El Tribunal Constitucional, por providencia de 23 de marzo actual, ha admitido a trámite el conflicto positivo de competencia número 1208/1999, planteado por el Gobierno de la Nación, representado por el Abogado del Estado, contra el Decreto de la Junta de Andalucía 62/1999, de 9 de marzo, de modificación del Decreto 284/1998, de 29 de diciembre, por el que se establecen ayudas económicas complementarias de carácter extraordinario, a favor de los pensionistas por jubilación e invalidez, en sus modalidades no contributivas. Y se hace constar que por el Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación del Decreto impugnado desde la fecha de interposición del conflicto, 20 de marzo de 1999.
Madrid, 23 de marzo de 1999.-El Presidente del Tribunal Constitucional,
CRUZ VILLALÓN
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