En uso de las atribuciones conferidas por la Ley
Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, y de
conformidad con lo establecido en el Real Decreto 678/1988,
de 1 de julio ("Boletín Oficial del Estado" del 5), modificado por
el Real Decreto 1292/1991, de 2 de agosto ("Boletín Oficial del
Estado" del 10),
Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso de méritos
la plaza que se relaciona en el anexo I de la presente Resolución,
de acuerdo con las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Este concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley
Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria ("Boletín
Oficial del Estado" de 1 de septiembre); Real Decreto 1888/1984,
de 26 de septiembre ("Boletín Oficial del Estado" de 26 de octubre);
Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio ("Boletín Oficial del
Estado" de 11 de julio); Orden de 28 de diciembre de 1984 ("Boletín
Oficial del Estado" de 16 de enero de 1985); Ley 17/1993, de 23
de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 24); Real Decreto
800/1995, de 19 de mayo ("Boletín Oficial del Estado" de 7 de
junio); Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 23 de
enero de 1995 ("Boletín Oficial del Estado" del 28), y en lo no
previsto en las citadas disposiciones, le será de aplicación la
legislación general de funcionarios civiles del Estado.
1.2 La tramitación del concurso para proveer las citadas
plazas será independiente para cada una de ellas.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a los citados concursos los aspirantes
deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados
miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al
que, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la
Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla
definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea,
según lo dispuesto en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, y
por el Real Decreto 800/1995, de 19 de mayo.
b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber alcanzado
la edad de jubilación.
c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de la Administración del Estado o de la Administración
Autónoma, Institucional o Local, ni hallarse inhabilitado para el
ejercicio de funciones públicas. En caso de no poseer la
nacionalidad española, no estar sometidos a sanción disciplinaria o
condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública.
d) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que
impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor
de Universidad.
2.2 Asimismo, los solicitantes deberán reunir las condiciones
académicas específicas que a continuación se señalan:
a) Para concursar a las plazas de Catedrático de Universidad,
estar en posesión del título de Doctor y cumplir las condiciones
señaladas en el artículo 4.º , apartado 1, letra c), del Real
Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre.
b) Para concursar a las plazas de Profesor titular de Universidad
estar en posesión del título de Doctor y cumplir las condiciones
señaladas en el artículo 37, apartado 4, de la Ley 11/1983, de 25
de agosto.
c) Para concursar a las plazas de Catedrático de Escuela
Universitaria estar en posesión del título de Doctor.
d) Para concursar a las plazas de Profesor titular de Escuela
Universitaria, estar en posesión del título de Licenciado, Arquitecto
o Ingeniero, o cumplir las condiciones señaladas en el
artículo 35, apartado 1, de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma
Universitaria.
Las condiciones académicas de titulación, enumeradas en los
apartados anteriores, expedidas en otros Estados miembros de
la Comunidad Europea a nacionales de cualquier Estado miembro,
deberán estar acompañadas de la correspondiente Orden del
Ministerio de Educación y Ciencia de reconocimiento del título expedido
en dichos Estados, de acuerdo con lo previsto en el apartado
noveno de la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 23 de
enero de 1995 ("Boletín Oficial del Estado" del 28).
En caso de que la titulación exigida para cada una de las plazas
se haya obtenido en el extranjero deberá haberse concedido la
correspondiente homologación en España, que se acreditará
mediante credencial expedida por la Subdirección General de
Títulos, Convalidaciones y Homologaciones.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en el concurso remitirán la
correspondiente solicitud al excelentísimo señor Rector magnífico
de la Universidad de Salamanca, por cualquiera de los
procedimientos establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial
del Estado" del 27), en el plazo de veinte días hábiles, a partir
de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del
Estado", mediante instancia debidamente cumplimentada, según
modelo que se adjunta como anexo II a esta convocatoria, junto
con los documentos que acrediten reunir los requisitos para
participar en el concurso. La concurrencia de los requisitos generales,
así como las condiciones académicas específicas para participar
en el concurso, deberá estar referida siempre a una fecha anterior
a la de expiración del plazo fijado para solicitar la participación
en el concurso.
Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de
Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas
por un funcionario de Correos antes de su certificación, tal como
señala el artículo 38.4, apartado c), de la Ley de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero
podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas y
Consultados españoles correspondientes, quienes las remitirán
seguidamente al Registro General del Rectorado de la Universidad
de Salamanca. El interesado acompañará a dicha solicitud
fotocopia del comprobante de haber satisfecho los derechos de examen.
3.2 Los aspirantes deberán justificar el ingreso en la cuenta
de recaudación restringida, número 2104-0142-15-110000181-2,
entidad Caja Salamanca y Soria, sucursal urbana, número 20 (calle
Rúa, 20), de la cantidad de 3.500 pesetas, en concepto de
"Derechos de examen plazas de profesorado", adjuntando a la solicitud
uno de los ejemplares del recibo de ingreso en dicha cuenta e
indicando en el mismo el código de la plaza a la que se concursa.
3.3 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a instancia de los
interesados.
3.4 El domicilio que figura en las instancias se considerará
el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad
exclusiva del concursante tanto los errores en la consignación
del mismo como en la comunicación de cualquier cambio de dicho
domicilio.
4. Admisión de aspirantes
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector
de la Universidad de Salamanca, por cualquiera de los
procedimientos establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
remitirá a todos los aspirantes relación completa de admitidos
y excluidos, con indicación de las causas de exclusión. Contra
dicha Resolución que aprueba la lista de admitidos y excluidos
los interesados podrán presentar reclamación ante el Rector en
el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al
de la notificación de la relación de admitidos y excluidos.
5. Comisión de selección
5.1 Los integrantes de la Comisión de selección serán
designados de conformidad con lo establecido en los artículos 6.º y 7.º
del Real Decreto 1888/1984.
5.2 El nombramiento como miembro de la Comisión es
irrenunciable, salvo cuando concurra causa justificada o alguno de
los motivos de abstención previstos en el artículo 28 de la Ley
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
5.3 Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros
de la Comisión cuando concurra alguno de los motivos de
abstención previstos en el artículo 29 de la Ley de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
6. Desarrollo del concurso
6.1 El Presidente de la Comisión, dentro del plazo habilitado
reglamentariamente para la constitución, dictará una resolución
que deberá ser notificada a todos los interesados con una
antelación mínima de quince días naturales, respecto a la fecha del
acto para el que se le cita, convocando a:
a) A todos los miembros titulares de la Comisión y, en su
caso, a los suplentes necesarios para efectuar el acto de
constitución de la misma, para fijar y hacer públicos los criterios que
se utilizarán para la valoración equilibrada de las pruebas, así
como para determinar las demás especificaciones que sean
necesarias para la realización de las pruebas.
b) A todos los aspirantes admitidos a participar en el concurso
para realizar el acto de presentación de los concursantes y con
señalamiento del día, hora y lugar de celebración de dicho acto,
que no podrá exceder de dos días hábiles desde la constitución
de la Comisión.
6.2 Del acto de presentación:
a) En el acto de presentación los concursantes entregarán
al Presidente de la Comisión la documentación señalada en los
artículos 9.º y 10 del Real Decreto 1888/1984, de 26 de
septiembre, modificado por Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio,
en su caso, según se trate de concurso o concurso de méritos.
b) En el acto de presentación se determinará, mediante sorteo,
el orden de actuación de los aspirantes y se fijará el lugar, fecha
y hora de comienzo de las pruebas, las cuales deberán comenzar
en el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente
al acto de presentación.
6.3 De las pruebas:
6.3.1 Previamente a la realización de la primera prueba, cada
miembro de la Comisión entregará al Secretario de la misma un
informe razonado sobre los méritos alegados por cada uno de
los aspirantes.
a) La primera prueba, que será pública, consistirá en la
exposición oral por el concursante de los méritos alegados, y la defensa
del proyecto docente presentado, seguido en un debate con la
Comisión durante un tiempo máximo de tres horas.
Esta prueba tendrá carácter eliminatorio para todos aquellos
aspirantes que no obtengan, al menos, tres votos.
b) La segunda prueba, que será pública, consistirá:
Para Profesores titulares de Universidad y Catedráticos y
Profesores titulares de Escuela Universitaria, en la exposición oral
por el aspirante, durante un tiempo mínimo de cuarenta y cinco
minutos y máximo de una hora y media, de un tema relativo a
una especialidad del área de conocimiento a que corresponda la
plaza, elegido libremente por él mismo, seguido de un debate
con la Comisión, durante un tiempo máximo de tres horas, en
los términos establecidos en el artículo 9.5 del Real
Decreto 1888/1984.
Para Catedráticos de Universidad, consistirá en la exposición
oral por el aspirante, durante un tiempo máximo de dos horas,
de un trabajo original de investigación realizado por el aspirante
solo o en equipo, en este último caso como Director de la
investigación, lo que deberá quedará certificado por los miembros del
equipo, seguido de un debate con la Comisión, durante un tiempo
máximo de tres horas, sobre aquellos aspectos que considere
relevantes en relación con dicho trabajo.
6.3.2 Con carácter previo a la realización de esta prueba y
una vez calificada la primera, los aspirantes entregarán a la
Comisión un resumen del tema elegido, o del trabajo original de
investigación que vaya a ser expuesto oralmente.
6.3.3 Finalizadas las pruebas y antes de su calificación, la
Comisión o cada uno de sus miembros elaborará un informe sobre
la valoración que le merece cada concursante, de acuerdo con
los criterios previamente fijados por la Comisión.
7. De la propuesta
7.1 La propuesta para la provisión de plazas se realizará por
el sistema de votación en el plazo máximo de treinta días, a partir
de la fecha del comienzo de las pruebas. A estos efectos la
Comisión hará pública en el tablón de anuncios del Rectorado una
resolución formulando su propuesta y el voto de cada uno de
sus miembros.
7.2 Para la formulación de la propuesta la Comisión tendrá
en cuenta lo establecido en el artículo 11 del Real
Decreto 1888/1984.
7.3 Formulada la propuesta, el Secretario de la Comisión,
en el plazo de los siete días hábiles siguientes al de finalización
de sus actuaciones, entregará en el Servicio de Profesorado el
expediente administrativo del concurso, que incluirá los
documentos que se citan en el artículo 12 del Real Decreto 1888/1984.
7.4 Contra la propuesta de la Comisión los candidatos podrán
presentar reclamación en el plazo de quince días hábiles, ante
el Rector de la Universidad de Salamanca, excepto en el supuesto
de que no exista propuesta de provisión de plazas, actuándose
a continuación en los términos previstos en el artículo 14 del
Real Decreto 1888/1984.
8. Presentación de documentos
8.1 Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas
deberán presentar en el Registro General de la Universidad, en
el plazo de los quince días hábiles siguientes al de concluir la
actuación de la Comisión, por cualquiera de los medios
establecidos en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
los siguientes documentos:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad.
b) Certificación médica de no padecer enfermedad o defecto
físico o psíquico para el desempeño de las funciones
correspondientes a Profesor de Universidad, expedida por la Dirección
Provincial o Consejería, según proceda, competentes en materia de
sanidad.
c) Declaración jurada de no haber sido inhabilitado para el
ejercicio de la función pública, y de no haber sido separado de
la Administración del Estado, Institucional, Local o de la Seguridad
Social, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas,
en virtud de expediente disciplinario. En caso de no poseer la
nacionalidad española deberán acreditar no estar sometidos a
sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el
acceso a la función pública, mediante la presentación de los
documentos correspondientes, certificados por las autoridades
competentes de su país de origen.
Los documentos expedidos en el extranjero deberán ajustarse
a los requisitos siguientes:
a) Los documentos deberán ser oficiales, expedidos por las
autoridades competentes y legalizados por vía diplomática.
b) Los documentos deberán ir acompañados, en su caso, de
su correspondiente traducción oficial al castellano.
8.2 Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos
de carrera estarán exentos de justificar tales documentos y
requisitos, debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo
del que dependan, acreditativa de su condición de funcionarios
y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.
8.3 Los nombramientos propuestos por la Comisión serán
efectuados por el Rector de la Universidad de Salamanca.
8.4 En el plazo máximo de un mes, a contar desde el día
de la publicación de la Resolución en el "Boletín Oficial del Estado",
el aspirante propuesto deberá tomar posesión de su destino.
9. Norma final
La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos
administrativos se deriven de ésta y de la actuación de las Comisiones,
podrán ser impugnados ante el Rector, en los casos y en la forma
previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de acuerdo
con lo dispuesto en la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto,
de Reforma Universitaria, y el Real Decreto 1888/1984, de 26
de septiembre.
Salamanca, 1 de febrero de 1999.-El Rector, Ignacio Berdugo
Gómez de la Torre.
ANEXO I
1999DFCCM1
Resolución de 1 de febrero de 1999, de la Universidad de
Salamanca, por la que se convoca a concurso de méritos una
plaza de Profesor titular de Universidad, del área de
conocimiento de "Traducción e Interpretación"
Concurso de méritos
Código: G052/D15204. Categoría, cuerpo, escala y tipo:
Profesor titular de Universidad. Ded.: C08. Departamento: Traducción
e Interpretación. Área de conocimiento: "Traducción e
Interpretación".
Actividades a realizar por quien obtenga la plaza: Traducción
inglés/español. Facultad de Traducción y Documentación,
Salamanca. Total plazas convocadas: Una.
ANEXO: (Ver imágenes páginas 8101 a 8105).
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