Existiendo plazas vacantes del grupo A y otras plazas de
adscripción indistinta a los gruposAyBdelasEscalas de funcionarios
de la Universidad de Sevilla, ocupadas por funcionarios
pertenecientes a la Escala B, a fin de facilitar la promoción profesional
y, en lo posible, el mantenimiento de los puestos de trabajo, de
acuerdo con el artículo 22 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,
y el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y de conformidad
con los acuerdos suscritos con las secciones sindicales CC.OO.,
UGT y CSIF en fechas 30 de enero de 1997y7deseptiembre
de 1998;
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 194 y
concordantes de los Estatutos de la Universidad de Sevilla, aprobados
por Decreto 148/1988, de 5 de abril,
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 18 de la Ley de Reforma Universitaria, ha
resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala
de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad
de Sevilla, con sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Características generales. Plazas convocadas
Se convocan pruebas selectivas para cubrir cuatro plazas, por
el sistema de promoción interna, que se regirán por lo dispuesto
en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de
la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de
julio; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio
de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos
de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles
de la Administración General del Estado; el Decreto 148/1988,
de 5 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la
Universidad de Sevilla, y por las bases que establece esta convocatoria,
particularmente por lo dispuesto en el anexo I de esta
convocatoria.
La distribución de dichas plazas será la siguiente:
Especialidad: Bibliotecas Universitarias.
De las cuatro plazas convocadas, tres serán cubiertas dentro
de la especialidad de Bibliotecas, de acuerdo a lo que se establece
en el apartado 3.A del anexo I de estas bases y en el anexo II.
Especialidad: Archivos Universitarios.
Una de ellas será cubierta dentro de la especialidad de Archivos,
de acuerdo a lo que se establece en el apartado 3.B del anexo I
de estas bases y en el anexo III.
El interesado en la solicitud habrá de hacer constar la opción
preferida, utilizando para ello el recuadro numerado como 4A
del impreso. Sólo podrá optarse a una de las especialidades,
entendiendo que la no constatación expresa de opción implicará la
preferencia de la primera de las citadas alternativas.
2. Requisitos de los aspirantes
2.1 Para ser admitidos a la realización de estas pruebas los
aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español u ostentar la condición de nacional de un
Estado miembro de la Comunidad Europea.
b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad.
c) Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero,
Arquitecto o equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo en la
fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.
d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de cualesquiera de las Administraciones públicas, ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
e) Pertenecer el día de la finalización del plazo de presentación
de solicitudes a un Cuerpo o Escala adscrito al grupo B del
artículo 25 de la Ley 30/1984, encontrarse en situación de servicio
activo con destino en la Universidad de Sevilla y poseer una
antigüedad de, al menos, dos años en aquel Cuerpo o Escala.
A estos efectos, se consideran asimilados a la situación de activo
la excedencia por cuidados de hijos y la de servicios especiales,
y se computarán los servicios prestados y reconocidos, al amparo
de la Ley 70/1978, en dicho Cuerpo o Escala.
2.2 Todos los requisitos enumerados en los apartados
anteriores deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de
presentación de solicitudes y gozar de los mismos hasta la toma
de posesión como funcionarios de carrera.
3. Solicitudes
3.1 Modelo de solicitud.-Quienes deseen tomar parte en
estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia, cuyo
modelo se reproduce en el anexo V, que será facilitada
gratuitamente en el Rectorado de la Universidad de Sevilla. A la instancia
se acompañará una fotocopia del documento nacional de
identidad.
En dicha solicitud (apartado 4.A) deberán hacer constar la
especialidad por la que optan.
3.2 Centros de recepción de solicitudes.-La presente
convocatoria se publicará tanto en el "Boletín Oficial del Estado" como
en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía", computándose el
plazo que se cita a continuación a partir de la publicación de
la convocatoria en aquél. La presentación de solicitudes se hará
en el Registro General del Rectorado de la Universidad de
Sevilla, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del
siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado",
y se dirigirán al excelentísimo señor Rector magnífico de la
Universidad de Sevilla.
3.3 Minusválidos. Adaptaciones.-Los aspirantes con
discapacitación deberán solicitar, expresándolo en el recuadro
correspondiente, las posibles adaptaciones de tiempo y medio para la
realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
3.4 Certificado de méritos.-Los aspirantes por el sistema de
promoción interna deberán presentar, unida a su solicitud,
certificación expedida por el Servicio de Personal de Administración
y Servicios de la Universidad de Sevilla, en la que se haga constar,
al menos, los siguientes extremos: Antigüedad reconocida, grado
personal consolidado y nivel de complemento de destino
correspondiente al puesto de trabajo desempeñado. Asimismo, se
certificará el puesto de trabajo que se desempeña con carácter
definitivo.
3.5 Subsanación de errores.-Los errores de hecho que
pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio
o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Relación de admitidos y excluidos.-Expirado el plazo de
presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Sevilla
dictará Resolución, que se publicará en el "Boletín Oficial del
Estado", en el plazo máximo de un mes, en la que, además de declarar
aprobada la lista de admitidos y excluidos, se recogerá el lugar
y la fecha de comienzo de los ejercicios, así como la relación
de los aspirantes excluidos, con indicación de las causas de
exclusión.
En dichos listados deberá constar, en todo caso, los apellidos,
nombre y número del documento nacional de identidad.
4.2 Plazo de subsanación.-Los aspirantes excluidos
dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente
de la publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto
que haya motivado la exclusión.
5. Tribunales
5.1 Composición.-El Tribunal calificador de estas pruebas
estará formado por el Rector de la Universidad de Sevilla o persona
en quien delegue, quien ostentará la Presidencia del mismo; por
cinco funcionarios, designados por el Rector, de los cuales dos
a propuesta de las organizaciones sindicales más representativas;
un representante de la Secretaría de Estado para la Administración
Pública; otro de la Secretaría de Estado de Universidades, y otro
de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía.
Dado el complejo mecanismo de nombramiento de miembros de
los Tribunales de Selección previstos en los Estatutos de la
Universidad de Sevilla, resulta conveniente hacer uso de la posibilidad
prevista en el artículo 11 del Real Decreto 364/1995, acordándose
que los nombres y demás datos de los miembros del Tribunal
se harán públicos mediante Resolución del Rector al mismo tiempo
que se exponga las listas de admitidos y excluidos a que se refiere
la base 4.1.
Los componentes del Tribunal serán funcionarios de carrera,
y deberán poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido
para el ingreso en esta Escala.
El Tribunal no podrá estar mayoritariamente integrado por
funcionarios del mismo Cuerpo o Escala objeto de selección.
5.2 Abstención y recusación.-Los miembros del Tribunal
deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la
Universidad de Sevilla, cuando concurran en ellos circunstancias
de las previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre.
El Presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias
previstas en dichos artículos, habiendo de constar por escrito la
inexistencia de dicha circunstancia.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran algunas de dichas circunstancias.
5.3 Cambio en la composición.-Con anterioridad a la
iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante
publicará Resolución por la que se nombre a los nuevos miembros
del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su
condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4 Constitución.-Previa convocatoria del Presidente, se
constituirá el Tribunal, con asistencia obligada de Presidente y
Secretario y de la mitad, al menos, de sus miembros.
Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de
treinta días, a partir de su designación, y mínimo de diez días
antes de la realización del primer ejercicio.
En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que
le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 Sesiones.-A partir de su constitución, y para el resto
de las sesiones, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá
la misma mayoría indicada en el apartado anterior de sus
miembros, titulares o suplentes.
5.6 Actuación del Tribunal durante el proceso.-Dentro de
la fase de oposición, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran
surgir en la aplicación de estas normas, acordando las medidas
necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén previstas
en la presente convocatoria.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará, en todo
momento, a lo dispuesto en la normativa procedimental.
5.7 Asesores.-El Tribunal podrá disponer de la incorporación
a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas
correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose
dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades
técnicas.
5.8 Garantía de corrección de ejercicios.-El Presidente del
Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los
ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban
ser leídos ante el Tribunal sean corregidos sin que se conozca
la identidad de los aspirantes.
5.9 Información a los participantes.-A efecto de
comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la
Universidad de Sevilla, calle San Fernando, número 4,
teléfonos 95 455 10 70 ó 95 455 10 67.
El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos, una persona,
miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.10 Categoría.-El Tribunal que actúe en estas pruebas
selectivas tendrá la categoría primera de las recogidas en el anexo IV
del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del
Estado" del 19).
5.11 Declaración de aprobados.-En ningún caso el Tribunal
podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas
un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas.
Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido
será nula de pleno Derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 Acreditación de la identidad.-En cualquier momento los
aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal
con la finalidad de acreditar su personalidad.
6.2 Llamamiento único.-Los aspirantes serán convocados
para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de
la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza
mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el
Tribunal.
6.3 Publicación de fechas de ejercicios.-La fecha y lugar de
realización del primer ejercicio se publicará junto con la relación
de admitidos y excluidos.
La fecha y lugar de celebración del segundo ejercicio se
publicará por el Tribunal mediante anuncio en el Rectorado y por
cualesquiera otros medios, si se juzga conveniente para facilitar su
máxima divulgación, con veinticuatro horas, al menos, de
antelación a la señalada para la iniciación del mismo.
6.4 Exclusión de participantes.-En cualquier momento del
proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que
alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos
por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado,
deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de
Sevilla, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades
formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas
selectivas, a los efectos procedentes.
7. Relación de aprobados
7.1 Publicación.-Finalizadas las pruebas selectivas, el
Tribunal hará pública, en el Rectorado y en aquellos otros lugares
que estime oportuno, la relación de aspirantes aprobados, por
orden de puntuación alcanzada, con indicación de su documento
nacional de identidad. Dicha relación contendrá la puntuación
obtenido en fase de concurso y de oposición, desglosando esta
última en cada uno de los ejercicios celebrados.
Dicha relación será sometida al Rector de la Universidad de
Sevilla, para su conformidad, remitiéndose para su publicación
en el "Boletín Oficial del Estado".
El número de aprobados en las pruebas selectivas no podrá
ser superior al de plazas convocadas.
8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios
8.1 Documentación a presentar.-En el plazo de veinte días
naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hicieron
públicas las listas de aprobados en el "Boletín Oficial del Estado",
los opositores aprobados deberán presentar, en la Sección de
Selección de Personal de Administración y Servicios y Acción
Social de la Universidad de Sevilla, la documentación necesaria
para proceder al nombramiento como funcionario de la Escala
de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos que no se
encuentre suficientemente acreditada en su expediente.
8.2 Anulación de las actuaciones.-Quienes, dentro del plazo
fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen
de alguno de los requisitos señalados en la base 2.1, no podrán
ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones,
sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por
falsedad en la solicitud inicial.
8.3 Destinos.-La petición de destinos por parte de los
aspirantes aprobados deberá realizarse ante el Rectorado de la
Universidad de Sevilla, previa oferta de los mismos.
A estos efectos, serán ofrecidos a los participantes aprobados
en el proceso selectivo la relación de plazas a cubrir, siendo el
orden de prioridad el de puntuación establecido en la relación
de aprobados.
Tendrán, no obstante, preferencia para confirmar sus puestos,
aquellos funcionarios que vinieran desempeñando alguno de doble
adscripción que integrara la oferta de destinos, al amparo de lo
establecido en el artículo 78.2 del Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo. De corresponderle algún otro puesto, en función de
la puntuación alcanzada, el que venía desempeñando pasará a
integrar la mencionada oferta de destinos.
8.4 Nombramientos.-Por la autoridad convocante, a
propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de
funcionario de carrera, mediante Resolución que se publicará en
el "Boletín Oficial del Estado".
9. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser
impugnados, en los casos y en las formas establecidas por la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, pudiendo interponer contra
la presente Resolución recurso contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses, conforme a lo dispuesto en el artículo 58
de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
comunicando previamente su interposición a este Rectorado, según el
artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Sevilla, 9 de diciembre de 1998.-El Rector, Miguel Florencio
Lora.
ANEXO I
1. Sistema selectivo
El sistema de selección será el de concurso-oposición,
consistiendo el concurso en la valoración de los méritos, según el
baremo que más adelante se reproduce, y la oposición en la
superación de las pruebas que asimismo se relacionan.
El resultado de la fase de concurso se publicará con un mes
de antelación, al menos, respecto de la celebración de las pruebas.
El primer ejercicio de la fase de oposición no tendrá lugar,
en ningún caso, antes del día 1 de marzo de 1999.
2. Fase de concurso
En esta fase se valorarán los méritos que se indican,
computándose a fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes:
a) Antiguedad: La antigüedad del funcionario en Cuerpos o
Escalas del grupo B, a que se refiere la base 2.1, se valorará
teniendo en cuenta los servicios prestados reconocidos al amparo
de la Ley 70/1978, asignándose a cada año completo de servicio
efectivo una puntuación de 0,20 puntos, hasta un máximo de 3
puntos.
Las fracciones de tiempo inferior a un año serán contabilizadas
de la siguiente forma:
Superior a tres meses e inferior a seis: 0,05 puntos.
Superior a seis meses e inferior a nueve: 0,10 puntos.
Superior a nueve meses: 0,15 puntos.
b) Grado personal: El grado personal consolidado se valorará
conforme a la siguiente escala:
Grado de nivel 26: 4 puntos.
Grados de niveles 24-25: 3,5 puntos.
Grados de niveles 22-23: 3 puntos.
Grados de niveles 20-21: 2,5 puntos.
c) Puesto de trabajo: Se valorará el nivel de complemento
de destino correspondiente al puesto de trabajo que se desempeñe
como titular en la fecha señalada en las bases anteriores, según
la siguiente escala:
Nivel de complemento de destino 26: 6 puntos.
Nivel de complemento de destino 24: 5,5 puntos.
Nivel de complemento de destino 23: 5 puntos.
Nivel de complemento de destino 22: 4,5 puntos.
Nivel de complemento de destino 21: 4 puntos.
d) Cursos de formación: Se valorarán los cursos de formación
impartidos por centros u organismos públicos que versen sobre
materias directamente relacionadas con las funciones propias de
las Bibliotecas Universitarias, siempre que el programa o
contenido del curso sea de nivel igual o superior al del programa
mínimo exigido para el ingreso en la Escala a la que aspira, a
razón de 0,03 puntos por hora, si los cursos son organizados
por la Universidad de Sevilla, y a razón de 0,02 puntos si son
organizados por otra Administración pública. Hasta 3 puntos.
e) Titulación: Se valorarán titulaciones superiores a la exigida,
a razón de 0,5 puntos por nivel académico superior, con un
máximo de 1 punto.
2.1 Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán
a la puntuación final de la fase de oposición, a efectos de establecer
el orden definitivo de aspirantes aprobados. La puntuación de
esta fase no podrá ser aplicada para superar los ejercicios de la
oposición.
3. Fase de oposición
3.A Especialidad: Bibliotecas Universitarias
La fase de oposición consistirá en la realización de cuatro
ejercicios de carácter eliminatorio:
a) El primer ejercicio consistirá en el desarrollo por escrito
de tres temas relacionados con el programa de materias que figura
como anexo II de la convocatoria. A estos efectos, serán propuestos
por el Tribunal dos temas de cada grupo en que aquél se divide,
y los candidatos habrán de seleccionar uno de cada uno de ellos.
La duración de este ejercicio será de cuatro horas.
b) El segundo ejercicio consistirá en la traducción de un texto
profesional en inglés o francés, mínimo 700 palabras, que
proporcionará el Tribunal.
La duración del ejercicio será de dos horas.
Será permitido el uso de diccionario.
A estos efectos, el candidato, en el recuadro numerado
como 4.B del impreso de solicitud, habrá de hacer constar su
opción. De no indicarse nada, se entenderá que opta por inglés.
c) El tercer ejercicio consistirá en la defensa oral y entrevista
con el Tribunal, durante un máximo de treinta minutos, sobre
una Memoria en la que se desarrollará un proyecto de planificación
de una Biblioteca Universitaria en las siguientes áreas orientativas:
Formación y mantenimiento de las colecciones, gestión del
proceso técnico, servicios de la Biblioteca, gestión de recursos
humanos y económicos, evaluación de servicios, formación de usuarios
e instalaciones.
Dicha Memoria se habrá entregado al Tribunal en el momento
de la presentación del aspirante a las pruebas del segundo
ejercicio.
d) El cuarto ejercicio consistirá en la resolución y exposición,
por escrito, de un supuesto práctico, relacionado con el contenido
íntegro del programa que se hace constar en el anexo II.
El opositor dispondrá de un plazo máximo de cuatro horas
para la preparación del tema, pudiendo utilizar los textos, libros
y apuntes que considere necesarios, bien aportados por él mismo,
bien los existentes en la Biblioteca del centro en que, a criterio
del Tribunal, haya de realizarse dicha prueba.
3.B Especialidad: Archivos Universitarios
La fase de oposición consistirá en la realización de cuatro
ejercicios de carácter eliminatorio:
a) El primer ejercicio consistirá en el desarrollo por escrito
de tres temas relacionados con el programa de materias que figura
en el anexo III de la convocatoria. A estos efectos, serán propuestos
por el Tribunal dos temas de cada grupo en que aquél se divide,
y los candidatos habrán de seleccionar uno de cada uno de ellos.
La duración de este ejercicio será de cuatro horas.
b) El segundo ejercicio consistirá en la traducción de un texto
profesional en inglés o francés, mínimo 700 palabras, que
proporcionará el Tribunal.
La duración de este ejercicio será de dos horas.
Será permitido el uso de diccionario.
A estos efectos, el candidato, en el recuadro numerado
como 4.B del impreso de solicitud, habrá de hacer constar su
opción. De no indicarse nada, se entenderá que opta por inglés.
c) El tercer ejercicio consistirá en la defensa oral y entrevista
con el Tribunal, durante un máximo de treinta minutos, sobre
una Memoria en la que se desarrollará un proyecto de planificación
de un Archivo Universitario en las siguientes áreas orientativas:
Medidas de conservación documental, adecuación de los
edificios e instalaciones a las necesidades de los archivos, planes
de organización y descripción de fondos, planes de valoración
y selección de documentación contemporánea, elaboración de un
censo de los archivos de oficina de la Universidad, evaluación
archivística de los documentos en soporte electrónico, directrices
para un Reglamento del archivo de la Universidad y planes de
expurgo.
Dicha Memoria se habrá entregado al Tribunal en el momento
de la presentación del aspirante a las pruebas del segundo
ejercicio.
e) El cuarto ejercicio consistirá en la resolución y exposición,
por escrito, de un supuesto práctico, relacionado con el contenido
íntegro del programa que se hace constar en el anexo III.
El opositor dispondrá de un plazo máximo de cuatro horas
para la preparación del tema, pudiendo utilizar los textos, libros
y apuntes que considere necesarios, bien aportados por él mismo,
bien los existentes en la Biblioteca del centro en que, a criterio
del Tribunal, haya de realizarse dicha prueba.
4. Valoración de los ejercicios
Los ejercicios serán valorados de0a10puntos, siendo preciso
obtener, como mínimo, 5 puntos para superarlo.
ANEXO II
Programa
O PCIÓN B IBLIOTECAS U NIVERSITARIAS
1. Biblioteconomía
1. Bibliotecas universitarias. Concepto y función.
2. Las Bibliotecas universitarias en España.
3. La Biblioteca de la Universidad de Sevilla.
4. Planificación, organización del espacio y equipamiento de
Bibliotecas universitarias.
5. Gestión de la colección bibliográfica: Selección y
adquisición de libros, publicaciones periódicas y fondos especiales en
las Bibliotecas universitarias. Criterios para su formación y
mantenimiento y evaluación.
6. Gestión de la colección bibliográfica: Proceso técnico de
libros, publicaciones periódicas y fondos especiales en las
Bibliotecas universitarias. Normalización y criterios de mantenimiento
y evaluación de catálogos.
7. Los formatos bibliográficos en la actualidad. Los formatos
MARC, variedades geográficas y de aplicación (autoridades,
referencias bibliográficas, fondos).
8. Planificación, control, evaluación, difusión y promoción de
los servicios bibliotecarios.
9. Gestión y administración de las Bibliotecas universitarias:
Recursos financieros y humanos.
10. Tendencias actuales en automatización bibliotecaria
mediante sistemas integrados y panorama actual de la
automatización de Bibliotecas en España.
11. La cooperación bibliotecaria: Sistemas y redes de
Bibliotecas universitarias en España y en el mundo.
12. Planificación estratégica, dirección por objetivo, gestión
de calidad en Bibliotecas universitarias.
2. Bibliografía
1. Referencia e información bibliográfica en Bibliotecas
universitarias.
2. Fuentes generales de información.
3. Fuentes de información para la identificación y localización
de impresos antiguos.
4. Fuentes de información en Ciencias Sociales.
5. Fuentes de información en Humanidades.
6. Fuentes de información en Ciencia y Tecnología.
7. Fuentes de información en Biomedicina.
8. Catálogos de las grandes Bibliotecas. Catálogos colectivos.
Acceso a OPAC,S.
9. Control bibliográfico y acceso a la literatura gris, normas,
patentes, tesis, informes, preprints, información y documentación
comercial y empresarial, etc.
10. Legislación estatal y andaluza sobre patrimonio artístico,
bibliográfico y documental.
11. Los derechos de autor. Los Convenios internacionales y
la legislación española.
3. Documentación
1. Análisis documental. Indización.
2. Lenguajes documentales.
3. Thesaurus. Elementos, construcción y mantenimiento.
4. El CD-ROM y los soportes ópticos y multimedia.
5. Nociones generales de teleinformática, redes de
ordenadores, interconexión de sistemas, familias de protocolos.
6. Internet: Desarrollo, funcionamiento, organización, acceso
y utilidad. Aplicación en Bibliotecas universitarias.
7. Servicios teleinformáticos básicos y avanzados.
Aplicaciones en información y documentación.
8. Mayoristas de información y documentación en el mundo:
Grandes suministradores de información referencial, documentos,
etcétera. Clasificación de organizaciones y principales ejemplos.
9. Implicaciones sociales y culturales de las innovaciones
tecnológicas en información y documentación: La Biblioteca
universitaria ante la sociedad de la información.
10. Acceso al documento original. Técnicas de reproducción
del documento: Su aplicación en Bibliotecas y centros de
documentación.
ANEXO III
Programa
O PCIÓN A RCHIVOS U NIVERSITARIOS
Régimen jurídico
1. El ordenamiento jurídico-administrativo: El ordenamiento
jurídico-administrativo. La Constitución. La Ley. El Derecho
comunitario. El Tribunal Constitucional.
2. El ordenamiento jurídico-administrativo: El Reglamento.
Relaciones Ley-Reglamento. Ordenamiento estatal y
ordenamientos autonómicos. Los actos administrativos.
3. El documento en el ordenamiento jurídico: El concepto
de documento. Documento público y documento privado. Clases
de documentos.
4. El documento en el ordenamiento jurídico: El documento
en el Derecho positivo español. Valor y eficacia: Derecho notarial,
Derecho judicial, Derecho hipotecario, Derecho civil, Derecho
penal, Derecho mercantil.
5. El registro en el ordenamiento jurídico: Los registros de
"status". Los registros de actos y derechos de sujetos privados.
Los registros administrativos.
6. El documento en la legislación de patrimonio histórico:
La Constitución española. Convenios internacionales y Unión
Europea. Legislación del Estado: La Ley 16/1985, de 25 de junio,
del Patrimonio Histórico Español. Concepto de documento y de
patrimonio documental. El tratamiento documental. Otras
disposiciones estatales.
7. El documento en la legislación de patrimonio histórico:
Legislación autonómica.
8. El documento en la legislación administrativa: La Ley
30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común. Derechos de los
ciudadanos. Incorporación de medios técnicos.
9. El documento en la legislación informática. La protección
de datos de carácter personal: El marco constitucional e
internacional. La Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de
Regulación del Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter
Personal. Definiciones y naturaleza de los datos. Derechos de las
personas. El Registro General de Protección de Datos. El Real
Decreto 263/1996, de 16 de febrero, por el que se regula la
utilización de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por
la Administración General del Estado.
10. Los documentos en la legislación de información y
propiedad intelectual: El documento en la legislación de información:
Disposiciones básicas; acceso a la información. El documento en
la legislación sobre propiedad intelectual; el Real Decreto
legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.
Archivística
1. Archivos universitarios. Los archivos universitarios en
España.
2. El archivo de la Universidad de Sevilla.
3. Organización archivística española.
4. El documento de archivo.
5. La identificación de los fondos. Su metodología. Sistemas
de clasificación y ordenación. Instrumentos resultantes.
6. Valoración y selección de fondos. Su metodología.
Transferencias y expurgos. Instrumentos resultantes.
7. Descripción de fondos. Su metodología. Instrumentos
resultantes.
8. La informática aplicada a los archivos.
9. Soportes documentales: Tipos y causas fisico-químicas,
biológicas y ambientales de alteración. Restauración de
documentos.
10. La producción documental en nuevos soportes.
Repercusión en los archivos.
11. El archivo como centro de conservación: Edificio,
depósitos e instalaciones. Medidas de prevención y corrección de
agentes degradantes ambientales.
12. La archivística y el tratamiento de fondos
contemporáneos. Modelos existentes en el mundo: "Récord management",
"prearchivage", "registratur" y tradición española.
Diplomática
1. Paleografía y Diplomática: Evolución, objeto y método.
2. La Paleografía y la Diplomática como ciencias auxiliares
de la Historia. Su relación con otras ciencias auxiliares.
3. Concepto de documento: Su clasificación.
4. Génesis del documento: "Actio" y "conscriptio". El "iter"
documental.
5. Los caracteres internos del documento.
6. Los caracteres externos del documento.
7. Tradición documental.
8. Documento contemporáneo: Sus características.
9. Las nuevas tecnologías y su incidencia en la Diplomática
contemporánea.
10. Tipología del documento administrativo.
11. La autenticidad, la intimidad y la permanencia en el
documento electrónico.
ANEXO IV
Declaración jurada
Don/doña .......................................................................,
con domicilio en ....................................................................
y documento nacional de identidad número ...............
Declara, bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado
funcionario de la Escala ................................. de la Universidad
de Sevilla, que no ha sido separado del servicio de ninguna de
las Administraciones públicas y que no se halla inhabilitado para
el ejercicio de las funciones públicas.
En ..................... a .......... de ..................... de 1999.
Modelo de solicitud (ver imagen página 995)
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