De acuerdo con la Orden de 12 de diciembre de 1997 («Boletín Oficial del Estado» del 22), por la que se crea el sello INCE, y la Resolución de 15 de junio de 1988 («Boletín Oficial del Estado» del 30), de la Dirección General para la Vivienda y Arquitectura, por la que se aprueban las disposiciones reguladoras generales del sello INCE para piezas cerámicas utilizadas en la edificación, y las específicas para ladrillos cerámicos cara vista y tejas cerámicas,
Este Ministerio, a propuesta de la Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo, ha tenido a bien disponer:
Se concede el sello INCE para piezas cerámicas utilizadas en la edificación a tejas cerámicas, fabricadas por «Cerámicas Borja, Sociedad Anónima», en su factoría de carretera de Ocaña, 45, Alicante, con las siguientes denominaciones:
Teja cerámica curva de 480 × 225 × 160, modelos: Roja, Vilavella y Envejecida.
Teja cerámica curva de 400 × 155 × 122, modelo: Envejecida.
Teja cerámica plana de 430 × 225, modelo: Envejecida.
Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 9 de febrero de 1999.–P. D. (Orden de 30 de mayo de 1996), el Subsecretario, Víctor Calvo-Sotelo Ibáñez-Martín.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo.
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