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Documento BOE-A-1999-8259

Resolución de 23 de marzo de 1999, conjunta de la Secretaría General de Comunicaciones y la Subsecretaría de Economía y Hacienda, sobre emisión y puesta en circulación de una serie de sellos de Correos denominada «Europa». Reservas y Parques Naturales.

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 12 de abril de 1999, páginas 13638 a 13638 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1999-8259

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales, se dicta la presente Resolución, sobre emisión y puesta en circulación de la serie de sellos de Correos «Europa».

Reservas y Parques Naturales».

En su virtud, hemos resuelto:

Primero.

Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre se procederá a la estampación de una serie de sellos de Correos con la denominación de «Europa». Reservas y Parques Naturales.

Segundo.

Reservas y parques naturales es el tema común para todos los países que componen la CEPT. La Administración Postal Española ha elegido para su sello el Parque Natural de Monfragüe, un bello paraje situado en la provincia de Cáceres, en la confluencia de los ríos Tajo y Tiétar. El sello nos muestra una imagen del Parque junto a uno de los felinos de su hábitat, el gato montés.

Características técnicas:

Procedimiento de impresión: Calcografía y offset.

Papel: Estucado, engomado, mate, fosforescente.

Dentado: 13 3/4.

Tamaño del sello: 40,9 × 28,8 mm. (horizontal).

Valor facial: 70 pesetas.

Efectos en pliego: 50.

Tirada: 2.000.000.

Considerando la relevancia de esta emisión, se acordó emitir una «Prueba de Artista» cuyas características son las siguientes:

Título: Prueba de artista «Europa». Reservas y Parques Naturales.

Tamaño: 105 × 78 mm. (horizontal).

Papel: Estucado una cara con fibrilla fosforescente.

Procedimiento de impresión: Calcografía y offset. Tirada: 55.000 ejemplares.

En consecuencia se autoriza a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre a la estampación de esta prueba de artista, por excepción a la norma establecida a su tamaño normal. De la venta se encarga la Entidad Pública Empresarial Correos y Telégrafos al precio de 1.000 pesetas la unidad.

Tercero.

La venta y puesta en circulación de esta emisión se iniciará el día 5 de mayo de 1999.

Su distribución a los puntos de venta cesará el 31 de diciembre del año 2001, no obstante lo cual mantendrán indefinidamente su valor a efectos de franqueo, hasta que se dicte orden en contrario.

Cuarto.

De estos efectos quedarán reservadas en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre 12.500 unidades a disposición de la Entidad Pública Empresarial Correos y Telégrafos para atender los compromisos internacionales derivados de la pertenencia a la Unión Postal Universal y de los intercambios con otras Administraciones Postales, así como para su incorporación a los fondos filatélicos del Museo Postal y Telegráfico y para la promoción del sello español.

Otras 2.000 unidades de estos efectos serán reservadas a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre para atenciones de intercambio con los organismos emisores de otros países, integración en los fondos filatélicos del Museo de dicha Fábrica y promoción filatélica nacional e internacional.

De las pruebas de artista que se emitan, quedarán reservadas en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre 5.000 unidades a disposición de la Entidad Pública Empresarial Correos y Telégrafos para atenciones de protocolo, tanto en el ámbito nacional como en el internacional.

Quinto.

Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre se procederá a la destrucción de los proyectos, maquetas, dibujos, pruebas, planchas y cualquier otro elemento o material utilizado, una vez realizada la emisión. Sin embargo, cuando resulte, a juicio de la Fábrica, que alguno de los elementos empleados en la preparación o estampillado de la emisión anteriormente aludida encierra gran interés histórico o didáctico podrá ser destinado, convenientemente inutilizado, a dotar el Museo de la Fábrica, el Museo Postal o cualquier otro museo de interés en la materia. En todo caso se extenderá la correspondiente acta, tanto de la inutilización como de los elementos que en calidad de depósito se integren en alguno de los indicados museos.

Lo que comunicamos a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 23 de marzo de 1999.–El Secretario general de Comunicaciones, José Manuel Villar Uríbarri.–El Subsecretario de Economía y Hacienda, Fernando Díez Moreno.

Ilmos. Sres. Consejero Director general de la Entidad Pública Empresarial Correos y Telégrafos y Presidente Director general de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

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