Visto el expediente de los centros docentes privados de Educación Primaria y de Educación Secundaria denominados «Sagrado Corazón de Jesús», de Olivenza (Badajoz), en relación con la modificación de la autorización de los mencionados centros, por reducción de una unidad de Educación Primaria y ampliación de una unidad en la etapa de la Educación Secundaria Obligatoria,
El Ministerio de Educación y Cultura ha dispuesto:
Modificar la autorización de los centros privados de Educación Primaria y de Educación Secundaria «Sagrado Corazón de Jesús», de Olivenza (Badajoz), que quedan configurados del modo siguiente:
a) Denominación genérica: Centro de Educación Primaria.
Denominación específica: «Sagrado Corazón de Jesús».
Titular: Obispado de Badajoz.
Domicilio: Calle Fuerte, número 8.
Localidad: Olivenza.
Municipio: Olivenza.
Provincia: Badajoz.
Enseñanzas que se autorizan: Educación Primaria.
Capacidad: 17 unidades y 425 puestos escolares.
b) Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.
Denominación específica: «Sagrado Corazón de Jesús».
Titular: Obispado de Badajoz.
Domicilio: Calle Fuerte, número 8.
Localidad: Olivenza.
Municipio: Olivenza.
Provincia: Badajoz.
Enseñanzas que se autorizan: Educación Secundaria Obligatoria.
Capacidad: Nueve unidades y 270 puestos escolares.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 12 de febrero de 1999.‒P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Roberto Mur Montero.
Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.
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