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Documento BOE-A-1999-8265

Resolución de 15 marzo de 1999, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se dispone la publicación de la addenda a la cláusula quinta del Convenio de cooperación entre la extinguida Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Vivienda y la Consejería de Cooperación de la Comunidad Autónoma de Madrid, para el desarrollo conjunto de actuaciones para la recogida selectiva de papel-cartón y vidrio usados de los residuos sólidos urbanos.

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 12 de abril de 1999, páginas 13641 a 13641 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1999-8265

TEXTO ORIGINAL

Suscrita, previa tramitación reglamentaria entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Regional de la Comunidad Autónoma de Madrid, el día 23 de febrero de 1999 la addenda a la cláusula quinta del Convenio de cooperación entre la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Vivienda y la Consejería de Cooperación de la Comunidad Autónoma de Madrid, para el desarrollo conjunto de actuaciones para la recogida selectiva de papel-cartón y vidrio usados de los residuos sólidos urbanos, y en cumplimiento de lo establecido en el punto noveno del Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990 («Boletín Oficial del Estado» del 16), procede la publicación de dicha addenda que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 15 de marzo de 1999.‒La Directora general, Dolores Carrillo Dorado.

ANEXO
Addenda a la cláusula quinta del Convenio de cooperación formalizado entre la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Vivienda y la Consejería de Cooperación de la Comunidad Autónoma de Madrid, para el desarrollo conjunto de actuaciones para la recogida selectiva de papel-cartón y vidrio usados de los residuos sólidos urbanos

En Madrid, a 23 de Febrero de 1999.

REUNIDOS

De una parte, la excelentísima señora doña Isabel Tocino Biscarolasaga, Ministra de Medio Ambiente, cargo para el que fue nombrada por Real Decreto 762/1996, de 5 de mayo.

De otra parte, el excelentísimo señor don Carlos Mayor Oreja, Consejero de Medio Ambiente y Desarrollo Regional de la Comunidad Autónoma de Madrid, cargo para el que fue nombrado por Decreto 78/1995, de 30 de junio.

EXPONEN

Con fecha 5 de abril de 1994, fue suscrito un Convenio entre la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Vivienda y la Consejería de Cooperación de la Comunidad Autónoma de Madrid, sobre actuaciones para la recogida selectiva de papel-cartón y vidrio usados de los residuos sólidos urbanos.

En el texto del citado Convenio se establecen las condiciones básicas de colaboración entre ambas instituciones para llevar a cabo las actuaciones encaminadas a la consecución de los objetivos marcados, así como se regulan los criterios generales de financiación con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

Por Real Decreto 758/1996, de 5 de mayo, se reestructuran los Departamentos ministeriales y se crea el Ministerio de Medio Ambiente; este Departamento asume las competencias correspondientes a la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Vivienda, atribuidas hasta ese instante al Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, con excepción de las relativas a vivienda y urbanismo, así como las competencias de obras hidráulicas y las Confederaciones Hidrográficas.

Con la finalidad de conseguir un mayor perfeccionamiento en el desarrollo y ejecución del Convenio, y en cumplimiento de las Directivas tanto de la Comunidad Económica Europea como del Estado Español y la propia Comunidad Autónoma, se establece la siguiente adición a las cláusulas ya convenidas:

CLÁUSULA

Se adiciona a la cláusula quinta del Convenio, relativa al número de contenedores a suministrar, lo siguiente:

«Considerando que las solicitudes de contenedores formuladas con posterioridad a la firma del Convenio por diversas entidades locales y transmitidas por la Comunidad Autónoma han desbordado las previsiones establecidas en esta cláusula, el Ministerio de Medio Ambiente, en atención a los objetivos que tiene marcados en materia de recuperación y reciclado de los residuos sólidos urbanos y en cumplimiento de las Directivas de la Comunidad Económica Europea, el Estado Español y la Comunidad Autónoma de Madrid, ha resuelto ampliar los márgenes en el número de contenedores por habitante, resultando una cuantía total de 2.850 con-tenedores para papel-cartón y 1.230 para vidrio.

Las entregas se efectuarán al ritmo en que las empresas adjudicatarias vayan fabricándolos y en la medida en que las disponibilidades lo vayan permitiendo.»

La Ministra de Medio Ambiente, Isabel Tocino Biscarolasaga.‒El Consejero de Medio Ambiente y Desarrollo Regional, Carlos Mayor Oreja.

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