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Vistas las solicitudes presentadas por los Oficiales de la
Administración de Justicia que superaron las pruebas selectivas
convocadas por Orden de 17 de noviembre de 1997, en el ámbito
de la Comunidad Autónoma del País Vasco (turno de promoción
interna), nombrados funcionarios de carrera en virtud de Orden
de la Secretaría de Estado de Justicia de 30 de octubre de 1998
("Boletín Oficial del Estado" de 11 de diciembre).
Este Departamento de Justicia ha resuelto adjudicar destino
en los órganos judiciales que se relacionan en el anexo I.
Los Oficiales de la Administración de Justicia nombrados en
virtud de esta Orden deberán tomar posesión de sus cargos dentro
del plazo de veinte días naturales, contados desde el siguiente
al de la publicación de esta Orden en el "Boletín Oficial del
Estado" de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del Real
Decreto 249/1996, de 16 de febrero, no resultando retribuido el plazo
posesorio, ya que según dispone la normativa en materia de
nóminas, durante el primer mes se devengarán por días las retribuciones
correspondientes al nuevo Cuerpo en el que se ingresa.
En el caso de que los Oficiales de nuevo ingreso quisieran
evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la
Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo
indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar
al Presidente, Juez o Fiscal o Jefe del organismo de su destino
actual un permiso retribuido de un día si no hay cambio de
localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de
desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla en cuyo
caso el permiso podrá ser de hasta tres días para posesionarse
de su nuevo cargo (artículo 66.1.g del Real Decreto 249/1996,
de 16 de febrero).
Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas que
han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el mismo
día en que se produzca la toma de posesión del titular.
En cumplimiento de la legislación sobre incompatibilidades del
personal al servicio de la Administración Pública (Ley 53/1974,
de 2 de diciembre), aplicable al personal al servicio de la
Administración de Justicia, en virtud del artículo 489 de la Ley Orgánica
del Poder Judicial 6/1985, de 1 de julio; artículo único de la
Ley Orgánica 1/1985, de 18 de enero, y artículos 79 y
concordantes del vigente Reglamento Orgánico (Real Decreto 249/1996,
de 16 de febrero), los nombrados por turno de promoción interna
deberán tener en cuenta las siguientes observaciones:
Primera.-Cuando un funcionario del Cuerpo de Auxiliares de
la Administración de Justicia acceda al Cuerpo de Oficiales y desee
permanecer en activo en el Cuerpo de origen y en situación de
excedencia en aquel al que accede, deberá manifestar esta opción
en el acta de toma de posesión, regresando a continuación a su
destino de origen.
Copia del Acta de toma de posesión, opción y cese será remitida
por el Secretario del órgano judicial correspondiente, al ilustrísimo
señor Director de Ordenación de Recursos Humanos,
Departamento de Justicia, Trabajo y Seguridad Social del Gobierno Vasco,
calle Duque de Wellington, 2 (01010 Vitoria-Gasteiz), siéndole
concedida la excedencia de oficio en el nuevo cuerpo.
Segunda.-En caso de no manifestar la opción citada, se
entenderá que optan por el nuevo puesto y el ilustrísimo señor Director
de Ordenación de Recursos Humanos, dentro de su ámbito
territorial les concederá la excedencia de oficio en el Cuerpo de
Auxiliares de la Administración de Justicia, en cuyo destino se les
tendrá por cesados de forma automática con la misma fecha en
que se produzca la toma de posesión en el Cuerpo de Oficiales
al objeto de evitar interrupción en la percepción de sus haberes.
Copia de dicha acta de posesión y opción será remitida por
el Secretario del órgano judicial correspondiente, al ilustrísimo
señor Director de Ordenación de Recursos Humanos del
Departamento de Justicia, Trabajo y Seguridad Social del Gobierno
Vasco y al órgano judicial de origen.
Los nombrados en virtud de esta Orden, no obstante haber
sido destinados con carácter forzoso, no podrán participar en
concurso de traslado hasta que transcurra un año desde la toma de
posesión de su cargo, de acuerdo con lo establecido en el artículo
495.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Contra esta Orden, podrán los interesados interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en
el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de su publicación
en el "Boletín Oficial del Estado".
Vitoria-Gasteiz, 20 de enero de 1999.-El Consejero, Sabin
Intxaurraga Mendibil.
ANEXO I
Número de orden DNI Apellidos y nombre Destino Provincia
33 15.930.010 Goitia Larmán, Luis Alberto................Juzgado de Paz de Lazkao..............................Guipúzcoa.
54 15.953.144 Ruiz de Arechavaleta Pérez, María Nieves . . . Juzgado de Paz de Deba...............................Guipúzcoa.
77 14.247.555 Ortiz Pérez, José Ramón...................Juzgado de Primera Inst. e Instruc. número 2 Gernika . . . Vizcaya.
108 14.843.102 Santamaría Castro, Ángel..................Juzgado de Primera Inst. e Instruc. número 3 Gernika . . . Vizcaya.
138 14.958.049 Lorenzo Moreno, Amaya...................Decanato Durango....................................Vizcaya.
139 30.569.277 Fernández Allande, María Concepción......Juzgado de Primera Inst. e Instruc. número 3 Durango . . . Vizcaya.
182 22.707.715 Peña Ruiz, Olga María.....................Juzgado de Paz de Laguardia...........................Álava.
192 13.109.760 Molina Rodríguez, José Antonio............Juzgado de Primera Inst. e Instruc. número 1 Eibar.......Guipúzcoa.
210 14.948.651 Arco Madariaga, Inmaculada...............Juzgado de Paz de Markina............................Vizcaya.
225 14.945.167 Abad Asso, Fernando......................Juzgado de Primera Inst. e Instruc. número 2 Eibar......Guipúzcoa.
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