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Documento BOE-A-1999-4959

Resolución de 19 de octubre de 1998, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, de certificación, de conformidad con los requisitos reglamentarios, del siguiente producto fabricado por «Com-Gas, Sociedad Anónima», soplete a gas, con contraseña CGG-8011.

Publicado en:
«BOE» núm. 51, de 1 de marzo de 1999, páginas 8347 a 8347 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1999-4959

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña, la solicitud presentada por «Com-Gas, Sociedad Anónima», con domicilio social en Camí del Mig, sin número, Torrent Malent, municipio de Premià de Mar, provincia de Barcelona, para la certificación, de conformidad con los requisitos reglamentarios, del siguiente producto fabricado por «Com-Gas, Sociedad Anónima», en su instalación industrial ubicada en Premià de Mar (Barcelona), soplete a gas.

Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya certificación, de conformidad con los requisitos reglamentarios, se solicita y que el Laboratorio General de Ensayos e Investigaciones, mediante dictamen técnico con clave 97011892/005, y la «Entidad de Inspección y Control ECA, Sociedad Anónima», por certificado con clave 1085NR, ha hecho constar que el tipo o modelo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por el Real Decreto 494/1988, de 20 de mayo («Boletín Oficial del Estado» del 25), y modificaciones posteriores, la Orden de 7 de junio de 1988, por la cual se aprueba, entre otras, la ITC-MIE-AG9 (placa de características); la Orden de 15 de diciembre de 1988, por la cual se aprueba, entre otras, al ITC-MIE-AG20 (aparatos no incluidos en una ITC específica), y por el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 6 de febrero de 1996), modificado por el Real Decreto 411/1997, de 21 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 26 de abril).

De acuerdo con lo establecido en las referidas disposiciones, y con la Orden del Departamento de Industria y Energía, de 5 de marzo de 1986, de asignación de funciones en el campo de la homologación y la aprobación de prototipos, tipos y modelos, modificada por la Orden de 30 de mayo de 1986, he resuelto:

Certificar el tipo del citado producto, con la contraseña de certificación CGG-8011.

Definir, por último, como características técnicas para cada marca y modelos certificados las que se indican a continuación:

Características comunes a todas las marcas y modelos:

Características: Primera. Descripción: Tipo de combustible. Unidades.

Características: Segunda. Descripción: Presión de funcionamiento. Unidades: mbar.

Descripción: Tercera. Descripción: Potencia nominal. Unidades: Kw.

Valor de las características para cada marca y modelo:

Marca y modelo: WELDING 240.157.

Características:

Primera: Butano y/o propano.

Segunda: Directa.

Tercera: 55 (con butano) y 74 (con propano).

Esta certificación, de conformidad con los requisitos reglamentarios, se efectúa en relación con las disposiciones que se citan, y por tanto, el producto deberá cumplir cualquier otro Reglamento o disposición que le sea aplicable. La vigencia de esta certificación será indefinida, salvo que se publique cualquier disposición que derogue o modifique la normativa legal aplicable en la fecha de la certificación.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.

Esta Resolución de certificación solamente puede ser reproducida en su totalidad.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso ordinario ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de recepción de esta Resolución, sin perjuicio de interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 19 de octubre de 1998.‒El Director general, P. D. (Resolución de 7 de octubre de 1996, «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» de 13 de noviembre), el Jefe del Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar Guevara.

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