Habiéndose procedido por el Banco de España a la anotación en el Registro Oficial de Bancos y Banqueros de las variaciones producidas por el proceso de fusión entre el «Banco Gallego, Sociedad Anónima» y el «Banco 21, Sociedad Anónima», del que ha resultado una nueva entidad con denominación «Banco Gallego, Sociedad Anónima» y Código B.E. 0046, este Departamento dicta la siguiente Resolución:
Se procede a cancelar la autorización número 370 para actuar como colaboradora con el Tesoro en la gestión recaudatoria, correspondiente a la entidad «Banco 21, Sociedad Anónima». En consecuencia, la citada entidad deberá proceder a la inmediata cancelación de las cuentas restringidas a que se refiere el punto 2 del apartado I de la Orden de 15 de junio de 1995 («Boletín Oficial del Estado» del 22).
Contra la presente Resolución podrá interponerse, a tenor de lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso ordinario ante el Director general de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.
La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 26 de febrero de 1999.‒El Director del Departamento, Juan Beceiro Mosquera.
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