En el recurso contencioso-administrativo número 1.626/1994,
interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por "Programas
Exteriores, Sociedad Anónima", contra resoluciones de la Oficina Española
de Patentes y Marcas de 5 de febrero de 1993 y 17 de febrero de 1994,
se ha dictado, con fecha 4 de mayo de 1998, por el citado Tribunal,
sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo,
interpuesto por la Procuradora de los Tribunales doña Josefina Ruiz
Ferrán, en nombre y representación de ªProgramas Exteriores, Sociedad
Anónimaº, contra las resoluciones de la Oficina Española de Patentes y
marcas de 5 de febrero de 1993 y 17 de febrero de 1994, por las que
se denegó la inscripción de la marca número 1.547.763 ªSolº, para amparar
productos de la clase 3. a del Nomenclátor, declaramos las citadas
resoluciones ajustadas a Derecho; sin hacer expresa imposición de las costas
procesales."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en
la Ley 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla
en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido
fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que digo a V. S.
Madrid, 30 de noviembre de 1998.-El Director general, José López
Calvo.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones
Internacionales.
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