Vista la petición interesada por la entidad «Pignone Española, Sociedad Anónima», domiciliada en calle Ferro, 6 (Can Pelegrí), de Castellbisbal (Barcelona), en solicitud de aprobación de modelo de un sistema electrónico de medida de volumen, destinado al suministro de carburante líquido, marca «Pignone», modelo PDX-AL, en sus versiones X y F;
Visto el informe favorable emitido por el Centro Español de Metrología, con referencia CEM-AM-97/077-6.4,
Esta Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con la Ley 3/1985, de 18 de marzo; el Decreto 199/1991, de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes en materia de control metrológico; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre; la Orden de 28 de diciembre de 1988, por la cual se regulan los sistemas de medida de líquidos diferentes del agua, así como el documento internacional número 11 de la Organización Internacional de Metrología Legal (OIML), referente a instrumentos de medida electrónicos, ha resuelto:
Conceder la aprobación de modelo, por un plazo de validez de diez años, a partir de la fecha de esta Resolución, a favor de «Pignone Española, Sociedad Anónima», al sistema electrónico de medida de volumen, destinado al suministro de carburante líquido, marca «Pignone», modelo DPX-AL, en sus versiones DPX-F-AL y DPX-X-AL.
El equipo hidráulico dispone de bombas tipo Alublock 2000 y medidores volumétricos Autoset 500. Estos últimos tienen incorporado un emisor de impulsos Paw 94. El computador electrónico es un modelo OTP.
Opcionalmente se puede disponer de predeterminador de suministro y de conexión informática a equipos de autoservicio y/o control.
Según la forma de la carcasa o envolvente, se utilizan dos denominaciones: DPX-F-AL, para el de tipo bandera, y DPX-X-AL, para el más estilizado.
Las versiones aprobadas en ambos casos son las siguientes:
Versión | Puntos de aspiración | Puntos de suministro 40 l/m | Puntos de suministro 80 l/m |
---|---|---|---|
1101 | 1 | 1 | − |
1101H | 1 | − | 1 |
1202 | 2 | 2 | − |
1303 | 3 | 3 | − |
1303H | 3 | 2 | 1 |
1404 | 4 | 4 | − |
2102 | 1 | 2 | − |
2202 | 2 | 2 | − |
2202H | 2 | − | 2 |
2204 | 2 | 4 | − |
2304H | 3 | 2 | 2 |
2306 | 3 | 6 | − |
2404 | 4 | 4 | − |
2404H | 4 | 2 | 2 |
2406H | 4 | 4 | 2 |
2408 | 4 | 8 | − |
2508H | 5 | 6 | 2 |
2510 | 5 | 10 | − |
2612 | 6 | 12 | − |
Las características metrólogicas son las siguientes:
Caudales máximos: 40 litros/minuto (modelo -Al) y 80 litros/minuto (modelo H-AL).
Caudal mínimo: 4 litros/minuto.
Presión máxima de funcionamiento: 2,5 bar.
Suministro mínimo: 5 litros.
Margen de temperatura de funcionamiento: −20 °C a +40 °C.
Clase de líquidos a medir: Gasolinas y gasóleos.
El signo de aprobación de modelo asignado es:
Los sistemas de medida a que se refiere esta Resolución llevarán las siguientes inscripciones e identificación en las placas de características:
Nombre del fabricante o importador.
Denominación del modelo.
Versión.
Número de serie y año de fabricación.
Así como también el signo de aprobación y las características técnicas indicadas en los apartados anteriores.
Para garantizar un correcto funcionamiento de los sistemas de medida se procederá a su precintado, una vez realizada la verificación primitiva, según se describe y representa en la memoria y planos que sirvieron de base al Centro Español de Metrología y a esta Dirección General.
Los equipos de medida objeto de esta Resolución habrán de cumplir todos los condicionamientos contenidos en el anexo al certificado de aprobación de modelo.
Esta aprobación de modelo, de carácter metrológico, es independiente de las normas de seguridad o de otro tipo aplicables en virtud de otros Reglamentos.
Próximo a transcurrir el plazo de validez fijado, la entidad titular de la aprobación, si lo desea, solicitará a la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial la prórroga de la misma.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, puede interponer recurso ordinario ante el honorable Consejero de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de recepción de la misma, todo ello sin perjuicio de incoar cualquier otro recurso que consideren oportuno.
Barcelona, 16 de septiembre de 1998.−El Director general, P. D. (Resolución de 7 de octubre de 1996, «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» de 13 de noviembre), el Jefe del Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar Guevara.
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