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Documento BOE-A-1999-6469

Orden de 18 de febrero de 1999 por la que se conceden ayudas para la realización de intercambios escolares entre alumnos matriculados en centros docentes españoles.

Publicado en:
«BOE» núm. 65, de 17 de marzo de 1999, páginas 10848 a 10851 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1999-6469

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 30 de octubre de 1992 («Boletín Oficial del Estado» de 7 de noviembre), se regularon los intercambios escolares. En cumplimiento de lo dispuesto en su artículo primero, se convocaron ayudas para la realización de intercambios escolares entre alumnos matriculados en centros docentes españoles mediante Orden de 13 de octubre de 1998 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de diciembre).

Realizada la selección por el Jurado a que se refiere el apartado octavo de la citada Orden, y vista la propuesta de concesión formulada por el mismo con fecha 11 de febrero de 1999, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el apartado noveno, he dispuesto:

Primero.

Conceder ayudas para la realización de intercambios escolares por la cuantía que se indica a los centros que figuran relacionados en el anexo I. En dicha cuantía está incluida la ayuda para los alumnos y la bolsa de viaje de los Profesores, que será de 25.000 pesetas, excepto en el supuesto de los centros ubicados en las islas Baleares y Canarias, Ceuta y Melilla y en el territorio extranjero y para los centros que intercambien con ellos, cuyo importe será de 35.000 pesetas.

Segundo.

1. Por no haber obtenido suficiente puntuación, los centros que aparecen relacionados en el anexo II quedan en reserva ante las posibles renuncias de los centros seleccionados. A dichos centros se les podrá adjudicar la ayuda si se produce alguna renuncia por parte de los centros beneficiarios. En ese caso, su cuantía será, como máximo, la correspondiente a los centros que hubiesen renunciado a la misma.

2. Los centros que renuncien a la ayuda deberán reintegrar la cuantía de la misma a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, con el objeto de poder efectuar la correspondiente reposición de fondos y proceder en consecuencia al libramiento de las ayudas a los centros de reserva.

Tercero.

Excluir las solicitudes de los centros relacionados en el anexo III de la presente Resolución, con indicación de la causa de exclusión.

Primera: Solicitud fuera del plazo establecido en la convocatoria.

Cuarto.

1. El libramiento de las ayudas a los centros, se hará efectivo a través de las Direcciones Provinciales (en el caso de Madrid, Subdirecciones Territoriales) del Ministerio de Educación y Cultura o Consejerías de Educación de las Comunidades Autónomas en ejercicio de plenas competencias educativas. El pago de las ayudas que corresponden a los alumnos y Profesores de los centros españoles ubicados en el exterior se realizará a través de las Consejerías de Educación.

2. En el supuesto de que el grupo de alumnos y Profesores que vayan a realizar el intercambio no tengan cubiertos los riesgos de enfermedad, accidentes y responsabilidad civil, deberán concertar con una entidad aseguradora la cobertura de los mismos durante el período en el que se realiza el intercambio.

Quinto.

De acuerdo con la normativa vigente, los beneficiarios de este tipo de ayudas quedan obligados a:

1. Comunicar, en su caso, la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad procedentes de cualquier Administración o ente público o privado, nacional o internacional.

2. Someterse alas actuaciones de control financiero que correspondan y a las de comprobación que puedan efectuar el Ministerio de Educación y Cultura o, en su caso, los órganos correspondientes de las Comunidades Autónomas en ejercicio de plenas competencias educativas.

3. Justificar la correcta inversión de las ayudas recibidas. A estos efectos, los centros dependientes de las Comunidades Autónomas en ejercicio de plenas competencias educativas se atendrán a las instrucciones dictadas, en su caso, por la correspondiente Consejería de la respectiva Comunidad Autónoma. En su defecto y, en todo caso, para los centros dependientes de la gestión directa del Ministerio de Educación y Cultura, deberán presentar la siguiente documentación:

3.1 Memoria descriptiva del viaje y estancia realizados, con una extensión máxima de 25 folios. Dicha Memoria reflejará el grado de cumplimiento de los objetivos programados y la evaluación de las actividades desarroliadas, incluyendo elementos de análisis por parte de los alumnos, así como posibles sugerencias que pudieran ser tomadas en cuenta en futuras convocatorias, en su caso.

3.2 Certificado de la Dirección del centro que exprese que ha quedado cumplida la finalidad que motivó la concesión de la ayuda y en el que deberán relacionarse los nombres de los alumnos beneficiarios y los Profesores participantes.

3.3 Carpeta-índice que incluya todos los originales de nóminas, recibos, facturas y cualquier otro justificante de gasto realizado que, legalmente admitido, sea imputable a la ayuda concedida.

Unicamente cuando los beneficiarios de estas ayudas sean alumnos de centros públicos, la documentación exigida en el apartado 3.3 podrá ser sustituida por una certificación del Consejo Escolar sobre la aplicación dada a la ayuda percibida que sustituya a los justificantes originales contenidos en la carpeta-índice. Estos justificantes originales quedarán en poder de los centros, a disposición de los órganos de control financiero a los que corresponda la competencia.

3.4 Durante el mes siguiente a la realización del intercambio los beneficiarios de estas ayudas deberán remitir dos ejemplares de la Memoria y el resto de la documentación exigida en los apartados anteriores a la respectiva Dirección Provincial (en el caso de Madrid, Subdirecciones Territoriales) del Ministerio de Educación y Cultura o, en su caso, Consejería de Educación de las Comunidades Autónomas en ejercicio de plenas competencias educativas.

3.5 Los centros españoles ubicados en el exterior deberán remitir la documentación a que hacen referencia los puntos 3.1, 3.2 y 3.3 a la Consejería de Educación correspondiente.

Sexto.

1. Las Direcciones Provinciales y Consejerías de Educación remitirán a la Subdirección General de Becas y Ayudas al Estudio antes del 15 de octubre de 1999 la siguiente documentación:

a) Un ejemplar de la memoria de la actividad presentada por los centros.

b) Acreditación de que las ayudas se han abonado a los centros beneficiarios de las mismas.

c) Certificación acreditativa de que las ayudas se han destinado a la finalidad para la que fueron concedidas, así como una relación de alumnos beneficiarios de las ayudas y de sus Profesores.

2. Las Comunidades Autónomas en ejercicio de plenas competencias educativas remitirán a la Subdirección General de Becas y Ayudas al Estudio, antes del 15 de octubre de 1999, la siguiente documentación:

a) Un ejemplar de la memoria de la actividad presentada por los centros.

b) Certificación que exprese que el libramiento efectuado a la Comunidad Autónoma se ha ingresado en su presupuesto.

c) Acreditación de que las ayudas se han abonado a los centros beneficiarios de las mismas y se ha rendido la cuenta ante el Tribunal de Cuentas correspondiente.

3. La no justificación de la ayuda percibida con arreglo a lo dispuesto en esta Resolución conllevará el reintegro de las cantidades no justificadas y la exigencia de los intereses de demora, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas en que se pueda incurrir con arreglo a los artículos 81 y 82 de la vigente Ley General Presupuestaria, en su nueva redacción dada por la Ley 31/1990, de 27 de diciembre.

Séptimo.

Cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta parala concesión de las ayudas y la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas, para la misma finalidad, por otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.

Octavo.

Los proyectos que no obtengan ayuda podrán ser retirados a partir del 1 de junio de 1999. La documentación de aquellos proyectos que no hayan sido subvencionados y que no se retire en el plazo de tres meses a partir de dicha fecha será destruida.

Noveno.

Contra la Resolución de adjudicación, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses.

Madrid, 18 de febrero de 1999.‒P. D. (Ordenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Director general de Formación Profesional y Promoción Educativa, Fernando Luis de Lanzas Sánchez del Corral.

Ilmas. Sras. Directora general de Coordinación y de la Alta Inspección, Subdirectora general de Becas y Ayudas al Estudio y Subdirectora general de Cooperación Internacional.

ANEXO I
Relación de centros beneficiarios de las ayudas y su cuantía
Centro español Localidad Provincia

Número

alumnos/

Profesores

Centro de intercambio Localidad Provincia

Ayuda

concedida

Pesetas

Instituto Fernandeo Wirtz Su. A Coruña. A Coruña. 40/3 I.E.S. Chapatal. Sta. Cruz de Tenerife. Sta. Cruz Tenerife. 1.105.000
I.E.S. Francisco Aguiar. Betanzos. A Coruña. 22/2 I.E.S. Mare de Deu de la Candelera. L’Ametlla de Mar. Tarragona. 502.000
Aresketa Ikastola. Amurrio. Álava. 36/3 Collegi Sant Pere Chanel. Malgrat de Mar. Barcelona. 615.000
I.E.S. Federico Baraibar. Vitoria-Gasteiz. Álava. 32/3 I.E.S. Antonio Machado. Sevilla. Sevilla. 555.000
I.E.S. Cayetano Sempere. Elche. Alicante. 26/2 I.E.S. María Sarmiento. Viveiro. Lugo. 700.000
I.E.S. Padre Feijoo. Gijón. Asturias. 15/1 I.E.S. Son Pacs. Palma de Mallorca. Mallorca. 410.000
Fundación Docente de Mineros. Oviedo. Asturias. 40/3 C.P. San Ildefonso. Madrid. Madrid. 876.000
Colegio Purísima Concep- Ávila. Ávila. 40/3 I.E.S. Antoni Torroja. Cervera. Lleida. 606.000
I.E.S. Fuente Roniel. Fuente del Maestre. Badajoz. 40/3 C.P.C. San Miguel. Molina de Segura. Murcia. 675.000
I.E.S. Extremadura. Mérida. Badajoz. 22/2 I.E.S. Martí Franques. Tarragona. Tarragona. 380.000
Escuela de Arte de Ibiza. Can Cifre, San José Ibiza. Baleares. 15/1 Escuela de Arte número 4. Madrid. Madrid. 410.000
I.E.S. Isidor Macabich. Ibiza. Baleares. 35/3 I.E.S. Alfonso Escámez. Águilas. Murcia. 980.000
I.E.S. Pasqual Calvo i Calde. Mahón-Menorca. Baleares. 30/4 E.S.E. La Valí del Tenes. Sta. Eulalia de Rongan. Barcelona. 890.000
Escuela Balaguer. Hospitalet de Llobregat. Barcelona. 23/2 I.E.S. de Caspe. Caspe. Zaragoza. 298.300
Escuela Balaguer. Hospitalet de Llobregat. Barcelona. 33/3 Colegio Aljarafe. Mairena de Aljarafe. Sevilla. 681.000
Colegio Sant Pere Chanel. Malgrat de Mar. Barcelona. 40/3 Aresketa Ikastola. Amurrio. Álava. 635.000
I.E.S. La Valí del Tenes. Santa Eulalia de Rongana. Barcelona. 30/3 C.E.I.P. Virxe da Luz. Portomarín. Lugo. 825.000
Escola La Valí del Tenes. Sta. Eulalia R. Barcelona. 28/2 I.E.S. Pasqual Calbo. Mahón. Menorca. 770.000
C.P.E.E. Proa. Cáceres. Cáceres. 25/5 C.P.E.E. Parayas. Maliaño. Cantabria. 500.000
I.E.E.S. Santo Domingo. El Puerto de Sta. María. Cádiz. 28/2 I.E.S. Severo Ochoa. Tánger. Tánger. 701.000
I.E.S. Doñana. Sanlúcar de Barrameda. Cádiz 40/3 I.E.S. Uní Eibar-Ermua. Ermua. Vizcaya. 1.180.000
I.E.S. Ataúlfo Argenta. Castro Urdíales. Cantabria. 40/3 C.P.C. San Miguel. Molina de Segura. Murcia. 665.000
I.E.S. Dr. José Zapatero. Castro Urdíales. Cantabria. 24/2 I.E.S. G. Torrente Ballester. Sta. María de Tormes Salamanca. 314.000
C.P. Eugenio Perojo. Liérganes. Cantabria. 40/3 C. Concertado Ntra. Sra, del Rosario. Agüimes. Las Palmas. 1.105.000
C.P.E.E. Parayas. Maliaño. Cantabria. 25/5 C.P.E.E. Proa. Cáceres. Cáceres. 500.000
I.E.S. Benicassim. Benicassim. Castellón. 25/2 I.E.S.O. Feo. Arbeloa. Azagra. Navarra. 425.000
I.E.S. Alonso Quijano. Pedro Muñoz. Ciudad Real. 28/2 C.P.R. Campiña de Tarifa. Cádiz. Cádiz. 358.000
I.E.S. Antonio María Calero. Pozoblanco. Córdoba. 30/3 I.E.S. Valle de Luna. Sta. María del Páramo León. 525.000
E.F.A. El Soto. Chauchina. Granada. 18/1 La Malvesía. Llombay. Valencia. 295.000
I.E.S. Hermanos Argensola. Barbas tro. Huesca. 20/2 I.E.S. Politécnico de Las Palmas. Las Palmas. Las Palmas. 570.000
Colegio concert. Ntra. Sra. Agüimes. Las Palmas. 40/3 C.P. Eugenio Perojo. Liérganes. Cantabria. 1.105.000
I.E.S. Arguineguin. Arguineguin. Las Palmas. 25/2 I.E.S. Fermín Bouza Brey. Vilagarcía de Arou- Pontevedra. 695.000
C.P. Doramas. Cruce Arinaga Agüimes Las Palmas. 35/3 C.P. Peñalba. Po nf errada. León. 980.000
I.E.S. Las Palmas. Las Palmas. Las Palmas. 25/2 I.E.S. Hermanos Argensola. Barbas tro. Huesca. 695.000
Colegio Familiar Rural el VI. Hospital de Orbigo. León. 40/3 Centro de Formación Profesional La Safor. Beniarjó. Valencia. 675.000
C.P. Peñalba. Po nf errada. León. 35/3 C.P. Doramas. Agüimes. Las Palmas. 980.000
I.E.S. Valles del Luna. Santa María del Páramo. León. 30/3 I.E.S. Antonio María Calero. Pozoblanco. Córdoba. 525.000
I.E.S. Antoni Torroja. Cervera. Lleida. 40/3 Colegio Purísima Concepción Las Nieves. Ávila. Ávila. 475.000
C.E.I.P. Virxe da Luz. Portomarín. Lugo. 26/2 I.E.S. La Valí del Tenes. Sta. Eulalia de Rongan. Barcelona. 700.000
I.E.S. María Sarmiento. Viveiro. Lugo. 26/2 I.E.S. Cayetano Sempere. Elche. Alicante. 700.000
C.P. San Ildefonso. Madrid. Madrid-centro. 40/3 Fundación Docente de Mineros Asturianos. Oviedo. Asturias. 911.000
Escuela de Arte núm. 4. Madrid. Madrid-centro. 30/3 Escuela de Arte de Ibiza. San José. Ibiza. 850.000
I.E. Melchor de Jovellanos. Alhucemas. Marruecos. 26/2 Colegio Español Luis Vives. Larache. Larache. 336.000
Instituto Español Melchor de. Alhucemas. Marruecos. 29/2 I.E.S. Cid Campeador. Valencia. Valencia. 795.000
Colegio Español Luis Vives. Larache. Marruecos. 26/2 I.E. Melchor de Jovellanos. Alhucemas. Alhucemas. 336.000
I.E.E.S. Severo Ochoa. Tánger. Marruecos. 27/2 I.E.S. Santo Domingo. Pto. Santa María. Cádiz. 700.000
I.E.E.S. Juan de la Cierva. Tetuán. Marruecos. 25/2 I.E.S. Santiago Hernández. Zaragoza. Zaragoza. 845.000
I.E.E.S. Ntra. Sra, del Pilar. Tetuán. Marruecos. 25/2 I.E.S. San Jerónimo II. Sevilla. Sevilla. 659.800
I.E.S. Enrique Nieto. Melilla. Melilla. 25/2 I.E.S. Trinidad Arroyo. Palencia. Palencia. 695.000
I.E.S. Alfonso Escámez. Aguilas. Murcia. 33/3 I.E.S. Isidor Macabich. Ibiza. Ibiza. 1.425.000
C.P.C. San Miguel. Molina de Segura. Murcia. 40/3 I.E.S. Ataúlfo Argenta. Castro Urdíales. Cantabria. 673.000
C.P.C. San Miguel. Molina de Segura. Murcia. 40/3 I.E.S. Fuente Roniel. Fuente del Maestre. Badajoz. 674.000
I.E.S.O. Feo. Arbeloa. Azagra. Navarra. 25/2 I.E.S. Benicassim. Benicassim. Castellón. 425.000
I.E.S. Trinidad Arroyo. Palencia. Palencia. 25/2 I.E.S. Enrique Nieto. Melilla. Melilla. 695.000
C.P.E.E. Vilagarcía de Arousa. Vilagarcía de Arousa Pontevedra. 25/5 C.P.E.E. Reina Sofía. Salamanca. Salamanca. 775.000
I.E.S. Fermín Bouza Buey. Vilagarcía de Arousa Pontevedra. 24/2 I.E.S. Arguineguin. Arguineguin. Las Palmas. 670.000
C.P.E.E. Reina Sofía. Salamanca. Salamanca. 25/5 C.P.E.E. de Vilagarcía de Arousa. Vilagarcía de Arousa. Pontevedera. 400.000
I.E.S. G. Torrente Ballester. Santa María de Tormes. Salamanca. 25/2 I.E.S. José Zapatero Domínguez. Castro Urdíales. Cantabria. 325.000
Colegio Aljarafe. Mairena de Aljarafe. Sevilla. 33/3 Escuela Balaguer. Hospitalet de Llobregat. Barcelona. 656.000
C.P.E.E. Virgen de la Espe- Sevilla. Sevilla. 15/3 C.P.E.E. Virgen del Castillo. Cabañeles, S7N. Zamora. 525.000
I.E.S. Antonio Machado. Sevilla. Sevilla. 32/3 I.E.S. Federico Baraibar. Vitoria. Álava. 525.000
I.E.S. Nuevo San Jerónimo II. Sevilla. Sevilla. 25/2 I.E.E.S. Ntra. Sra, del Pilar. Tetuán. Tetuán. 670.000
Escuela Montessori. Sta. Cruz de Tenerife. Sta. Cruz de Tenerife. 25/2 C.P.E.E. Gloria Fuertes. Andorra. Teruel. 695.000
I.E.S. Chapatal. Sta. Cruz de Tenerife. Sta. Cruz de Tenerife. 40/3 I.E.S. Fernando Wireh Suárez. A Coruña. A Coruña. 1.105.000
I.E.S. Mare de Deu de la Can. L’Ametlla de Mar. Tarragona. 23/2 I.E.S. Francisco Aguiar. Betanzos. A Coruña. 547.000
I.E.S. Marti Franques. Tarragona. Tarragona. 22/2 I.E.S. Extremadura. Mérida. Badajoz. 380.000
C.P.E.E. Gloria Fuertes. Andorra. Teruel. 18/5 Escuela Montessori. Sta. Cruz de Tenerife. Sta. Cruz de Tenerife. 895.000
Escola de F.P. La Safor Coop. Beniarjó. Valencia. 40/3 C.F.R. El Villar. Hospital de Orbigo. León. 675.000
E.F.A. La Malvesía. Llombai. Valencia. 29/2 E.F.A. Las Fuentes. Nalda. La Rioja. 369.000
E.F.A. La Malvesía. Llombai. Valencia. 26/2 E.F.A. El Soto. Chauchina. Granada. 440.000
Colegio Internacional de Lev. Torrente. Valencia. 40/3 Colegio Internacional Eiris, S.A. La Caeira. A Coruña. 963.900
I.E.S. Cid Campeador. Valencia. Valencia. 29/2 I.E. Melchor de Jovellanos. Alhucemas. Alhucemas. 795.000
I. Arozena-B. Barrueta Ikast. Bermeo. Vizcaya. 20/2 I.E.S. de Camarles. Camarles. Tarragona. 350.000
I.E.S. Uni Eibar-Ermua. Ermua. Vizcaya. 40/3 I.E.S. Doñana. Sanlúcar de Barrameda. Cádiz. 1.075.000
C.P.E.E. Virgen del Castillo. Zamora. Zamora. 15/4 C.P.E.E. Virgen de la Esperanza. Sevilla. Sevilla. 550.000
I.E.S. de Caspe. Caspe. Zaragoza. 19/1 Escuela Balaguer. Hospitalet de Llobregat. Barcelona. 234.000
ANEXO II
Solicitudes excluidas
Centro Localidad Provincia Causa de exclusión
I.E.S. de Camarles. Camarles. Tarragona. Primera.
I.E.S. Santiago Hernández. Zaragoza. Zaragoza. Primera.

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