Por Orden de 19 de noviembre de 1998 ("Boletín Oficial del
Estado" de 5 de diciembre), corrección de erratas en "Boletín Oficial
del Estado" de 19 de diciembre, corrección de errores por Orden de
16 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 23), corrección
de error en "Boletín Oficial del Estado" de 24 de diciembre, se
convocó concurso de méritos referencia, G6/98, para la provisión
de puestos de trabajo vacantes en el Departamento, y de acuerdo
con lo previsto en la base décima de dicha convocatoria, así como
en el artículo 47.1 del vigente Reglamento General de Ingreso
del Personal al Servicio de la Administración General del Estado
y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional
de los Funcionarios Civiles de la Administración General del
Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, en
lo que se refiere al plazo de resolución del presente concurso,
y habiéndose cumplido cuantos requisitos y procedimientos se
establecen en las bases de la convocatoria mencionada, que
recogen lo prevenido en el mencionado Reglamento General de 10
de marzo de 1995, sobre plazo de presentación de instancias,
examen de las mismas, valoración de méritos alegados según
baremo establecido y previa propuesta elaborada por la
correspondiente Comisión de Valoración a la que hace referencia la base
octava de la citada Orden de 19 de noviembre de 1998,
Este Ministerio ha resuelto:
Primero.-Resolver la convocatoria y aprobar la propuesta de
la Comisión de Valoración de méritos, adjudicando los puestos
de trabajo que se relacionan en el anexo a los funcionarios que,
asimismo, se especifican.
Segundo.-Declarar desiertos los puestos que se indican en
el citado anexo.
Tercero.-El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles
si no implica cambio de residencia del funcionario o de un mes si
comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
Dicho plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente
al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles
siguientes a la publicación de la presente Orden.
Cuarto.-El personal que ha obtenido destino a través de este
concurso no podrá participar en concursos de méritos que
convoquen tanto la Administración del Estado como las Comunidades
Autónomas hasta que hayan transcurrido dos años desde la toma
de posesión del puesto que se les adjudique en la presente Orden,
salvo lo prevenido por el apartado 2 del artículo 41 del citado
Reglamento General.
Quinto.-Los destinos adjudicados se consideran de carácter
voluntario y, en consecuencia, no generan derecho al abono de
indemnización por concepto alguno.
Sexto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse en el plazo de dos meses, a partir
del día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial del Estado",
recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales
de lo Contencioso-Administrativo (artículo 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio).
Madrid, 24 de febrero de 1999.-P. D. (Orden de 25 de
septiembre de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 27), el
Subsecretario, Claro José Fernández-Carnicero González.
Subdirección General de Recursos Humanos.
ANEXO: (Ver imágenes páginas 9273 a 9274).
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