Tras la aprobación de la relación de puestos de trabajo del
personal funcionario de Administración y Servicios de la
Universidad de Salamanca, por Resolución del Rectorado de fecha 6
de abril de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" del 29), resulta un
puesto de trabajo vacante, relacionado en el anexo I, cuya
provisión se estima necesaria.
Son de aplicación al presente concurso las siguientes normas:
La Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma
Universitaria, y por los Estatutos de esta Universidad, aprobados por
Real Decreto 678/1988, de 1 de julio, y de conformidad con lo
establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para
la Reforma de la Función Pública; la Resolución de 18 de febrero
de 1997, de la Universidad de Salamanca, por la que se aprueba
el baremo para la provisión de puestos de trabajo del personal
funcionario de administración y servicios (aprobado por Junta de
Gobierno y Consejo Social), y el Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración General del Estado y
de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de
los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado,
este último con carácter supletorio de la normativa específica
aplicable en la Universidad de Salamanca.
En su virtud, este Rectorado ha resuelto convocar la cobertura
del citado puesto vacante con arreglo a las siguientes
Bases de convocatoria
I. Requisitos y condiciones de participación
1.1 En este concurso podrán participar los funcionarios de
carrera pertenecientes a los Cuerpos o Escalas de los grupos A
y B de las Universidades públicas, del Estado o de las Comunidades
Autónomas, cualesquiera que sea su situación administrativa,
excepto la de suspensión firme de funciones. Se excluye al personal
sanitario, de Correos y Telecomunicaciones y de Instituciones
Penitenciarias.
1.2 De acuerdo con la nota sexta anexa a la relación de
puestos de trabajo aprobada el 6 de abril de 1998, la formación
específica en materia "Contable y Financiera", adecuada a la Gestión
Contable Universitaria, será requisito esencial y mínimo de
cobertura del puesto convocado y deberá acreditarse suficientemente
a juicio de la Comisión de valoración, como trámite previo a la
aplicación del baremo.
1.3 Los funcionarios en situación de servicio activo con
destino definitivo podrán participar siempre que hayan transcurrido
dos años desde la toma de posesión del último destino obtenido,
salvo las excepciones a que se refiere el apartado f) del artículo
20 de la Ley 30/1984.
II. Documentación a presentar por los aspirantes
2.1 Los interesados dirigirán sus solicitudes al magnífico y
excelentísimo señor Rector de la Universidad de Salamanca dentro
del plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente
al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial
del Estado" y las presentarán en el Registro General de la
Universidad de Salamanca o en las oficinas a que se refiere el artículo
38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2.2 Las solicitudes de participación deberán ajustarse al
modelo que figura como anexo II de esta convocatoria, y deberán
ir acompañadas de los documentos justificativos de los méritos
alegados, salvo que figuren en el expediente personal de los
interesados.
2.3 Los requisitos de participación deberán ser acreditados
mediante declaración jurada de los concursantes ajustada al
modelo que figura como anexo III.
III. Comisión de valoración
3.1 La propuesta de adjudicación del puesto de trabajo objeto
del presente concurso será efectuada por una Comisión compuesta
por:
El Gerente o persona en quien delegue, que actuará de
Presidente.
El Jefe del Servicio, o en su caso, el de la Sección al que
esté adscrito el puesto de trabajo. En su defecto, formará parte
de la Comisión un Jefe de Servicio por sorteo entre los existentes.
Dos miembros de la Junta de Personal de Administración y
Servicios.
Un miembro de la Universidad nombrado por el Rector.
Un funcionario del Área de Gestión de Personal Funcionario,
que actuará como Secretario y participará en la misma con voz
pero sin voto.
3.2 Corresponde a la Comisión de valoración interpretar y
aplicar el baremo.
IV. Méritos, tramitación y resolución del concurso
4.1 En lo no dispuesto por estas bases, la valoración de los
méritos y demás incidencias propios del concurso se ajustarán
a lo establecido en la Resolución de 18 de febrero de 1997 ("Boletín
Oficial del Estado" de 10 de marzo), de la Universidad de
Salamanca, por la que se aprueba el baremo para la provisión de
puestos de trabajo del personal funcionario de administración y
servicios y que se hace público en el tablón oficial de anuncios
de la Universidad de Salamanca durante el plazo de presentación
de instancias.
4.2 De acuerdo con el apartado 8.1 del baremo general, los
méritos relativos al grado personal, antigüedad y puestos de
trabajo desempeñados deberán ser acreditados mediante certificado
expedido por el Jefe de la Unidad de Personal, o equivalente,
de la Administración a la que el aspirante pertenece. Asimismo,
a los efectos de valorar el epígrafe 7.3.2 relativo al trabajo
desarrollado con anterioridad, según sus aptitudes, rendimientos y
eficacia, podrán adjuntarse cuantos informes de superiores
jerárquicos estime oportunos el aspirante, sin perjuicio de los que la
propia Comisión de valoración pueda recabar o de lo que pueda
inferirse del currículum del aspirante. Los restantes méritos,
particularmente los relativos a cursos y titulaciones sólo serán tenidos
en cuenta si el aspirante los invoca y acredita dentro del plazo
de presentación de solicitudes de participación.
4.3 De acuerdo con el artículo 7.3.1.A) del baremo general,
se establece como mérito específico los conocimientos y/o
experiencia en los sistemas de información contable SICAI o análogo.
Asimismo, de acuerdo con el artículo 7.3.6.A) del citado baremo
general se establece como mérito complementario la realización
de una memoria, no superior a tres folios, sobre el contenido
y exigencias del puesto a desarrollar, pudiendo la Comisión exigir
su defensa pública si lo estimase oportuno.
4.4 La puntuación mínima para la adjudicación de las plazas
vacantes de nivel 22 o superior será de 35 puntos.
4.5 La Comisión podrá declarar vacante el puesto de trabajo
en el supuesto de que los aspirantes al mismo no acrediten el
requisito de participación consistente en la formación específica
contable, o bien si tras la aplicación del baremo no alcanzasen
la puntuación mínima exigida.
4.6 En caso de quedar desierta la convocatoria, o si el
aspirante propuesto no tomase posesión en el plazo establecido, podrá
cubrirse el puesto de trabajo mediante comisión de servicios con
alguno de los aspirantes, hayan alcanzado o no la puntuación
mínima exigida. A este respecto, los solicitantes interesados
podrán hacer constar en la solicitud de participación su
disponibilidad para esta eventual comisión de servicios, sin perjuicio
de su derecho a manifestar con posterioridad, a la vista de las
condiciones de la misma que le sean ofertadas, su conformidad
o rechazo a la posible comisión de servicios.
4.7 La resolución del concurso se publicará en el "Boletín
Oficial del Estado" y se comunicará a la Administración a la que
pertenezca el funcionario adjudicatario del puesto de trabajo. Se
resolverá dentro de los dos meses siguientes al vencimiento del
plazo de presentación de instancias.
4.8 La presente convocatoria podrá ser impugnada de
acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, pudiendo interponerse recurso
contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia
de Castilla y León en el plazo de dos meses a contar desde la
publicación de la convocatoria.
Salamanca, 4 de febrero de 1999.-El Rector, Ignacio Berdugo
Gómez de la Torre.
ANEXO I
Plazas: Una. Puesto de trabajo: Jefe de Servicio. Unidad/
Centro: Servicio de Contabilidad y Presupuestos. Nivel: 26.
Adscripción grupo:AyB.Formación específica exigida: Contable
y Financiera. Complemento específico: 1.719.912. Dedicación
especial: 883.692.
Según figura en la relación de puestos de trabajo de personal
funcionario de administración y servicios, este puesto tiene
régimen de dedicación especial.
ANEXOS (ver imágenes páginas 8260 y 8261).
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