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Visto el expediente de indulto de don Alberto López Loureiro, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Nacional, Sección Segunda de lo Penal, en sentencia de fecha 7 de noviembre de 1997, como autor de un delito continuado contra la salud pública, a la pena de dos años y seis meses de prisión menor y multa de 100.000 pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1986; a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de febrero de 1999,
Vengo en conmutar a don Alberto López Loureiro la pena privativa de libertad impuesta, por otra de un año de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde de la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 26 de febrero de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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