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Suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Andalucía un Convenio de Colaboración para la realización de programas para el desarrollo de servicios de servicios de atención a la primera infancia (cero-tres años), y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 27), procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 25 de enero de 1999.‒El Secretario general técnico, Julio Sánchez Fierro.
En Madrid a 20 de noviembre de 1998.
REUNIDOS
De una parte, el excelentísimo señor don Javier Arenas Bocanegra, Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 762/1996, de 5 de mayo («Boletín Oficial del Estado» número 110), en nombre y representación de la Administración General del Estado, de acuerdo con la competencia atribuida por Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de julio de 1998 («Boletín Oficial del Estado» del 16).
Y de otra parte, el excelentísimo señor don Isaías Pérez Saldaña, Consejero de Asuntos Sociales nombrado por Decreto del Presidente 383/1996, de 1 de agosto («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» número 89, del 2), en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de acuerdo con la autorización conferida por Decreto 396/1996, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería.
Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, y
MANIFIESTAN
Que la finalidad del presente Convenio es la colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Que el objeto del mismo es financiar conjuntamente programas para el desarrollo de servicios de atención a la primera financia (cero-tres años).
Que al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales le corresponde la protección y promoción del menor y la familia, de acuerdo con lo previsto en los Reales Decretos 758/1996, de 5 de mayo; 839/1996, de 10 de mayo; 1888/1996, de 2 de agosto, y 140/1997, de 31 de enero.
Que la Comunidad Autónoma de Andalucía ostenta competencias en materia de asistencia y servicios sociales, de acuerdo con el artículo 13.22 de su Estatuto (Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre) y los Reales Decretos de transferencia 251/1982, de 15 de enero; 2114/1984, de 1 de agosto, y 2733/1986, de 12 de diciembre.
Que de acuerdo con lo establecido en la regla cuarta del apartado 2 del artículo 153 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, en la redacción dada al mismo por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales Administrativas y del Orden Social, es procedente la suscripción del presente Convenio de Colaboración.
Que la Ley 65/1997, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1998 («Boletín Oficial del Estado» del 31), incluye un crédito adscrito al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para Comunidades Autónomas, que aparece consignado con la clasificación 19.04.313O.454.00, para favorecer la conciliación entre la vida familiar y laboral a través de la atención a la primera infancia, con una dotación de 750 millones de pesetas.
Que la Comunidad Autónoma de Andalucía garantiza la existencia de dotación presupuestaria para similares fines.
Que es voluntad del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales promover y potenciar la realización de programas que permitan ampliar y/o mejorar los servicios existentes de atención a la primera infancia (cero-tres años).
Que los proyectos se han seleccionado de acuerdo con los criterios objetivos de distribución del crédito acordados con las Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales, aprobados por Acuerdo del Consejo de Ministros del día 13 de febrero de 1998 («Boletín Oficial del Estado» de 4 de marzo).
Que la Comunidad Autónoma de Andalucía tiene previsto la puesta en marcha de programas de las características apuntadas.
Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente Convenio de Colaboración, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 153 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, y que se regirá con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
El presente Convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Andalucía para el desarrollo de los programas destinados a crear y/o mejorar los servicios de atención a la primera infancia (cero-tres años) que se especifican en el anexo de este Convenio.
La Comunidad Autónoma de Andalucía pondrá en marcha los programas a que se hace referencia en el apartado anterior.
Para sufragar los costes de los mencionados programas, la Comunidad Autónoma de Andalucía y las Corporaciones Locales, estas últimas de conformidad con los acuerdos suscritos con la Comunidad, aportan la cantidad total de 321.018.099 pesetas, como participación en la financiación de los programas, de acuerdo con el desglose que se contiene en el anexo de este Convenio.
El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, con cargo a su dotación presupuestaria 19.04.313O.454.00 para el ejercicio de 1998, aporta la cantidad de 172.249.425 pesetas, como participación en la financiación de los programas, de conformidad con el desglose que se contiene en el anexo de este Convenio.
El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales procederá a transferir a la Comunidad Autónoma de Andalucía la cantidad prevista en la cláusula cuarta de este Convenio o la que reste por transferir en ese momento hasta dicha cantidad, si se hubiese efectuado la transferencia de alguna cantidad al amparo de lo previsto en el último párrafo del Acuerdo del Consejo de Ministros del día 13 de febrero de 1998 («Boletín Oficial del Estado» de 4 de marzo).
La Comunidad Autónoma deberá:
A) Aplicar los fondos previstos en las cláusulas tercera y cuarta a los gastos correspondientes a la ejecución y desarrollo de los programas que se especifican en este Convenio de Colaboración.
B) Informar de la puesta en marcha de los servicios previstos en el programa y proporcionar al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales la información que recabe en relación con el presente Convenio.
C) Elaborar los documentos necesarios que permitan recoger los datos técnicos sobre los servicios financiados.
D) Remitir, al finalizar la vigencia del Convenio, un estado comprensivo de las obligaciones reconocidas y los pagos realizados, de acuerdo con lo dispuesto en la nueva redacción del artículo 153 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria (Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre).
E) Comunicar cualquier modificación que pudiera surgir en el desarrollo y ejecución de los programas, tanto las referidas al contenido como a la forma, plazos de ejecución y de justificación, etc., con el fin de acordar conjuntamente el Ministerio y la Comunidad Autónoma, aceptación expresa de cualquier variación en el desarrollo de los proyectos.
La solicitud de modificación deberá estar suficientemente motivada y deberá presentarse con carácter inmediato a la aparición de las circunstancias que la justifiquen y con anterioridad al momento en que finalice el plazo de ejecución del proyecto en cuestión.
La Comunidad Autónoma de Andalucía elaborará, al finalizar la vigencia del Convenio, una memoria financiera y técnica de cada proyecto, que entregará en los seis meses siguientes y que, al menos, recoja:
Fecha de puesta en marcha.
Información económica.
Actividades realizadas.
Recursos utilizados.
Sectores atendidos.
Resultados obtenidos.
Datos estadísticos.
Dificultades y propuestas.
Valoración del programa.
En el supuesto de que la Comunidad Autónoma no presente la citada memoria se analizará en la Comisión de Seguimiento que se regula en la cláusula siguiente.
Para el seguimiento del presente Convenio se creará una Comisión Mixta de Seguimiento, que tendrá como funciones velar por el cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio, tratando de resolver las cuestiones que se planteen durante la ejecución del mismo, prestar asistencia a las Administraciones firmantes y determinar los documentos técnicos e informes necesarios para la ejecución, seguimiento y evaluación de los proyectos.
Estará integrada por un representante del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y por un representante de cada una de las Comunidades Autónomas firmantes de los Convenios.
El representante del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales será designado por la Directora general de Acción Social, del Menor y de la Familia, y el representante de la Comunidad Autónoma de Andalucía por la Directora del Instituto Andaluz de Servicios Sociales.
Su régimen de funcionamiento es el previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, designándose el Presidente por el propio órgano colegiado y actuando como Secretario un funcionario de la Dirección General de Acción Social, del Menor y de la Familia del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales designado por la Directora general.
En la publicidad que se realice en cualquier medio de comunicación social sobre las actuaciones derivadas de estos programas se hará constar expresamente que éstos se llevan a cabo en virtud de la cofinanciación establecida entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, la Comunidad Autónoma y/o las Corporaciones Locales.
Este Convenio tendrá vigencia durante el período de un año desde la fecha de su firma.
El presente Convenio se extinguirá igualmente en caso de incumplimiento por alguna de las partes de los compromisos adquiridos en el mismo. En este caso, deberán reintegrarse las cantidades que se hubieran percibido como aportación económica del mismo y que no se hubieran destinado al/los programa/s previstos en él.
Las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del presente Convenio, dada su naturaleza administrativa, serán sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa.
Y, en prueba de conformidad, firman el presente Convenio, en duplicado ejemplar, quedándose uno en poder de cada parte, en el lugar y fecha anteriormente indicados.‒El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales (en nombre y representación, por delegación, de la Administración General del Estado), Javier Arenas Bocanegra.‒El Consejero de Asuntos Sociales (en nombre y representación, por delegación, de la Comunidad Autónoma), Isaías Pérez Saldaña.
Pesetas | ||
---|---|---|
Almería | ||
1. | Continuidad de la transformación de la Guardería Infantil temporera de Chirivel en permanente, financiada de 1992 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 5.048.167 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 2.181.500 | |
2. | Continuidad de la transformación de la Guardería Infantil temporera de Cuevas de Almanzora en permanente y ampliación de plazas, financiadas de 1992 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 8.256.000 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 8.250.000 | |
3. | Continuidad de la transformación de la Guardería Infantil temporera de María en permanente, financiada de 1992 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 7.192.601 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 4.392.899 | |
4. | Continuidad de la transformación de la Guardería Infantil temporera de Vélez Blanco en permanente, financiada de 1992 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 3.303.240 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 2.696.760 | |
Cádiz | ||
5. | Continuidad de la Guardería Infantil de Benalup, financiada en 1992, 1993 y de 1995 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 26.608.108 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 4.000.000 | |
6. | Continuidad de la ampliación de horario en la Guardería Infantil Pepita Pérez, de Chipiona, financiada de 1992 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 27.000.000 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 8.000.000 | |
7. | Continuidad de la ampliación de atención a grupo de edad en la Guardería Infantil Municipal de Alcalá de los Gazules, financiada de 1993 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 7.830.000 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 1.500.000 | |
8. | Continuidad de la ampliación de plazas en la Guardería Infantil de El Gastor, financiada de 1993 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 10.945.074 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 1.359.098 | |
9. | Continuidad de la ampliación de plazas y horario en la Guardería Infantil Municipal de Setenil de las Bodegas, financiadas de 1993 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 10.676.292 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 7.200.000 | |
Córdoba | ||
10. | Continuidad de la Escuela de Padres de la Escuela Infantil de La Carlota, financiada de 1992 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 3.768.263 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 3.768.263 | |
11. | Continuidad de la Ludoteca de La Victoria, financiada de 1992 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 1.225.000 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 1.225.000 | |
12. | Continuidad de la ampliación de plazas en la Guardería Infantil Almedina, de Baena, financiadas en 1993: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 2.100.000 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 2.100.000 | |
13. | Continuidad de la Escuela abierta de Baena, financiada de 1993 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 3.150.000 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 3.150.000 | |
14. | Continuidad de la ampliación de horario y plazas en la Guardería Infantil de Montalbán, financiadas de 1993 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 6.040.856 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 6.040.855 | |
15. | Continuidad de la ampliación de horario en la Guardería Infantil de Benamejí, financiada en 1996 y 1997: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 4.119.683 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 4.119.682 | |
16. | Continuidad de la transformación de la Guardería Infantil temporera de Almedinilla en permanente, financiada en 1997: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 2.688.031 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 2.026.421 | |
Granada | ||
17. | Creación de una Guardería Infantil Municipal en Armilla: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 20.000.000 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 1.000.000 | |
18. | Creación de una Guardería Infantil Municipal en Santa Fe: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 21.071.857 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 900.000 | |
19. | Continuidad de la ampliación de horario en la Guardería Infantil de Nevada-Laroles, financiada en 1990 y de 1992 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 3.456.050 | ||
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 1.500.000 | |
20. | Continuidad de la ampliación de plazas en la Guardería Infantil de Padul, financiada en 1990 y de 1992 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 5.993.586 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 3.000.000 | |
21. | Continuidad de la ampliación de plazas en la Guardería Infantil de Villanueva de Mesía, financiada en 1990 y de 1992 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 2.100.000 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 1.800.000 | |
22. | Continuidad de la ampliación de plazas en la Guardería Infantil de Dúrcal, financiada de 1991 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 8.233.999 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 3.300.000 | |
23. | Continuidad de la ampliación de plazas en la Guardería Infantil de Illora, financiada de 1991 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 4.550.000 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 3.000.000 | |
24. | Continuidad de la Guardería Infantil temporera de Vélez de Benaudalla, financiada de 1991 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 4.969.000 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 2.000.000 | |
25. | Continuidad de la transformación de la Guardería Infantil temporera de Pinos Puente en permanente, financiada de 1992 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 5.450.000 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 4.450.000 | |
26. | Continuidad de la ampliación de horario en la Guardería Infantil de Ugijar, financiada en 1993 y 1994: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 2.706.956 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 700.000 | |
27. | Continuidad de la transformación de la Guardería Infantil temporera de Cúllar en permanente, financiada de 1993 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 4.455.000 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 1.800.000 | |
Huelva | ||
28. | Continuidad de la ampliación de plazas en la Guardería Infantil de Bollullos Par del Condado, financiada en 1990 y de 1992 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 3.000.000 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 3.000.000 | |
29. | Continuidad del Programa de Atención a la Primera Infancia de Minas de Riotinto, financiado en 1990 y de 1992 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 2.566.645 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 2.566.645 | |
30. | Continuidad de la ampliación de atención a grupo de edad en la Ludoteca de Ayamonte, financiada de 1991 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 1.220.000 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 1.220.000 | |
Jaén | ||
31. | Continuidad de la ampliación de plazas en la Escuela Infantil Cervantes, de Jaén, financiada en 1990 y de 1992 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 8.750.000 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 7.750.000 | |
32. | Continuidad de la Escuela Infantil de Andújar, financiada de 1991 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 6.250.000 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 5.550.000 | |
33. | Continuidad de la ampliación de plazas en la Guardería Infantil de Baeza, financiada de 1991 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 5.125.000 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 5.125.000 | |
34. | Continuidad de la ampliación de plazas en la Guardería Infantil de Huelma, financiada de 1993 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 2.450.000 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 2.150.000 | |
35. | Continuidad de la ampliación de plazas en la Guardería Infantil de Marmolejo, financiada de 1993 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 3.275.000 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 2.925.000 | |
36. | Continuidad de la ampliación de plazas en la Guardería Infantil de Bailén, financiada de 1994 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 3.125.000 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 2.775.000 | |
37. | Continuidad de la Escuela Infantil de Linares, financiada en 1996 y 1997: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 5.775.000 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 5.125.000 | |
Málaga | ||
38. | Ampliación de horario en la Guardería Infantil Municipal de Cortes de la Frontera: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 932.592 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 932.592 | |
39. | Ampliación de plazas en la Guardería Infantil Municipal de Villanueva de Algaidas: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 1.392.700 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 1.392.700 | |
40. | Continuidad de la ampliación de plazas en la Guardería Infantil Municipal de Mollina, financiada de 1992 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 4.663.500 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 4.663.500 | |
41. | Continuidad de la ampliación de plazas y horario en la Guardería Infantil Municipal de Campillos, financiadas de 1994 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 3.663.309 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 3.663.308 | |
42. | Continuidad de la ampliación de plazas en la Guardería Infantil Municipal de Cuevas de San Marcos, financiada de 1994 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 1.801.071 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 1.801.070 | |
43. | Continuidad de la ampliación de plazas en la Guardería Infantil Municipal de Pizarra, financiada de 1994 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 1.849.132 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 1.849.132 | |
Sevilla | ||
44. | Ampliación de horario en el Centro de Educación Infantil El Parque, de Pilas: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 2.040.944 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 2.040.944 | |
45. | Ampliación de plazas en la Guardería Infantil de La Rinconada: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 712.050 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 712.050 | |
46. | Continuidad de la Escuela Infantil de Paradas, financiadas en 1990, 1992 y 1993: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 7.561.763 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 2.760.726 | |
47. | Continuidad de la transformación de la Guardería Infantil temporera de Martín de la Jara en permanente, financiada de 1990 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 6.100.645 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 4.503.310 | |
48. | Continuidad del Centro de Educación Infantil El Parque, de Pilas, financiado de 1990 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 2.269.661 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 2.269.661 | |
49. | Continuidad de la ampliación de plazas en la Guardería Infantil de Burguillos, financiada en 1990 y de 1992 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 2.434.110 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 2.434.110 | |
50. | Continuidad de la ampliación de plazas en la Guardería Infantil Municipal de Puebla de los Infantes, financiada en 1990 y de 1994 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 5.813.584 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 4.503.310 | |
51. | Continuidad de la ampliación de atención a grupo de edad en la Guardería Infantil de Alanis, financiada de 1991 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 1.008.000 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 727.085 | |
52. | Continuidad de la ampliación de atención a grupo de edad en la Guardería Infantil de Castilblanco de los Arroyos, financiada de 1991 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 4.000.000 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 4.000.000 | |
53. | Continuidad de la ampliación de horario en la Guardería Infantil de Navas de la Concepción, financiada de 1991 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 2.480.625 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 2.480.625 | |
54. | Continuidad del Programa de Actividades Extraescolares Lúdico-Recreativas en la Guardería Infantil de Las Cabezas de San Juan, financiado de 1992 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 1.164.390 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 1.164.390 | |
55. | Continuidad de la transformación de la Guardería Infantil temporera de Lantejuela, financiada en 1993: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 4.203.789 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 4.203.789 | |
56. | Continuidad de la ampliación de horario en la Guardería Infantil de La Rinconada, financiada de 1994 a 1997, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 12.451.826 | |
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 2.500.000 | |
Total aportación Comunidad Autónoma y Corporaciones Locales. | 321.018.099 | |
Total aportación Ministerio de Trabajo y AsuntosSociales. | 172.249.425 |
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