La «Sociedad Cooperativa Frutos Secos de Andalucía», de Alhama de Granada (Granada), cuyo ámbito de actuación es superior al de una Comunidad Autónoma, fue reconocida como organización de productores de frutas y hortalizas según el Reglamento (CEE) número 1035/72, el 1 de julio de 1994. Esta entidad ha solicitado el reconocimiento como organización de productores de frutas y hortalizas, según lo establecido en el artículo 11 del Reglamento (CE) número 2200/96, del Consejo, de 28 de octubre, y la Orden de 30 de abril de 1997.
Considerando que cumple con las condiciones exigidas en la normativa que regula el reconocimiento de estas organizaciones, resuelvo:
Conceder el reconocimiento como organización de productores de frutas y hortalizas, conforme a lo establecido en el artículo 11 del Reglamento (CE) número 2200/96, del Consejo, de 28 de octubre de 1996, y la Orden de 30 de abril de 1997, para la categoría VI (frutos de cáscara), a la «Sociedad Cooperativa Frutos Secos de Andalucía», de Alhama de Granada (Granada).
Que se inscriba en el Registro de Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas a la «Sociedad Cooperativa Frutos Secos de Andalucía», de Alhama de Granada (Granada), para la categoría VI (frutos de cáscara), asignándole el número 441.
Que se continúen asignando, hasta su expiración, como derechos adquiridos, las ayudas contempladas en el artículo 14 del Reglamento (CEE) número 1035/72, en aplicación del artículo 53 del Reglamento (CE) número 2200/96.
Madrid, 26 de noviembre de 1998.–El Director general, Rafael Milán Díez.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid