Visto el expediente instruido como consecuencia del concurso
de traslados, convocado por Resolución de 15 de septiembre de
1998 ("Boletín Oficial del Estado" de 7 de octubre), para cubrir
plazas vacantes para Secretarías de Juzgados de Paz de más de
7.000 habitantes, entre Secretarios de Paz a extinguir y Oficiales
de la Administración de Justicia,
Esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en
los artículos 455 y 494 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,
del Poder Judicial; el Reglamento Orgánico del Cuerpo de
Secretarios de la Justicia Municipal, aprobado por Decreto de 12 de
junio de 1970, y los artículos 54, 55 y 57 del Real Decreto
249/1996, de 16 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento
Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de
la Administración de Justicia, ha dispuesto:
Primero.-Hacer públicos los destinos que con carácter
definitivo han sido adjudicados a los funcionarios que han participado
en el concurso de traslados convocado por Resolución de fecha
mencionada anteriormente, que se corresponden con los
relacionados en al anexo I de la Resolución de convocatoria.
Segundo.-Declarar caducadas las instancias presentadas por
los participantes en el presente concurso que no han obtenido
destino, por lo que no serán tenidas en cuenta en futuros concursos
de traslados.
Tercero.-Declarar desiertas las plazas no adjudicadas en el
presente concurso, por lo que se cubrirán en la forma prevista
en el artículo 458 de la Ley Orgánica del Poder Judicial por
funcionarios de nuevo ingreso.
Cuarto.-El cese de los funcionarios en su antiguo destino se
efectuará el día 6 de abril de 1999.
La toma de posesión deberá efectuarse en los tres días naturales
siguientes al cese, si tiene lugar dentro de la misma población,
y dentro de los diez días naturales siguientes, si se produce en
localidad distinta a la del cese, siendo retribuido dicho plazo
posesorio por la Administración competente respecto a la plaza
obtenida en el presente concurso.
No corresponde el permiso de diez días por traslado de
domicilio con cambio de residencia establecido en el artículo 66.1.b)
del Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero, al otorgarse un
plazo para tomar posesión retribuido.
Si la Resolución comporta reingreso al servicio activo a la
Administración de Justicia en el Cuerpo de Oficiales, el plazo de diez
días naturales para la toma de posesión deberá computarse desde
el día 6 de abril de 1999, pero en el presente caso dicho plazo
no resulta retribuido, ya que se produce antes de formalizarse
el reingreso en los Cuerpos Oficiales, y por tanto no puede ser
computado como de servicios efectivos.
En el caso de que los funcionarios reingresados por medio del
presente concurso se encontraran en activo en otro Cuerpo y no
quisieran que se interrumpiera su relación de servicio con la
Administración, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable
para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar al Presidente,
Juez, Fiscal o Jefe del organismo de su actual destino, un permiso
retribuido de un día, si no hay cambio de localidad, o de dos
en caso contrario, salvo aquellos casos que hayan de desplazarse
a Canarias, islas Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso
podrá de ser hasta tres días [artículo 66.1.g) del Reglamento
Orgánico], teniéndolos por cesados en su antiguo destino con la fecha
inmediatamente anterior a la de su posesión en la nueva plaza
de reingreso.
Por la Comunidad Autónoma competente o la Gerencia
Territorial que corresponda, se les concederá la excedencia de oficio
en el Cuerpo de procedencia, si ésta se produce en un Cuerpo
al Servicio de la Administración de Justicia, en cuyo destino se
les tendrá por cesados con la fecha anterior a la de su posesión
en los Cuerpos de Oficiales, al objeto de evitar la interrupción
en la percepción de sus haberes.
Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas que
han sido adjudicadas cesarán como consecuencia de la posesión
del titular.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía
administrativa, cabe interponer recurso ordinario ante la Viceconsejería
de Justicia y Seguridad en el plazo de un mes desde su publicación,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107 y 114 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, en relación con lo determinado en el artículo 14.6 del
Decreto 4/1998, de 23 de enero, por el que se aprueba el
Reglamento Orgánico de la Presidencia de Gobierno.
Las Palmas de Gran Canaria, 15 de marzo de 1999.-El Director
general, Francisco José Manrique de Lara y Llarena.
ANEXO I
Listado de adjudicaciones
Adjudicada Procedencia
DNI Apellidos y nombre Totales Centro destino Pr/Mun Cuerpo Sit. Denominación centro destino
Provincia: Dirección Gral. Justicia Canarias/Las Palmas. Centro destino: 9262900035080. Juzgado de Paz Gáldar.
RPT: 37. Ord.: 4. Cod. Den.: 4589. Secretarios Paz +7.000.
43.655.332 Alonso Santana, M. Gloria. 12,944 9262200235001 35/001 61 505 Jdo. Instrucción n. o 2 Las Palmas
de Gran Canaria.
Provincia: Dirección Gral. Relaciones Admón. Justicia. Centro destino: 9272900038450. Juzgado de Paz Tazacorte.
RPT: 37. Ord.: 2. Cod. Den.: 4599. Secretarios Paz -7.000.
43.780.023 Espinosa Simón, Víctor. 2,758 9262900035160 35/160 61 100 Jdo. de Paz San Bartolomé.
Centro destino: 9272900038430. Juzgado de Paz Tacoronte.
RPT: 37. Ord.: 4. Cod. Den.: 4589. Secretarios Paz +7.000.
42.013.352Arteaga Padilla, Juan
Manuel.
19,866 9272900038110 38/110 51 100 Jdo. de Paz Candelaria.
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