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Documento BOE-A-1999-8140

Real Decreto 558/1999, de 26 de marzo, por el que se declara bien de interés cultural, con categoría de monumento, el edificio del Instituto Lope de Vega, en Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 85, de 9 de abril de 1999, páginas 13433 a 13433 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1999-8140

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación y Ciencia en 4 de junio de 1977 incoa expediente de declaración de monumento a favor del inmueble Instituto Lope de Vega, situado en la calle de San Bernardo, número 70, de Madrid.

La tramitación del citado expediente, de conformidad con lo establecido en la disposición transitoria sexta, apartado 1, de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, se ha llevado a efecto según lo determinado en la Ley de 13 de mayo de 1933 para la Defensa, Conservación y Acrecentamiento del Patrimonio Histórico Artístico Nacional; Reglamento para su aplicación, de 16 de abril de 1936, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria sexta, apartado 1, y artículos 6 b) y 14.2 de la Ley 16/1985, y el artículo 14 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, y en aplicación de lo previsto en el artículo 2.2 de la citada Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español, a propuesta del Ministro de Educación y Cultura y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de marzo de 1999,

DISPONGO:

Artículo 1.

Se declara bien de interés cultural, con categoría de monumento, el inmueble Instituto Lope de Vega, en Madrid.

Artículo 2.

La zona afectada por el presente Real Decreto, al estar el inmueble dentro del conjunto histórico de Madrid, declarado por la Comunidad Autónoma de Madrid por Decreto 41/1995, de 27 de abril, comprende solamente el inmueble de referencia con la siguiente delimitación: calle de San Bernardo, número 70, con vuelta a la calle de Daoiz, número 5, medianería con número 3 de la calle de Daoiz, trasera y medianería con números 46 y 48 de la calle de la Palma, y trasera y medianería con número 68 de la calle de San Bernardo.

Artículo 3.

La descripción complementaria del bien a que se refiere el presente Real Decreto, así como la zona afectada por la declaración, son las que constan en el plano y demás documentación que obran en el expediente.

Dado en Madrid a 26 de marzo de 1999.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Educación y Cultura,

MARIANO RAJOY BREY

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