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Documento BOE-A-1999-5842

Resolución de 2 de febrero de 1999, del Departamento de Cultura, relativa a la incoación de expediente para la reclasificación de la plaza Major, de Banyoles.

Publicado en:
«BOE» núm. 59, de 10 de marzo de 1999, páginas 9768 a 9768 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1999-5842

TEXTO ORIGINAL

Por la Orden de 5 de junio de 1962 («Boletín Oficial del Estado» de 25 de agosto) se declaró monumento de interés histórico-artístico provincial la plaza Major de Banyoles;

Visto el informe de la Dirección General del Patrimonio Cultural en el que se justifica el cambio de clasificación de monumento histórico a conjunto histórico, y se manifiesta la conveniencia de delimitar el ámbito de la declaración de la plaza Major de Banyoles;

Considerando lo que dispone la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán, resuelvo:

1. Incoar expediente de reclasificación, como conjunto histórico, de la plaza Major, en Banyoles. La delimitación del ámbito del conjunto histórico consta grafiada en el plano que figura en el expediente administrativo.

2. Notificar esta Resolución a los interesados, dar traslado al Alcalde de Banyoles, y hacerle saber que, de acuerdo con lo que establece el artículo 9.3 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán, esta incoación comporta la suspensión de la tramitación de las licencias de parcelación, edificación o derribo en la zona afectada, y también la suspensión de los efectos de las licencias ya concedidas. No obstante, el Departamento de Cultura puede autorizar la realización de las obras que sea manifiesto que no perjudican los valores culturales del bien. Esta autorización debe ser previa a la concesión de la licencia municipal, salvo que se trate de licencias concedidas antes de la publicación de la presente Resolución.

3. Abrir un período de información pública, de acuerdo con lo que prevén el artículo 8.2 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán, y el artículo 7.2 del Decreto 267/1991, de 25 de noviembre, sobre la declaración de bienes de interés cultural y el inventario del patrimonio cultural mueble de Cataluña.

Durante el plazo de un mes a contar desde la publicación de esta Resolución en el «Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya», el expediente estará a disposición de todos aquellos que quieran examinarlo, en la sede de los Servicios Territoriales del Departamento de Cultura en Girona, calle Ciutadans, 18, 17004 Girona. Durante este plazo se podrá alegar lo que se considere conveniente sobre dicho expediente.

4. Comunicar esta Resolución al Registro de Bienes Culturales de Interés Nacional de Cataluña para su anotación preventiva y dar traslado de éste al Registro General de Bienes de Interés Cultural de la Administración del Estado.

Barcelona, 2 de febrero de 1999.–El Consejero, Joan M. Pujals i Vallvè.

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