Visto el expediente de indulto de don Jerónimo Vázquez Jiménez, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia, en sentencia de fecha 3 de abril de 1995, resolutoria de recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 8 de Valencia, de fecha 4 de junio de 1994, como autor de un delito de robo con intimidación, a la pena de cinco años de prisión menor; un delito de utilización ilegítima de vehículo de motor, a la pena de dos meses de arresto mayor, multa de 200.000 pesetas y privación del permiso de conducir por seis meses, y un delito de hurto, a la pena de dos meses de arresto mayor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1994; a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de febrero de 1999,
Vengo en conmutar a don Jerónimo Vázquez Jiménez las penas privativas de libertad impuestas, por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 26 de febrero de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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