pesetas. La Comunidad Autónoma del Principado de Asturias ha presentado el correspondiente certificado de retención de crédito por la cuantía de su participación.
La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro del ejercicio económico 1998, es la que aparece desglosada para cada Comunidad Autónoma en el anexo II.
Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo adicional en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha anteriormente indicados.‒El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Javier Arenas Bocanegra.‒El Consejero de Servicios Sociales, Antonio Cueto Espinar.
Comunidad Autónoma de Asturias
Programa | Financiación | |||||
---|---|---|---|---|---|---|
Administración General ‒ Pesetas |
Otros organismos |
Total convocatoria ‒ Pesetas |
||||
CC.AA. ‒ Pesetas |
CC.LL. ‒ Pesetas |
ONG’s ‒ Pesetas |
Total ‒ Pesetas |
|||
Recurso fin de semana para familias con personas con parálisis cerebral a su cargo. | 1.377.500 | 688.750 | ‒ | 688.750 | 1.377.500 | 2.755.000 |
Alojamiento alternativo para personas con discapacidad ligera/media. | 2.420.000 | 1.210.000 | ‒ | 1.210.000 | 2.420.000 | 4.840.000 |
Apoyo a familias de paralíticos cerebrales, mediante estancias temporales. | 12.102.500 | 6.051.250 | ‒ | 6.051.250 | 12.102.500 | 24.205.000 |
Totales. | 15.900.000 | 7.950.000 | ‒ | 7.950.000 | 15.900.000 | 31.800.000 |
Entidades confinanciadoras
Administración General | Otros organismos | Total proyectos | ||||
---|---|---|---|---|---|---|
CC. AA. | CC. LL. | ONG’s | Total | |||
Andalucía. | 99.150.000 | 92.737.563 | 3.613.127 | 8.161.837 | 104.512.527 | 203.662.527 |
Aragón. | 17.600.000 | 45.396.000 | ‒ | ‒ | 45.396.000 | 62.996.000 |
Asturias. | 15.900.000 | 7.950.000 | ‒ | 7.950.000 | 15.900.000 | 31.800.000 |
Baleares. | 9.650.000 | 9.650.000 | ‒ | 3.600.000 | 13.250.000 | 22.900.000 |
Canarias. | 21.850.000 | 21.799.956 | ‒ | 1.073.340 | 22.873.296 | 44.723.296 |
Cantabria. | 7.850.000 | 7.850.000 | ‒ | 1.000.000 | 8.850.000 | 16.700.000 |
Castilla-León. | 38.900.000 | 38.900.000 | ‒ | ‒ | 38.900.000 | 77.800.000 |
Castilla-La Mancha. | 26.550.000 | 26.744.000 | ‒ | ‒ | 26.744.000 | 53.294.000 |
Cataluña. | 72.150.000 | 90.000.000 | 120.000.000 | 35.024.341 | 245.024.341 | 317.174.341 |
Extremadura. | 17.500.000 | 17.500.000 | ‒ | ‒ | 17.500.000 | 35.000.000 |
Galicia. | 42.450.000 | 42.450.000 | ‒ | ‒ | 42.450.000 | 84.900.000 |
Madrid. | 57.950.000 | 62.278.000 | ‒ | ‒ | 62.278.000 | 120.228.000 |
Murcia. | 14.850.000 | 7.425.000 | ‒ | 7.425.000 | 14.850.000 | 29.700.000 |
La Rioja. | 7.500.000 | 8.568.310 | ‒ | 7.307.800 | 15.876.110 | 23.376.110 |
Valencia. | 50.150.000 | 49.390.482 | 1.000.000 | ‒ | 50.390.482 | 100.540.482 |
Totales. | 500.000.000 | 528.639.311 | 124.613.127 | 71.542.318 | 724.794.756 | 1.224.794.756 |
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