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El centro "San Juan de la Cruz", sito en calle Valladolid, 3, de Burgos,
tenía concierto educativo para cinco unidades de la Rama de Servicios
en Formación Profesional de primer grado: Una unidad para el ciclo
formativo de grado medio: Gestión Administrativa; cuatro unidades de la
Rama de Servicios para Programas de Garantía Social; nueve unidades
de la Rama Administrativa-Delineación en Formación Profesional de
segundo grado; una unidad de la Rama Administrativa-Delineación para el ciclo
formativo de grado superior: Gestión Comercial y Marketing y una unidad
de la Rama Administrativa-Delineación para Bachillerato: Primer curso
de la modalidad: Humanidades y Ciencias Sociales, en base a lo establecido
en la Orden de 9 de mayo de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" del 14),
por la que se resuelve la renovación y el acceso al régimen de conciertos
educativos de los centros docentes privados para el curso 1997-98.
Por Orden de 26 de mayo de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" de
2 de junio), por la que se resuelven los expedientes de modificación de
los conciertos educativos de los centros docentes privados para el curso
1998-99, se aprueba concierto educativo al citado centro para dos unidades
de la Rama de Servicios en Formación Profesional de primer grado; cuatro
unidades para los ciclos formativos de grado medio: Comercio, Cuidados
Auxiliares de Enfermería, Gestión Administrativa, y primer curso
Peluquería; tres unidades de la Rama de Servicios para los Programas de
Garantía Social: Auxiliar de Ayuda a Domicilio y Residencias Asistidas, Servicios
Auxiliares de Oficina y Transporte Sanitario; ocho unidades de la Rama
Administrativa-Delineación en Formación Profesional de segundo grado;
una unidad de la Rama Administrativa-Delineación para el ciclo formativo
de grado superior: Gestión Comercial y Marketing, y tres unidades de
la Rama Administrativa-Delineación para Bachillerato: Primer y segundo
cursos de la modalidad Humanidades y Ciencias Sociales, y primer curso
de la modalidad Ciencias de la Naturaleza y de la Salud.
De acuerdo con el informe favorable emitido por la Dirección Provincial
del departamento en Burgos, una vez analizados los datos de escolarización
del actual curso escolar 1998-99, teniendo en cuenta que el centro tiene
en los ciclos formativos de grado medio: Comercio, Cuidados Auxiliares
de Enfermería, y primer curso de Peluquería, tres, nueve y seis alumnos
matriculados, respectivamente, y en primer curso del Bachillerato,
modalidades: Humanidades y Ciencias Sociales y Ciencias de la Naturaleza y
de la Salud, cinco y siete alumnos matriculados, respectivamente, procede
la disminución de cinco unidades concertadas.
Habiendo comunicado a la titularidad del centro que procedía la
modificación del concierto educativo suscrito y vistas las alegaciones formuladas
en el plazo legalmente establecido,
Este Ministerio ha dispuesto:
Primero.-Aprobar la disminución de cinco unidades concertadas en
Formación Profesional al centro "San Juan de la Cruz", sito en calle
Valladolid, 3, de Burgos, quedando establecido concierto educativo para las
unidades, cursos y enseñanzas que a continuación se indican:
Dos unidades de la Rama de Servicios en Formación Profesional de
primer grado.
Una unidad para el ciclo formativo de grado medio: Gestión
Administrativa.
Tres unidades para los Programas de Garantía Social:
Auxiliar de Ayuda a Domicilio y Residencias Asistidas.
Servicios Auxiliares de Oficina.
Transporte Sanitario.
Ocho unidades de la Rama Administrativa-Delineación en Formación
Profesional de segundo grado.
Una unidad de la Rama Administrativa-Delineación para el ciclo
formativo de grado superior: Gestión Comercial y Marketing.
Una unidad de la Rama Administrativa-Delineación para el primer curso
del Bachillerato, modalidad: Humanidades y Ciencias Sociales.
Segundo.-Por la Dirección Provincial del Departamento en Burgos se
tomarán las medidas oportunas para escolarizar, en las mismas condiciones
de gratuidad, a los alumnos que se encuentran actualmente matriculados
en el centro en el ciclo formativo de grado medio: Comercio, Cuidados
Auxiliares de Enfermería y primer curso de Peluquería y en los primeros
cursos del Bachillerato, modalidades: Ciencias de la Naturaleza y de la
Salud y Humanidades y Ciencias Sociales.
Tercero.-La Dirección Provincial de Educación y Cultura notificará
al titular del centro el contenido de esta Orden, así como la fecha, lugar
y hora en que deberá firmarse la modificación del concierto en los términos
que por la presente se acuerda.
Cuarto.-Dicha modificación se formalizará mediante diligencia firmada
por el Director provincial de Burgos y el titular del centro o persona
con representación legal debidamente acreditada.
Entre la notificación y la firma de la misma, deberá mediar un plazo
mínimo de cuarenta y ocho horas.
Quinto.-Si el titular del centro concertado, sin causa justificada no
suscribiese el documento de la modificación en la fecha establecida, la
Administración procederá a realizarla de oficio, sin perjuicio de la posible
aplicación al centro de lo dispuesto en los artículos 61 y 62 de la Ley
Orgánica 8/1985 y 52 del Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos
Educativos.
Sexto.-La modificación que por esta Orden se aprueba tendrá efectos
a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del
Estado".
Séptimo.-Esta Resolución es definitiva en la vía administrativa, y
contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme
a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66
de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción
dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses,
a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Madrid, 12 de febrero de 1999.-P. D. (Orden de 17 de junio de 1996,
"Boletín Oficial del Estado" del 19), el Secretario general de Educación
y Formación Profesional, Roberto Mur Montero.
Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.
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