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Documento BOE-A-1999-4638

Resolución de 1 de febrero de 1999, de la Secretaría General de Comunicaciones, por la que se adjudican recursos públicos de numeración a determinadas provincias.

Publicado en:
«BOE» núm. 48, de 25 de febrero de 1999, páginas 7822 a 7823 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1999-4638
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1999/02/01/(1)

TEXTO ORIGINAL

El Plan Nacional de Numeración para los Servicios de Telecomunicaciones establece que, desde la fecha de entrada en vigor del Nuevo Plan de Numeración, el número nacional tiene una longitud de nueve dígitos representados por la secuencia alfabética «NXYABMCDU», siendo «N» la primera cifra a marcar. Los valores «8» y «9» (para X ≠ 0, 9) de esta cifra se atribuyeron inicialmente a los servicios de numeración geográfica.

No obstante, algunos indicativos pertenecientes al rango de numeración geográfica han venido siendo usados, hasta fecha reciente, por el servicio telefónico móvil disponible al público, por lo que no conviene su utilización por las provincias hasta pasado un tiempo prudencial. Teniendo esto en cuenta, únicamente hay tres indicativos, en el segmento «N = 9», en condiciones de ser adjudicados.

No se ha realizado, por el momento, ninguna adjudicación de recursos provinciales en el segmento «N = 8».

La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, entidad responsable de la asignación de recursos públicos de numeración a los operadores, solicitó de la Secretaría General de Comunicaciones la adjudicación de indicativos a todas las provincias españolas aplicando el criterio de repetir, en el segmento «N = 8», los valores actuales en «N = 9», de las cifras «XY» del número nacional.

Igualmente solicitó la adjudicación de indicativos adicionales en el segmento «N = 9» para las provincias de Madrid, Barcelona y Valencia.

Las razones alegadas para estas peticiones se basan en la escasez de recursos existentes en algunas provincias y la fuerte demanda esperada como consecuencia de la entrada en el mercado de nuevos operadores.

Por otra parte, por Acuerdo de Consejo de Ministro de 14 de noviembre de 1997, por el que se aprueba el Plan Nacional de Numeración para los Servicios de Telecomunicaciones, se creó el Comité Consultivo sobre Numeración. Sus funciones son el estudio, deliberación y elaboración de propuestas en materias relativas a la planificación y gestión de la numeración.

Esta Secretaría sometió a la consideración de este Comité el documento «Estrategia de desarrollo del esquema de numeración geográfica en España», en el que se efectúa una consulta sobre la forma de utilizar los recursos públicos de numeración geográfica. Este documento propone, aplicando el criterio señalado anteriormente, la adjudicación de recursos públicos de numeración a las seis provincias cuyo porcentaje de ocupación de bloques de números supera el 80 por 100.

En el debate suscitado en la reunión constitutiva del Comité, celebrada el 11 de diciembre de 1998, se alcanzó el acuerdo de incrementar hasta quince el número de provincias adjudicatarias de un indicativo en el segmento «N = 8». Estas provincias son las que disponen de menos de 30 bloques libres.

En lo que concierne a las provincias de Madrid, Barcelona y Valencia existen actualmente indicativos «NXY», solicitados por la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, que venían siendo utilizados por el servicio telefónico móvil disponible al público. Por otra parte, aunque el porcentaje de bloques utilizados en esas provincias supera el 70 por 100, la disponibilidad de recursos permite todavía un cierto margen de flexibilidad. Por estas razones, sólo se estima conveniente realizar la adjudicación de los tres indicativos que estaban libres en el segmento «N = 9».

El punto 6.6 del Plan Nacional de Numeración para los Servicios de Telecomunicaciones establece que el Ministerio de Fomento, teniendo en cuenta la demanda potencial de números, adoptará las medidas necesarias para evitar los problemas de escasez que puedan ser previstos y adjudicará los bloques «NX» y «NXY» a las diferentes zonas telefónicas provinciales procurando una óptima utilización de los recursos.

El punto 1.4 del plan establece que los operadores estarán obligados a realizar, en los sistemas que exploten, las modificaciones necesarias para tratar y encaminar las comunicaciones cuando el Ministerio de Fomento adopte decisiones con relación al plan, así como cuando se realicen asignaciones y atribuciones de recursos públicos de numeración, especificando que el coste que ello conlleve será sufragado por cada operador en la medida que le afecte.

El Reglamento por el que se desarrolla el título II de la Ley General de Telecomunicaciones en lo relativo a la interconexión y al acceso a las redes públicas y a la numeración, aprobado por Real Decreto 1651/1998, de 24 de julio, convalida el Plan Nacional de Numeración para los Servicios de Telecomunicaciones y establece en su artículo 27 que la Secretaría General de Comunicaciones podrá dictar las resoluciones necesarias para el desarrollo de los Planes Nacionales de Numeración y tomar las decisiones que, en materia de numeración, nombres y direcciones, correspondan al Ministerio de Fomento.

En virtud de cuanto antecede, habida cuenta de las posibilidades técnicas existentes, y previo informe de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, dispongo:

Primero.

Se adjudican los indicativos provinciales «NXY» que aparecen listados en el anexo.

Segundo.

La Secretaría General de Comunicaciones se reserva la posibilidad de modificar o cancelar la presente Resolución cuando así lo aconsejen razones de utilidad pública o interés general. La modificación o cancelación en estas circunstancias no dará derecho a indemnización por daños y perjuicios.

Tercero.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso ordinario ante el Ministro de Fomento, en el plazo de un mes desde su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarto.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 1 de febrero de 1999.‒El Secretario general, José Manuel Villar Uríbarri.

ANEXO
Nuevos indicativos provinciales adjudicados

A) En el segmento «N = 9»

Provincia

Nuevo

indicativo

Madrid. 911
Barcelona. 931
Valencia. 960

B) En el segmento «N = 8»

Provincia

Indicativo

actual

Nuevo

indicativo

Murcia. 968 868
A Coruña. 981 881
Santa Cruz de Tenerife. 922 822
Girona. 972 872
Zaragoza. 976 876
Illes Balears. 971 871
Cádiz. 956 856
Navarra. 948 848
Las Palmas. 928 828
Tarragona. 977 877
Pontevedra. 986 886
Granada. 958 858
Badajoz. 924 824
Guipúzcoa. 943 843
Lleida. 973 873

 

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 01/02/1999
  • Fecha de publicación: 25/02/1999
  • Fecha de entrada en vigor: 26/02/1999
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 24 del Reglamento aprobado por Real Decreto 1651/1998, de 24 de julio (Ref. BOE-A-1998-18273).
Materias
  • Plan Nacional de Numeración para los Servicios de Telecomunicaciones

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