El Real Decreto 850/1993, de 4 de junio ("Boletín Oficial del
Estado" del 30), por el que se regula el ingreso y la adquisición
de especialidades en los Cuerpos de funcionarios docentes a que
se refiere la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación
General del Sistema Educativo, en su artículo 5.1 dispone que
las Administraciones Educativas, una vez publicadas sus
respectivas ofertas de empleo, procederán a realizar la convocatoria para
la provisión de plazas autorizadas en dicha oferta de empleo.
El Departamento de Enseñanza de la Generalidad de Cataluña,
por Resolución de 26 de marzo de 1997 ("Diario Oficial de la
Generalidad de Cataluña" de 2 de abril), procedió a convocar
procedimientos selectivos de ingreso y acceso a los Cuerpos de
Profesores de Enseñanza Secundaria y de Profesores de Escuelas
Oficiales de Idiomas.
Desarrollado todo el proceso que marcaba la Resolución de
convocatoria, el Departamento de Enseñanza de la Generalidad
de Cataluña, por Resolución de 28 de agosto de 1998 ("Diario
Oficial de la Generalidad de Cataluña" de 7 de septiembre),
aprobaba los expedientes de sus procesos selectivos.
Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38.1
del Real Decreto 850/1993, de 4 de junio, este Ministerio, vista
la propuesta formulada por el Departamento de Enseñanza de
la Generalidad de Cataluña, ha dispuesto:
Primero.-Nombrar funcionarios de carrera de los Cuerpos de
Profesores de Enseñanza Secundaria y Escuelas Oficiales de
Idiomas a los aspirantes seleccionados en estos procedimientos, cuya
relación se publica como anexo a la presente Orden con indicación
de la especialidad y número de Registro de Personal que les
corresponde.
Segundo.-Los nombrados a través de la presente Orden se
considerarán ingresados como funcionarios de carrera del Cuerpo
de la Administración del Estado por el que han superado el
procedimiento selectivo, con efectos administrativos de 1 de
septiembre de 1998.
Tercero.-Esta Orden es definitiva en la vía administrativa y
contra la misma cabe interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia
Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985,
de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la
Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses
a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada
Ley 29/1998.
Madrid, 12 de marzo de 1999.-P. D. (Orden de 1 de marzo
de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 2), el Director general
de Personal y Servicios, Rafael Catalá Polo.
Ilmo. Sr. Director general de Personal y Servicios.
ANEXO: (Ver imágenes páginas 11984 a 11993).
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