Visto el expediente de indulto de doña Alicia Fuster Moreno, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada por el Juzgado de lo Penal número 2 de Murcia, en sentencia de fecha 5 de abril de 1997, como autora de un delito de robo con fuerza en las cosas en casa habitada, a la pena de cuatro años, dos meses y un día de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1995; a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de febrero de 1999,
Vengo en conmutar a doña Alicia Fuster Moreno la pena privativa de libertad impuesta, por otra de un año de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 26 de febrero de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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