Visto el expediente de indulto de doña Sacramento Ambrosio Morena, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada por la Audiencia Nacional, Sección Primera de lo Penal, en sentencia de fecha 2 de octubre de 1995, como autora de un delito continuado de expendición de moneda falsa, a la pena de seis años y un día de prisión mayor y multa de 5.900.000 pesetas; un delito continuado de estafa, a la pena de un mes y un día de arresto mayor; un delito continuado de falsedad en documento mercantil, a la pena de seis meses y un día de prisión menor y multa de 100.000 pesetas, y un delito de uso de documentos de identidad falso, a la pena de 100.000 pesetas de multa, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1992; a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 5 de marzo de 1999,
Vengo en conmutar a doña Sacramento Ambrosio Morena las penas privativas de libertad impuestas, por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 5 de marzo de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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