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Documento BOE-A-1999-7001

Resolución de 3 de marzo de 1999, conjunta de la Secretaría General de Comunicaciones y de la Subsecretaría de Economía y Hacienda, sobre emisión y puesta en circulación de una serie de sellos de Correos denominada «Exfilna'99». Zaragoza.

Publicado en:
«BOE» núm. 72, de 25 de marzo de 1999, páginas 11892 a 11892 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1999-7001

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberación de los Servicios Postales, se dicta la presente Resolución, sobre emisión y puesta en circulación de la serie de sellos de Correos «Exfilna'99». Zaragoza.

En su virtud, hemos resuelto:

Primero.

Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre se procederá a la estampación de una serie de sellos de Correos con la denominación de «Exfilna'99». Zaragoza.

Segundo.

Zaragoza acoge una nueva edición de la Exposición Filatélica Nacional, Exfilna'99, que se celebrará en su recinto ferial entre los días 9 y 17 de abril próximo. El sello conmemorativo de la Muestra, en formato de hoja-bloque, reproduce dos imágenes del Palacio de la Aljafería, uno de los monumentos más emblemáticos de la ciudad.

Características técnicas:

Procedimiento de impresión: Calcografía y offset.

Papel: Estucado, engomado, mate, fosforescente.

Dentado: 13 3/4.

Tamaño del sello: 28,8 por 40,9 milímetros (vertical).

Tamaño de la hoja-bloque: 105 por 78 milímetros (horizontal).

Valor postal: 185 pesetas.

Efectos en pliego: 50.

Tirada: 1.000.000 de efectos.

Considerando la relevancia de esta emisión, se acordó emitir una «Prueba de Lujo», cuyas características son las siguientes:

Título: Prueba de Lujo número 15 «Exfilna'99».

Tamaño: 105 por 78 milímetros (horizontal).

Papel: Estucado una cara con fibrilla fosforescente.

Procedimiento de impresión: Calcografía y offset.

Tirada: 55.000 ejemplares.

En consecuencia, se autoriza a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre a la estampación de esta prueba de lujo, por excepción a la norma establecida a su tamaño normal. De la venta se encarga la entidad pública empresarial Correos y Telégrafos, al precio de 1.000 pesetas la unidad.

Tercero.

La venta y puesta en circulación de esta emisión se iniciará el día 9 de abril de 1999.

Su distribución a los puntos de venta cesará el 31 de diciembre del año 2001, no obstante lo cual mantendrán indefinidamente su valor a efectos de franqueo, hasta que se dicte orden en contrario.

Cuarto.

De estos efectos quedarán reservadas en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre 3.500 unidades a disposición de la entidad pública empresarial Correos y Telégrafos, para atender los compromisos internacionales, derivados de la pertenencia a la Unión Postal Universal y de los intercambios con otras Administraciones Postales, así como para su incorporación a los fondos filatélicos del Museo Postal y Telegráfico y para la promoción del sello español.

Otras 2.000 unidades de estos efectos serán reservadas a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, para atenciones de intercambio con los organismos emisores de otros países, integración en los fondos filatélicos del Museo de dicha Fábrica y promoción filatélica nacional e internacional.

De las pruebas de lujo que se emitan quedarán reservadas en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre 5.000 unidades a disposición de la entidad pública empresarial Correos y Telégrafos, para atenciones de protocolo, tanto en el ámbito nacional como en el internacional.

Quinto.

Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre se procederá a la destrucción de los proyectos, maquetas, dibujos, pruebas, planchas y cualquier otro elemento o material utilizado, una vez realizada la emisión.

Sin embargo, cuando resulte, a juicio de la Fábrica, que alguno de los elementos empleados en la preparación o estampillado de la emisión anteriormente aludida encierra gran interés histórico o didáctico, podrá ser destinado, convenientemente inutilizado, a dotar el Museo de la Fábrica, el Museo Postal o cualquier otro museo de interés en la materia. En todo caso, se extenderá la correspondiente acta, tanto de la inutilización como de los elementos que en calidad de depósito se integren en alguno de los indicados museos.

Lo que comunicamos a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 3 de marzo de 1999.–El Secretario general de Comunicaciones, José Manuel Villar Uríbarri.–El Subsecretario de Economía y Hacienda, Fernando Díez Moreno.

Ilmos. Sres. Consejero Director general de la Entidad Pública Empresarial Correos y Telégrafos y Director general de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

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