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Documento BOE-A-1999-696

Orden de 4 de diciembre de 1998 por la que se modifica la autorización del centro privado de Educación Secundaria «Santísima Trinidad», de Alcorcón (Madrid), por ampliación de dos unidades en la etapa de la Educación Secundaria Obligatoria y reducción de dos unidades en la etapa de Bachillerato.

Publicado en:
«BOE» núm. 10, de 12 de enero de 1999, páginas 1356 a 1357 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1999-696

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido a instancia de don Antonio Álvarez Álvarez, representante de la titularidad del centro privado de Educación Secundaria denominado «Santísima Trinidad», domiciliado en la calle Ribadavia, número 2, de Alcorcón (Madrid), en solicitud de modificación de la autorización del centro por ampliación de dos unidades en la etapa de la Educación Secundaria Obligatoria y reducción de dos unidades en la etapa de Bachillerato,

El Ministerio de Educación y Cultura ha dispuesto:

Primero.

Modificar la autorización del centro privado de Educación Secundaria «Santísima Trinidad», de Alcorcón (Madrid), en las etapas de la Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato, que queda configurado del modo siguiente:

Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.

Denominación específica: «Santísima Trinidad».

Titular: Orden de la Santísima Trinidad.

Domicilio: Calle Ribadavia, número 2.

Localidad: Alcorcón.

Municipio: Alcorcón.

Provincia: Madrid.

Enseñanzas que se autorizan:

a) Educación Secundaria Obligatoria. Capacidad: 10 unidades y 294 puestos escolares.

b) Bachillerato: Modalidades de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud y de Humanidades y Ciencias Sociales. Capacidad: Seis unidades y 210 puestos escolares.

Segundo.

Contra esta Orden podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 y en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 4 de diciembre de 1998.‒P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Francisco López Rupérez.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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