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Documento BOE-A-1999-7709

Orden de 18 de marzo de 1999 por la que se dispone la publicación del Acuerdo de Consejo de Ministros de 5 de marzo de 1999, por el que conforme a lo dispuesto en la letra a) del artículo 17 de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, se decide no oponerse a la operación de concentración económica consistente en la adquisición por parte de la empresa «Parmalat, SpA», del control mayoritario de la compañía «Clesa, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 82, de 6 de abril de 1999, páginas 12930 a 12930 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1999-7709

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento del artículo 15 del Real Decreto 1080/1992, de 11 de septiembre, por el que se aprueba el procedimiento a seguir por los órganos de Defensa de la Competencia en concentraciones económicas, y la forma y contenido de su notificación voluntaria, se dispone la publicación del Acuerdo de Consejo de Ministros de 5 de marzo de 1999, por el que, conforme a lo dispuesto en la letra a) del artículo 17 de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, se decide no oponerse a la operación de concentración económica consistente en la adquisición por parte de la empresa «Parmalat, SpA», del control mayoritario de la compañía «Clesa, Sociedad Anónima», que a continuación se relaciona:

Vista la notificación realizada voluntariamente al Servicio de Defensa de la Competencia, por parte de la empresa italiana «Parmalat, SpA», según lo establecido en el artículo 15.1 de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, modificada por el Real Decreto-ley 7/1996, de 7 de junio, sobre medidas urgentes de carácter fiscal y de fomento y liberalización de la actividad económica, referente a una operación de concentración económica consistente la adquisición de un mínimo del 51 y un máximo del 75 por 100 de las acciones representativas del capital social de la compañía española «Clesa, Sociedad Anónima», notificación que dio lugar al expediente NV-154 del Servicio,

Resultando que por la Dirección General de Política Económica y Defensa de la Competencia (Servicio de Defensa de la Competencia), se procedió al estudio del mencionado expediente, elevando propuesta acompañada del informe al excelentísimo señor Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, quien, según lo dispuesto en el artículo 15.4 de la mencionada Ley 16/1989, resolvió remitir el expediente al Tribunal de Defensa de la Competencia en consideración a una posible obstaculización del mantenimiento de la competencia efectiva derivada de la operación de concentración notificada en el mercado español de la leche líquida o de consumo, así como en el de productos lácteos derivados de alto valor añadido;

Resultando que el Tribunal de Defensa de la Competencia, tras el estudio del mencionado expediente, ha emitido dictamen en el que ha considerado adecuado no oponerse a la operación de concentración notificada;

Considerando que según el artículo 17 de la Ley 16/1989, la competencia para decidir sobre estas cuestiones corresponde al Gobierno a propuesta del Ministro de Economía y Hacienda,

Vista la normativa de aplicación, el Consejo de Ministros, a propuesta del Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda,

Acuerda no oponerse a la operación de concentración consistente en la adquisición por parte de la empresa «Parmalat, SpA», del control mayoritario de la compañía «Clesa, Sociedad Anónima».

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 18 de marzo de 1999.‒P. D. (Orden de 29 de diciembre de 1986), el Secretario de Estado de Economía, Cristóbal Montoro Romero.

Ilmo. Sr. Director general de Política Económica y Defensa de la Competencia.

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